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El Jurista Y El Simulador Del Derecho


Enviado por   •  16 de Agosto de 2011  •  6.097 Palabras (25 Páginas)  •  2.974 Visitas

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1. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA ADUANERO MEXICANO

El Ejecutivo Federal y sus atribuciones en materia aduanera

Como ya se menciono en la unidad anterior, las atribuciones del ejecutivo en materia aduanera encuentran su fundamento legal en los artículos 73 y 131 Constitucionales, así como también dentro del artículo 4º de la Ley de Comercio Exterior.

“CAPITULO I FACULTADES DEL EJECUTIVO FEDERAL

ARTICULO 4. EL EJECUTIVO FEDERAL TENDRÁ LAS, SIGUIENTES FACULTADES:

I. CREAR, AUMENTAR, DISMINUIR O SUPRIMIR ARANCELES, MEDIANTE DECRETOS PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 131 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS;

II. REGULAR, RESTRINGIR O PROHIBIR LA EXPORTACIÓN, IMPORTACIÓN, CIRCULACIÓN O TRANSITO DE MERCANCÍAS, CUANDO LO ESTIME URGENTE, MEDIANTE DECRETOS PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 131 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS;

III. ESTABLECER MEDIDAS PARA REGULAR O RESTRINGIR LA EXPORTACIÓN O IMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS A TRAVÉS DE ACUERDOS EXPEDIDOS POR LA SECRETARIA O, EN SU CASO, CONJUNTAMENTE CON LA AUTORIDAD COMPETENTE, Y PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN;

IV. ESTABLECER MEDIDAS PARA REGULAR O RESTRINGIR LA CIRCULACIÓN O TRANSITO DE MERCANCÍAS EXTRANJERAS POR EL TERRITORIO NACIONAL PROCEDENTES DEL Y DESTINADAS AL EXTERIOR A TRAVÉS DE ACUERDOS EXPEDIDOS POR LA AUTORIDAD COMPETENTE Y PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN;

V. CONDUCIR NEGOCIACIONES COMERCIALES INTERNACIONALES A TRAVÉS DE LA SECRETARIA, SIN PERJUICIO DE LAS FACULTADES QUE CORRESPONDAN A OTRAS DEPENDENCIAS DEL EJECUTIVO FEDERAL, Y

VI. COORDINAR, A TRAVÉS DE LA SECRETARIA, LA PARTICIPACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS EN LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DEL COMERCIO EXTERIOR, ASÍ COMO CONCERTAR ACCIONES EN LA MATERIA CON EL SECTOR PRIVADO.”

El órgano de la Administración Pública Federal con funciones aduaneras

Como sabemos, el Ejecutivo Federal se auxilia en sus funciones de sus Secretarias de Estado, y dentro de la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal, se establecen claramente las funciones que le corresponden a cada una de ellas, es así que en el artículo 31 de dicha ley, se le atribuyen las funciones aduaneras a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.

“ARTICULO 31.- A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. a X. ...

XI. Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales;

XII. Organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, así como la Unidad de Apoyo para la Inspección Fiscal y Aduanera;

...”

Facultades aduaneras de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y de las unidades administrativas con competencia aduanera

Ahora bien, dentro de las facultades de la SHCP encontramos que es la secretaría encargada del despacho de los asuntos aduanales, sin embargo, la misma se divide en diferentes Subsecretarias y otras unidades administrativas para el correcto desempeño de todas sus funciones.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT)

Es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el cual posee el carácter de autoridad fiscal y tiene a su cargo, entre otras muchas funciones, las de dirigir los servicios aduanales y de inspección.

Administración General de Aduanas (AGA)

Es la autoridad competente para aplicar la legislación que regula el despacho aduanero, así como los sistemas, métodos y procedimientos a que deben sujetarse las aduanas; intervenir en el estudio y formulación de los proyectos de aranceles, cuotas compensatorias y demás medidas de regulación y restricción del comercio exterior; dar cumplimiento a los acuerdos y convenios que se celebren en materia aduanera; ordenar y practicar la verificación de mercancías de comercio exterior en transporte; la verificación en tránsito de vehículos de procedencia extranjera; determinar los impuestos al comercio exterior y otras contribuciones de conformidad con lo establecido en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) y otros ordenamientos, así como el valor en aduana de las mercancías con base en la Ley Aduanera; establecer la naturaleza, estado, origen y demás características de las mercancías, determinando su clasificación arancelaria.

La Administración General de Aduanas, con el fin de llevar a cabo las tareas que le son encomendadas por la ley, está organizada de la siguiente manera:

b

• Administración Central de Operación Aduanera.

• Administración Central de Regulación Aduanera.

• Administración Central de Planeación Aduanera.

• Administración Central de Contabilidad y Glosa.

• Administración Central de Investigación Aduanera.

• Administración Central de Inspección Fiscal y Aduanera.

• Administración Central de Asuntos Internacionales.

• Administración Central de Competencias y Modernización Aduanera.

Administración Central de Operación Aduanera

Proponer la normatividad aplicable a la operación de las áreas de servicios aduanales respecto a la entrada al territorio nacional y la salida del mismo, de mercancías y medios de transporte; el despacho aduanero y los hechos y actos que deriven de éste o de dicha entrada

...

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