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ESCEPTICISMO


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2012  •  4.220 Palabras (17 Páginas)  •  547 Visitas

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Introducción

El propósito de esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre la responsabilidad del auditor considerar las leyes y reglamentos en una auditoría de estados financieros.

Cuando planea y desempeña procedimientos de auditoría y cuando evalúa y reporta los resultados consecuentes, el auditor deberá reconocer que el incumplimiento por parte de la entidad con leyes y reglamentos puede afectar sustancialmente a los estados financieros. Sin embargo, no puede esperarse que una auditoría detecte incumplimiento con todas las leyes y reglamentos, La detección de incumplimiento, sin considerar la importancia relativa, requiere consideración de las implicaciones para la integridad de la administración o empleados v el posible efecto en otros aspectos de la auditoría.

El término "incumplimiento' según se usa en esta NIA se refiere a actos de omisión o comisión por la entidad que está siendo auditada. Ya sea intencionales o no intencionales, que son contrarios a las leves y reglamentos vigentes. Tales actos. incluyen transacciones asumidas por, o a nombre de, la entidad o por su cuenta por parte de la administración o empleados. Para propósitos de esta N1A, el incumplimiento no incluye una falta de conducta personal (no relacionada con la actividades del negocio de la entidad) por parte de las administración o empleados de la entidad.

Si un acto constituye incumplimiento o no. es una determinación legal que está ordinariamente más allá de la competencia profesional

del auditor. El entrenamiento y experiencia del auditor y su comprensión de la entidad y su industria pueden proporcionar una base para el reconocimiento de que algunos actos que llegan a atención del auditor pueden constituir incumplimiento con las leyes y reglamentos. La determinación de si un acto particular constituye o es probable que constituya incumplimiento se basa generalmente en el consejo de un experto informado y calificado para practicar la ley, pero en última instancia sólo puede ser determinado por una corte de justicia.

Las leyes y reglamentos varían considerablemente en su relación con los estados financieros. Algunas leyes o reglamentos determinan la forma o contenido de los estados financieros de una entidad o los montos que se deben registrar o revelaciones que se deben hacer en los estados financieros. Debe cumplirse con otras, leves o reglamentos por parte de la administración o dichas leyes establecen las provisiones bajo las cuales se permite a la entidad conducir su negocio. AIgunas entidades operan en industrias fuertemente reguladas (como bancos y compañías químicas). Otras están sujetas sólo a las muchas leyes y reglamentos que generalmente se relacionan con los aspectos de operación del negocio (como las que se refieren a seguridad y salud en el trabajo y a empleos iguales). El incumplimiento con las leves y reglamentos podría resultar en consecuencias financieras para la entidad como multas, litigios, etc. Generalmente, mientras más alejado está el incumplimiento de los

eventos y transacciones ordinariamente reflejados en los estados financieros, menos probable que el auditor se entere de! mismo o que reconozca su posible incumplimiento.

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 250

CONSIDERACIÓN DE LEYES Y REGLAMENTOS EN UNA AUDITORÍA DE

ESTADOS FINANCIEROS

Cuando planea y desarrolla procedimientos de auditoría y cuando evalúa y reporta los resultados consecuentes, el auditor deberá reconocer que el incumplimiento por parte de la entidad con leyes y regulaciones puede afectar substancialmente a los estados financieros. Sin embargo, no puede esperarse que una auditoría detecte incumplimiento con todas las leyes y reglamentos. La detección de incumplimiento, sin considerar la importancia relativa, requiere consideración de las implicaciones para la integridad de la administración o empleados y el posible efecto en otros aspectos de la auditoría.

Esta Norma Internacional de Auditoría aplica a las auditorías de estados financieros y no aplica a otros trabajos en los que el auditor se comprometa específicamente a poner a prueba y reportar por separado sobre el cumplimiento con leyes o regulaciones específicas.

Responsabilidad de la administración del cumplimiento con leyes y regulaciones

Es responsabilidad de la administración asegurar que las operaciones de la entidad se conducen de acuerdo con las leyes y regulaciones. La responsabilidad por la prevención y detención de incumplimiento descansa en la administración.

Consideración del auditor del cumplimiento con

leyes y regulaciones

El auditor no es, y no puede ser considerado, responsable de prevenir el incumplimiento. El hecho de que se lleve a cabo una auditoría anual puede, sin embargo, actuar como una fuerza disuasiva o freno.

Una auditoría está sujeta al inevitable riesgo de que algunas manifestaciones erróneas que afecten significativamente los estados financieros no sean detectadas, aún cuando la auditoría esté planeada y desarrollada adecuadamente de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría. Este riesgo es más alto respecto de manifestaciones erróneas importantes resultantes de incumplimiento con leyes y regulaciones debido a factores como:

- Hay muchas leyes y reglamentos, que se refieren principalmente a los aspectos de operación de la entidad, que típicamente no tienen un efecto importante sobre los estados financieros y no son capturadas por los sistemas de contabilidad y de control interno.

- La efectividad de los procedimientos de auditoría es afectada por las limitaciones inherentes de los sistemas de contabilidad y de control interno por el uso de comprobaciones.

- Mucha de la evidencia obtenida por el auditor es de naturaleza persuasiva y no definitiva.

- El incumplimiento puede implicar conducta que tiene la intención de ocultarlo, como colusión, falsificación, falta deliberada de registro de transacciones, el que la administración exceda los controles, o manifestaciones erróneas intencionales hechas al auditor.

De acuerdo

con la Norma Internacional

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