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Evidencia De Aprendizaje 1. ¿Quiénes Ejercen El Derecho?


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2013  •  1.307 Palabras (6 Páginas)  •  649 Visitas

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Evidencia de aprendizaje 1. ¿Quiénes ejercen el Derecho?

Explica cuáles son sus funciones y cuáles son sus deberes, de acuerdo con la Deontología Jurídica. Tu trabajo debe tener mínimo tres cuartillas y máximo seis.

ESTUDIANTE DE DERECHO

En principio debemos tener bien en claro que la “Deontología Jurídica”, para la formación de un profesional de derecho, es muy importante ya que esta materia jurídica, que es la Deontología Jurídica, nos enseña a los estudiantes de derecho a formarnos con disciplina profesional, a formarnos con los deberes que tiene un profesional de derecho, y como estos deberes profesionales se debe de emplear en función al bienestar de uno mismo y en bienestar de la sociedad.

La deontología como materia de estudio nos establece la formación de la disciplina y de los deberes profesionales, entonces para la Deontología Jurídica, es el estudio de la formación de los deberes y disciplina del abogado, en tanto estos deberes tienes mucha relación con el mismo profesional, con la sociedad, con los clientes, con los jueces, con la misma profesión, con los tribunales y el sistema jurídico en su totalidad.

El estudiante debe comprender que la práctica del, derecho en cualquiera de sus modalidades ha de aspirar por una parte a la separación de poderes el respeto a los derechos humanos, la justicia, etc. Por la otra, ha de comprender la importancia del respeto y preservación de los valores humanos esenciales y necesarios para una sana relación interpersonal: el valor de la dignidad humana.

La deontología jurídica pretende que el estudiante de derecho halle la necesidad de su cultivo personal y ético como elemento constitutivo de su formación y que reconozca que el ejercicio de la abogacía significa una autentica lucha por los valores que protegen la sociedad y un indudable trabajo social en donde el jurista conciba el derecho como un instrumento para obtener sus fines, los cuales son la paz, la resolución de conflicto y la seguridad, componentes sin los cuales no es posible la convivencia del hombre en la sociedad.

MAESTRO.

Los Abogados litigantes, notarios, investigadores, integrantes del Poder Judicial y funcionarios públicos, suelen ser además Catedráticos de las distintas Facultades de Derecho, por lo que también tienen deberes morales que acatar, entre los que se destaca el de:

1. Investigar la verdad.

2. Reconocer la verdad y

3. Enseñar esa verdad. Su principal deber es evitar la ignorancia. “No es ignorante el que no sabe, sino el que no sabe lo que pudiera y debiera saber”.

El Docente tiene el deber de estar actualizado en la materia que imparte, ser totalmente responsable en cuanto a honestidad, puntualidad y reconocimiento de la verdad, puesto que no solo transmite conocimientos, sino que es un ejemplo vivo para el futuro abogado, por lo que tiene gran parte de la responsabilidad moral de las generaciones a las que contribuyó a formar.

Para concluir, queremos insistir en que el conocimiento de los deberes propios de cada actividad profesional es tan importante como la actualización científica, para el desarrollo pleno de una profesión y para que cumpla su cometido de coadyuvar a la realización del bien común, porque de lo contrario, nos encontramos con profesionistas deshumanizados cuyas únicas metas son económicas o políticas, olvidando que el hecho de haber adquirido determinados conocimientos en una Universidad, les obliga a procurar el bienestar de la sociedad que contribuyó a su formación.

ABOGADO:

La deontología es la disciplina que se ocupa de los deberes de los profesionales. En el caso de los abogados se trata de una multiplicidad de deberes como son aquellos consigo mismo, con la sociedad, con la profesión, con los clientes, con los colegas, con los jueces, con la entidad gremial.

Es aquella parte de la ética profesional que se ocupa de los deberes morales de los abogados, de los deberes de estos servidores del derecho.

Obligaciones

1.- Art. 5 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2.- Ley de Profesiones y su reglamento

3.- Código Penal

En conjunto no bastan las exigencias que las mismas prescriben para establecer un código de conducta profesional.

Importante añadir a las distintas deontologías los principios éticos y valores pertinentes a cada

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