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Fundamento Legal De La Patria Potestad


Enviado por   •  18 de Mayo de 2014  •  354 Palabras (2 Páginas)  •  691 Visitas

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Patria Potestad. Arts. (411 a 424 C. Civ.) Art. 411. Los hijos, cualesquiera que sea su estado, edad y condicion, deben honrar y respetar a sus padres y demas ascendientes. II Art. 412. Los hijos menores de edad no emancipados, estan bajo la patria potestad mientras exista alguno de los ascendientes que deban ejercerla conforme a la ley. II Art. 413. La patria potestad se ejerce sobre la persona y los bienes de los hijos. Su ejercicio queda sujeto en cuanto a la guarda y educacion de los menores, a las modalidades que le impidan las resoluciones que se dicten, de acuerdo con la Ley sobre Previsiòn social de la Delincuencia Infantil en el Distrito Federal II Art. 414. La patria potestad sobre los hijos de matrimonio se ejerce. 1. por el padre y la madre; 2 por el abuelo y la abuela paternos; 3. Por el abuelo y la abuela maternos.

Patria potestad se acaba. Arts. (443 C. Civ.) Art. 443. La patria potestad se acaba: I. Con la muerte del que la ejerce, si no hay otra persona en quien recaiga; II. Con la emancipaciòn derivada del matrimonio; III. Por la mayoria de edad del hijo.

Patria potestad se pierde. Arts. (444 C. Civ.) La patria potestad se pierde: I. Cuando el que la ejerza es condenado expresamente a la pèrdida de ese derecho, o cuando es condenado dos o mas veces por delitos graves; II. En los casos de divorcio, teniendo en cuenta lo que dispone el artìculo 283; III. Cuando por las costumbres depravadas de los padres, malos tratamientos o abandono de sus deberes, pudiere comprometerse la salud, la seguridad o la moralidad de los hijos, aun cuando esos hechos no cayeren bajo la sanciòn de la ley penal; IV. Por la exposicion que el padre o madre hicieren de sus hijos, o porque los dejen abandonados por màs de seis meses.

Patria potestad se suspende. Art. (447 C. Civ.) La patria potestad se suspende: I. Por incapacidad declarada judicialmente; II. Por la ausencia declarada en forma; III. Por sentencia condenatoria que imponga como pena esta suspensión.

Jorge Obregòn Heredia

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