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Formula Polinomica 2


Enviado por   •  31 de Julio de 2014  •  932 Palabras (4 Páginas)  •  253 Visitas

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OPINIÓN N.° 006-2009/DOP

Entidad: Estremadoyro y Fassioli Contratistas Generales S.A.

Asunto: Fórmulas polinómicas

Referencia: Carta EF/028-09 de fecha 27.01.2009

1. ANTECEDENTES

Mediante el documento de la referencia, la empresa Estremadoyro y Fassioli Contratistas Generales S.A., realiza una consulta relacionada con la aplicación de fórmulas polinómicas en la ejecución de obras públicas.

2. CONSULTA

Se consulta literalmente lo siguiente:

Al aplicar una fórmula polinómica para calcular el coeficiente de reajuste que será usado en el cálculo de la valorización reajustada de un mes cualquiera de obra:

¿Se debe considerar la variación de índices de todos los elementos componentes de la fórmula polinómica o solo de aquellos elementos que estén siendo valorizados en dicho mes?

3. ANÁLISIS

3.1 En principio, cabe precisar que la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado posibilita que las Entidades públicas puedan incluir en las Bases de los procesos de selección fórmulas de reajuste a los pagos que corresponde otorgar al contratista.

Ello obedece a la necesidad de mantener vigente el equilibrio de la ecuación económico financiera del contrato, entendiéndose por tal a la “relación de igualdad y equivalencia, entre las obligaciones que el contratado tomará a su cargo como consecuencia del contrato y la compensación económica que en razón de aquellos le corresponderá” .

Sobre las fórmulas de reajuste, el numeral 2) del artículo 55º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (en lo sucesivo el Reglamento), establece que, en la ejecución de obras pactadas en moneda nacional, las Bases deberán establecer fórmulas de reajuste, de tal forma que las valorizaciones que se efectúen a precios originales del contrato y sus ampliaciones sean reajustadas multiplicándolas por el respectivo coeficiente de reajuste “K” que se obtenga de aplicar en la fórmula o fórmulas polinómicas, los Índices Unificados de Precios de la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI , correspondiente al mes en que debe ser pagada la valorización. Adviértase que cuando el contrato tiene como objeto la ejecución de una obra pactada en moneda nacional es obligatorio que las Bases incorporen fórmulas polinómicas, de tal forma que los reajustes al contrato sean el resultado de su aplicación.

3.2 Ahora bien, se entiende por “fórmula polinómica” a “la representación matemática de la estructura de costos de un Presupuesto y está constituida por la sumatoria de términos, denominados monomios, que consideran la participación o incidencia de los principales recursos (mano de obra, materiales, equipo, gastos generales) dentro del costo o presupuesto total de la obra” .

En concordancia con lo anterior, el artículo 256º del Reglamento establece que en el caso de contratos de obra pactados en moneda nacional, las Bases establecerán las fórmulas de reajuste –o fórmulas polinómicas— que se emplearán para reactualizar las valorizaciones de obra y de adicionales que presente

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