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Fundamentos De Derecho Aduanero Mexico


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2013  •  361 Palabras (2 Páginas)  •  2.000 Visitas

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A. ¿QUÉ REGULA LA LEY ADUANERA?

Artículo 1º. Esta ley, las de los impuestos generales de importación y exportación y las demás leyes y ordenamientos aplicables, regulan la entrada al territorio nacional y la salida del mismo de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen, el despacho aduanero y los hechos o actos que deriven de este o de dicha entrada o salida de mercancías.

B.) SI ALGO NO ESTUVIERA CONTEMPLADO EN LA LEY ADUANERA, DE MANERA SUPLETORIA ¿QUÉ SE APLICA?

Artículo 1º.- El código fiscal de la federación se aplicará supletoriamente a lo dispuesto en esta ley.

C.) ¿QUÉ SUCEDERÍA SI YO VIAJO AL EXTRANJERO Y REGRESO EN AVIÓN TRANSPORTANDO MERCANCÍAS EXPLOSIVAS?

Artículo 7º. Las empresas que presten el servicio de transporte internacional de carga que transporten mercancías explosivas y armas de fuego, deberán dar aviso a las autoridades aduaneras por lo menos con veinticuatro horas de anticipación al arribo al territorio nacional de dichas mercancías. En estos casos, las autoridades aduaneras deberán informar a las autoridades militares de tal circunstancia, con el objeto de que estas últimas determinen las medidas de seguridad que, en su caso, procedan durante el tiempo en que dichas mercancías se encuentren en el país.

D.) ¿EXISTEN CASOS EN QUE NO SE TENGA QUE CUMPLIR CON LAS DISPOSICIONES DE ESTA LEY?

Artículo 8º. Sí, en el caso de las naves militares o las de los gobiernos extranjeros, de conformidad con los tratados internacionales de que México sea parte, no quedarán sujetas a las disposiciones de esta Ley, excepto cuando se utilicen para efectuar alguna operación comercial.

E.) SI UNA PERSONA QUE ENTRA AL PAÍS TRAE CONSIGO MÁS DE 10,000 DLLS. ¿DEBE DECLARARLOS?

Artículo 9º. Toda persona que ingrese al territorio nacional o salga del mismo y lleve consigo cantidades en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago o cualquier otro documento por cobrar o una combinación de ellos, superiores al equivalente en la moneda o monedas de que se trate, a diez mil dólares de los Estados Unidos de América, estará obligada a declararla a las autoridades aduaneras, en las formas oficiales aprobadas por el servicio de administración tributaria.

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