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EXÁMEN DE FORMA


Enviado por   •  30 de Agosto de 2014  •  489 Palabras (2 Páginas)  •  495 Visitas

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EXAMEN DE FORMA

Una vez que la solicitud es ingresada al sistema de marcas del IMPI, es turnada a una Coordinación de Examen de Forma, en la cual un examinador evalúa que la solicitud cumpla con los requisitos formales establecidos en la Ley de la Propiedad Industrial. En caso de existir un requisito por cumplimentar, el IMPI lo hará saber por escrito otorgando un plazo de cuatro meses sin prórroga para darle contestación.

De la Presentación de la Solicitud y su Documentación Anexa

Artículo 6o.- Al momento de la presentación de una solicitud, el Instituto realizará una revisión de la misma, a efecto de verificar que se cumpla con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento y procederá, en términos del artículo 7 del mismo ordenamiento, a darle ingreso.

Artículo 7o.- Para los efectos del artículo 50 de la Ley, el Instituto tendrá un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la presentación de la solicitud, para emitir un primer requerimiento en donde podrá solicitar que se precise, o aclare en lo que considere necesario, o se subsanen omisiones.

De no realizarse requerimiento alguno dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, se entenderá que el examen de forma ha sido favorable al solicitante.

Cuando el solicitante dé contestación al primer requerimiento y el Instituto considere que no ha sido precisado, aclarado o debidamente subsanado, podrá emitir un segundo requerimiento.

Una vez que el solicitante dé contestación al segundo requerimiento, el Instituto tendrá que resolver sobre el examen de forma de la solicitud dentro de los dos meses siguientes a su presentación.

Si contestado el segundo requerimiento el Instituto considerara no favorable el examen de forma, deberá emitir oficio debidamente fundado y motivado de dicha situación dentro del plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de contestación de dicho requerimiento.

Artículo 8o.- Los plazos máximos señalados en el artículo anterior, en el caso de que no se disponga de la publicación internacional de las solicitudes de Patente o modelos de utilidad presentados en México a través del Tratado de Cooperación en materia de Patentes, al momento de realizar el examen de forma, serán aplicables hasta el momento en que la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sitúe en su página electrónica dicha publicación.

De la Publicación de una Solicitud de Patente en Trámite

Artículo 9o.- El Instituto deberá publicar la solicitud de patente en trámite dentro del plazo máximo de un mes, contado a partir del vencimiento del plazo de dieciocho meses señalado en el artículo 52 de la Ley.

Artículo 10.- El Instituto tendrá un plazo máximo

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