ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El Discurso Juridico


Enviado por   •  20 de Mayo de 2012  •  2.672 Palabras (11 Páginas)  •  574 Visitas

Página 1 de 11

DISCURSO JURIDICO

Es el que tiene por objeto a través de sus argumentos convincentes y/o persuasivos ilustrar la inteligencia de los jueces para decidir si un hecho se ha realizado o no, si una persona es o no culpable, si ha de aplicarse tal o cual regla jurídica o si ésta ha de interpretarse en uno u otro sentido. Es el tipo de discurso que más interesa al jurista, ya que al abogado como orador delante de un estrado judicial acude para convencer al jurado, al tribunal colegiado o no y para lograrlo debe utilizar este tipo de discurso propiamente dicho y adecuarlo al área jurídica donde desarrolla DESARROLLO DEL DISCURSO JURIDICO

Testimonios: El testimonio en cualquier discurso sirve para reforzar las afirmaciones del expositor, con más razón en el discurso jurídico, dentro del cual constituye medio probatorio de los hechos que se juzgan , por esto, es importante manejar el cúmulo testimonial con la mayor seriedad, para obtener óptimos resultados.

En el juicio penal el testimonio constituye el medio probatorio más abundante. No basta que el jurista lo afirme, debe reforzar su afirmación con testimonios que pueden ser presenciales, referenciales, etc.

La autoincriminación del Cliente: Puede ocurrir que nuestro cliente haya confesado su autoría en el delito, en los hechos que se investigan o en parte de ellos. En este caso, no le queda a su abogado sino la posibilidad de desvirtuarla mediante algún medio probatorio de igual o mayor fuerza. De no lograr desvirtuarla se hace necesario debilitarla ante la audiencia, mediante el alegato de alguna causa de justificación que proteja a nuestro cliente. En todo caso cualquiera sea el alegato, es necesario probarlo. Cualquier medio probatorio, debe ser utilizado con maestría dentro del discurso jurídico para desvirtuar o debilitar la confesión de nuestro cliente.

Manejo de otras Pruebas: Nos referimos a la evaluación y presentación, dentro del discurso jurídico, de otros medios probatorios distintos al testimonio y a la confesión. Se trata de los llamados medios técnicos o científicos de la prueba, en los cuales el manejo objetivo, les confiere la mayor confiabilidad dependiendo de la calidad e idoneidad del experto.

Este tipo de medio probatorio debe ser manejado lo más objetivamente posible, pues de ello podemos lograr confiabilidad y por tanto, capacidad de convencimiento sobre la audiencia.

La Estadística: Dentro del cuerpo del discurso jurídico se puede hacer, si fuere necesario, referencias a cifras estadísticas que pudieran ser de interés. Es importante señalar que no se debe abusar de este recurso.

La Experticia: Es un tipo de prueba de gran importancia por su confiabilidad, que emana de la objetividad que le transmite el tratamiento técnico o científico dado a la prueba por un especialista, que en muchos casos, desconoce en el momento de realizar su estudio, cual fue la razón que lo genero. Estas bonanzas de las pruebas técnicas deben ser hábilmente destacadas por el orador jurídico, quien debe referir, cuando sea el caso, la capacidad, sabiduría e idoneidad del experto encargado.

Definiciones: Cuando, de acuerdo a la teoría de la tipicidad, la figura jurídica penal incriminada a nuestro cliente sea, a nuestro juicio, confusa, por estar basada en hechos que podrían resultar atípicos, por no reunir la totalidad de los elementos exigidos por el tipo penal, se hace necesario puntualizar la realidad y la mejor manera de lograrlo es mediante las definiciones y las subsunciones de los hechos en el derecho.

Comparaciones: Se establece entre lo conocido y lo desconocido. Resultan útiles para clarificar hechos y situaciones, señalando su similitud con hechos y situaciones que resultan familiares a la audiencia. Mediante la figura de la comparación se introduce la jurisprudencia existente.

También son útiles en la elegancia del discurso, al introducir en su cuerpo o en su conclusión metáforas y símiles, que hacen al discurso poblado de lenguaje figurativo que resulta no solo apto y refrescante, sino que permite aclarar el contenido y mantener la atención.

La Jurisprudencia: Está constituida por la interpretación que los tribunales dan a una determinada figura o a unos determinados hechos que juzgan. Aun cuando la jurisprudencia se refiere a la solución dada por los tribunales a cada caso concreto y por tanto, no es vinculante cuando se trata de juzgar otros hechos, si representa el criterio imperante dentro de un tribunal en un determinado asunto y en este sentido se le vincula a sus anteriores decisiones, aun cuando es libre de cambiar su actual criterio mediante decisión razonada.

Los Hechos: Son los datos concretos, objetivos y empíricamente comprobados o comprobables. Cualquier actitud que se asuma ante los hechos, cualquiera sea la interpretación que de ellos se haga, no los altera.

Los hechos son únicos y por tanto, como tales deben ser expuestos. La finalidad inicial del juicio, debe consistir en establecer los hechos, luego, valorarlos y después, decidir con base a ellos. Los hechos deben ser expuestos con claridad, realidad y con un método que permita establecerlos, sin duda alguna sobre su autenticidad.

Los hechos en sí mismos no admiten dudas, son únicos, invariables y auténticos y así deben ser presentados. Su valoración, su apreciación si admite discrepancia a la luz de las Ciencias Jurídicas. Nuestra labor como abogados será presentarlos en forma indubitable y valorarlos convincentemente a favor de la causa que patrocinamos.

DISCURSO ARGUMENTATIVO.

Responde a la intención comunicativa o finalidad de convencer o persuadir; en otras palabras, el emisor busca, a través de él producir un cambio de actitud o de opinión en el receptor. La importancia de este tipo de discurso radica en la posibilidad de inducir, modificar, refutar o estabilizar creencias o ideas en los destinatarios, en tanto descansa en presupuestos ideológicos, esto es, visiones de mundo asociadas a él.

Se pueden señalar dos dimensiones asociadas a este tipo de discurso: la del razonamiento lógico, propiamente argumentativa; y otra persuasiva, es decir, que busca influir afectivamente en el receptor apelando a sus emociones y sentimientos.

Razonamientos persuasivos

Se reconocen tres tipos de discursos persuasivos: la demostración, la argumentación y la explicación.

La demostración: Trata de llegar a una conclusión partiendo de unas hipótesis. En la demostración no aparece ninguna marca del sujeto que la enuncia. Aparentemente se habla de hechos y no de opiniones. Se utilizan conceptos

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (15.1 Kb)  
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com