Economía Venezolana
Enviado por lumideru_03 • 6 de Julio de 2011 • 5.066 Palabras (21 Páginas) • 907 Visitas
CAPITULO I
EL PROBLEMA
Planteamiento del Problema
Venezuela se ha caracterizado por tener como principal fuente de ingresos los
derivados de la industria petrolera; resultando a finales del siglo XX, insuficientes
tales ingresos para solventar el gasto público, surgiendo entonces la necesidad por
parte del Estado de reformar y fortalecer el sistema tributario, en virtud de su potestad
tributaria y poder de imperio. En tal sentido, el Artículo 133 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela establece que: “toda persona tiene el deber de
coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y
contribuciones que establezca la Ley”.
Dada la necesidad de generar mayores ingresos tributarios no petroleros, se
incorpora en el año 1.993 el Impuesto al Valor Agregado; que consiste en un
impuesto indirecto, aplicable en todo el territorio nacional, proporcional, regresivo,
plurifásico y no acumulativo, a través del cual es gravada la enajenación de bienes, la
prestación de servicios y la importación de bienes. (Velásquez, 1.988).
El Impuesto al Valor Agregado se concibe como un impuesto plurifásico, ya que
es aplicado desde la fabricación y producción de bienes y servicios hasta la
comercialización y distribución de los mismos; es un impuesto indirecto porque grava
la renta a través del gasto o consumo; es considerado también regresivo ya que la
carga tributaria no guarda relación entre la renta y su gasto o inversión, soportando la 4
carga el consumidor final a través de la figura de la traslación. (Asociación
Venezolana de Derecho Tributario [AVDT], 2.004).
Tal como se indicó anteriormente, es un deber previsto en la carta magna, la
contribución con el gasto público, sin embargo, en oportunidades, tales erogaciones
surten efectos perjudiciales en la actividad económica de una organización.
En materia de I.V.A. se ha generado un especial impacto en la gestión
organizacional de los contribuyentes, con la incorporación de los agentes de
retención, los cuales de conformidad con lo establecido en el Artículo 27 del Código
Orgánico Tributario, pueden ser designados por la Ley o por la Administración
Tributaria. En virtud de lo anterior, en la Ley del I.V.A. de fecha 09 de Julio de
2.002, Gaceta Oficial N° 37.480, se faculta a la Administración Tributaria para
designar responsables del pago de dicho impuesto en calidad de agentes de retención,
de allí la designación de los contribuyentes especiales y entes públicos nacionales,
estadales y municipales como agentes de retención del I.V.A, actualmente según las
providencias N° SNAT/2005/0056, Gaceta Oficial Nº 38.136 y SNAT/2005/0056-A,
Gaceta Oficial Nº 38.188.
De acuerdo con las providencias administrativas anteriormente mencionadas tanto
los contribuyentes especiales como los entes públicos, nacionales, estadales y
municipales, por ser designados agentes de retención, se les atribuye la
responsabilidad de retener y enterar el I.V.A., sirviendo de intermediarios entre el
Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y
los vendedores de bienes y prestadores de servicios que califiquen como
contribuyentes ordinarios, estableciendo el C.O.T. todo lo relativo a la
responsabilidad de los agentes de retención, la comisión de ilícitos y el régimen
sancionatorio aplicable según el caso. En general, el agente estará obligado a retener
y enterar oportunamente y el sujeto retenido deberá anticipar el impuesto
correspondiente. 5
Como consecuencia de las disposiciones de las providencias administrativas antes
identificadas, los agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.),
tendrán la obligación de retener y enterar el I.V.A. cuando compren bienes o
adquieran servicios, de los contribuyentes ordinarios. Por su parte los sujetos a la
retención del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), deberán pagar dicho impuesto
anticipadamente cuando le vendan bienes o presten servicios a otros contribuyentes
especiales o a entes públicos, nacionales, estadales y municipales; situación en la que
se encuentra el consorcio SIMCO ya que por estar calificado como contribuyente
especial tendrá la obligación de retener el impuesto a sus proveedores y por prestarle
servicios exclusivamente a un ente público nacional como Petróleos de Venezuela
Sociedad Anónima (PDVSA), toda su facturación esta sujeta a retención del I.V.A.
En lo que respecta al I.V.A., el porcentaje de retención previsto es del setenta y
cinco por ciento (75%) sobre el monto del impuesto desglosado en la factura, y para
los
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