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Ejemplo De Demanda


Enviado por   •  17 de Abril de 2012  •  1.819 Palabras (8 Páginas)  •  995 Visitas

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AL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE VALENCIA

ENRIQUE FORNES ANGELES, abogado, con despacho profesional en 46007 Valencia, C/ XXXXXX, teléfono 96.XXXX, en defensa y representación que acreditaré “apud acta” de don ANGEL XXXXX XXXXXX, ante el Juzgado comparezco y DIGO:

Que mediante el presente escrito formulo demanda en PROCEDIMIENTO ABREVIADO contra la Resolución de Expediente Sancionador del Delegado del Gobierno en Castilla La Mancha ( Subdelegación del Gobierno en Cuenca) de fecha 17 de octubre de 2001, Expediente nº 306/01, confirmada mediante Resolución del Ministerio del Interior-Secretaría General Técnica de la Subdirección General de Recursos- de fecha 28-02-02, en la que se impone una multa de 55.000 pesetas a mi representado, siendo esta la cuantía del recurso, en base a los siguientes

H E C H O S

PRIMERO.- En fecha 28 de abril de 2001, cuando mi representado circulaba con su vehículo, le fue dado el alto por la Guardia Civil y le registraron sus pertenencias sin motivo alguno, encontrándose al parecer unas pequeñas cantidades de cannabis y hachís.

SEGUNDO.- El Control, registro y cacheo efectuado no fueron legales. Las presuntas sustancias estupefacientes no estaban a la vista, estando guardadas en lugar intimo, privado y no visible por nadie..

Las Fuerzas de Seguridad sólo pueden cachear a una persona y registrar sus efectos personales si tienen sospechas de que esa persona está relacionado con un delito. Es ilegal que las Fuerzas de Seguridad se dediquen a buscar simples infracciones administrativas bajo el pretexto genérico de “identificar”, estableciendo controles en la carretera, cacheando a personas y registrando sus efectos personales, vulnerando derechos fundamentales y saliéndose de la cobertura legal de los artículos 19 y20 de la Ley 1/92 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana..

TERCERO.- Iniciado expediente Sancionador por la Subdelegación del Gobierno en Cuenca, mi representado negó los hechos en las alegaciones que presentó al Acuerdo de Inicio de Expediente Sancionador. Se dictó propuesta de Resolución Sancionadora sin haber procedido a la ratificación de la denuncia por parte de los Agentes denunciantes, por lo que mi representado presentó nuevas alegaciones poniendo de manifiesto la falta de ratificación. Mi representado formuló posteriormente Recurso de Alzada en el que también puso de manifiesto la exigencia legal de ratificar las denuncias cuando sean negados los hechos, haciendo caso omiso el Ministerio del Interior.

CUARTO.- – Los presuntos estupefacientes no han sido debidamente analizados, puesto que no figura la existencia de tetrahidrocannabinoles.

La palabra hachís la utilizamos todos para referirnos a una mezcla de componentes variados, con polen o resina de las sumidades floridas de la planta de la cannabis, de color marrón, compacto, pero sólo debe llamarse hachís si se aprecia la existencia de tetrahidrocannabinoles (THC).

La planta de cannabis, cualquier género, es una planta totalmente legal. Sólo las sumidades floridas, con las hojas tiernas unidas a ellas, la “Resina” de las sumidades florales, los extractos de la planta y las tinturas, con el principio activo tetrahidrocannabinol (THC), están en las Listas Internacionales, no figurando en los hechos denunciados que exista un análisis de THC.

Los compuestos realizados con partes de planta de cannabis, sin THC, no están prohibidos. Un hachís realizado con extractos de plantas de cannabis, sin THC, no es hachís, ni está prohibido, por lo que siempre habrá que saber si ese trozo de “presunto hachís” o “presunta resina de sumidades floridas de cannabis” tienen tetrahidrocannabinoles. Hay que tener en cuenta ni el “hachís”, ni la “cannabis sativa”, figuran en los Convenios Internacionales, no siendo términos técnicos, y que generalmente los Informes de Sanidad denominan “hachís” y “cannabis sativa” a simples extractos de la planta de la cannabis, no siendo esto correcto, pues los Convenios Internacionales consideran legal las hojas no unidas a las sumidades floridas (las hojas medianas y grandes), la fibra, las semillas y el polen de todas las plantas del género cannabis.

QUINTO.- El hecho de llevar una pequeña cantidad de cannabis para su consumo en lugar privado no puede ser objeto de sanción. De lo contrario, este tipo de sanciones son un atentado a la libertad y dignidad de las personas. Sancionar con 55.000 pesetas por la presunta tenencia de cannabis para su más que probable consumo

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