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ESTRUCTURA DE LOS TRIBUNALES LABORALES EN VENEZUELA


Enviado por   •  18 de Febrero de 2014  •  419 Palabras (2 Páginas)  •  362 Visitas

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ESTRUCTURA DE LOS TRIBUNALES LABORALES EN VENEZUELA

La aprobación de la nueva Constitución Bolivariana de Venezuela, trajo a su paso cambios a el ordenamiento Jurídico Venezolano , tal es el caso de La Ley Orgánica Procesal Laboral derogando así a la antigua Ley de Tribunales y Procedimientos Laborales, dentro de la Ley Orgánica Procesal Laboral tenemos un notable cambio en la estructura de los tribunales Art 14 ejusdem Los Tribunales del Trabajo son:

a) Tribunales del Trabajo que conoce, en primera instancia.

b) Tribunales Superiores del Trabajo que conocen en segunda instancia.

c) Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social.

Siendo este ultimo literal la diferencia con la antigua ley que no hacia referencia de esta instancia.

Artículo 15. Los Tribunales del Trabajo se organizarán, en cada circuito judicial, en dos instancias:

Una primera instancia integrada por los Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, y los Tribunales de Juicio del Trabajo.

Una segunda instancia integrada por los Tribunales Superiores del Trabajo Su organización, composición y funcionamiento se regirá por las disposiciones establecidas en esta Ley y en las leyes respectivas.

Con este articulo apreciamos el notable cambio en la estructura de los tribunales laborales, ya que con esta sub-division en primera instancia los Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, el Juez tiene la tarea fundamental de que las partes lleguen a un acuerdo y así evitar de ir a la siguiente etapa dentro de esa misma instancia como lo es el juicio, de ser así el juez de juicio es quien tendrá la tarea de apreciar las pruebas, poner en practica los principios laborales y administrar justicia, luego esa decisión tomada sera apelable y podrá ejercer recurso de casación ante el Tribunal Supremo de Justicia, cabe destacar que reciente jurisprudencia nos indica que las decisiones que son apelables en materia laboral debe reunir un requisito esencial y es que deben estar en el valor de 3000 UT.

Continuando con la estructura se debe saber que los tribunales de primera instancia son unipersonales es decir que lo conforman un Juez y un Secretario ambos profesionales del derecho y los Tribunales Superiores serán colegiados o unipersonales los primeros constituidos por 3 jueces y un secretario; La Ley Orgánica Procesal Laboral en su articulo 21 establece los deberes de los secretarios la anitgua ley no lo hace.

Concluyendo esta nueva estructura de tribunales y proceso laboral ha permitido una gran celeridad procesal en esta área del derecho que tutela al trabajador y las relaciones laborales.

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