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GENOCIDIO ECONÓMICO SOCIAL CAPITALISTA NEOLIBERAL


Enviado por   •  14 de Octubre de 2011  •  1.626 Palabras (7 Páginas)  •  1.563 Visitas

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CONCEPTO DE FAMILIA.

La familia, según la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado Los lazos principales que definen una familia son de dos tipos: vínculos de afinidad derivados del establecimiento de un vínculo reconocido socialmente, como el matrimonio.

.No hay consenso sobre la definición de la familia. Jurídicamente está definida por algunas leyes, y esta definición suele darse en función de lo que cada ley establece como matrimonio. Por su difusión, se considera que la familia nuclear derivada del matrimonio heterosexual es la familia básica. Sin embargo las formas de vida familiar son muy diversas, dependiendo de factores sociales, culturales, económicos y afectivos.

El Derecho de familia es el conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia, entre sí y respecto de terceros. Tales relaciones se originan a partir del matrimonio y del parentesco

Tradicionalmente se ha considerado que, el Derecho de Familia, es una sub-rama del Derecho civil, sin embargo, puesto que este último se estructura sobre la base de la persona individual y que habitualmente se ha estimado que las relaciones de familia no pueden quedar regidas sólo por criterios de interés individual y la autonomía de la voluntad, en la actualidad gran parte de la doctrina considera que es una rama autónoma del Derecho, con principios propios. Sin embargo, para considerarse autónoma, es necesario que se den tres supuestos, la independencia doctrinal, la independencia legislativa y la independencia judicial

Para comenzar este apartado, pretendemos ajustar el concepto de familia (Del lat. familia), a los fines de esta investigación. Para ello será necesario hacer deducciones en base a las leyes, muy especialmente del Código Civil Venezolano (CCV), la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) y la Ley Orgánica de Protección a las Familias, la maternidad y la paternidad (LOPFMP), para formarnos una idea que se adecúe lo más cercano posible. El Diccionario de la Real Academia Española (DRAE), por ejemplo, emite diferentes concepciones, entre ellas: a) Grupo de personas emparentadas entre sí que viven juntas. b) Conjunto de ascendientes, descendientes, colaterales y afines de un linaje. c) Hijos o descendencia. d) Conjunto de personas que tienen alguna condición, opinión o tendencia común. Ej: Toda la familia socialista aplaudió el discurso. e) Conjunto de objetos que presentan características comunes. Entre muchos otros.

En los manuales de Formación social, moral y cívica, se define a la familia como la base fundamental de la sociedad, pero este concepto, además de ser ambiguo, dista mucho de lo que en esencia es la familia: Un grupo humano constituido sobre la base legal del Derecho de Familia, que en nuestro país está por conformarse. La Constitución de 1961, recogió esa definición: "El Estado protegerá la familia como célula fundamental de la sociedad y velará por el mejoramiento de su situación moral y económica. La ley protegerá el matrimonio, favorecerá la organización del patrimonio familiar, inembargable y proveerá lo conducente a facilitar a cada familia la adquisición de vivienda cómoda e higiénica" (Art. 73).

El Instituto interamericano del Niño, utiliza un concepto mucho más amplio: La familia es "un conjunto de personas que conviven bajo el mismo techo, organizadas en roles fijos (padre, madre, hermanos, entre otros) con vínculos consanguíneos o no, con un modo de existencia económico y social comunes, con sentimientos afectivos que los unen y aglutinan".

La Constitución venezolana (CRBV), en su Art. 75, asoma ligeramente una definición: "(…) asociación natural de la sociedad y (…) el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas". Y el Estado se arroga la alta responsabilidad de atender y proteger la familia, a sus integrantes, en todas sus etapas y necesidades. Partiendo de aquí podemos definir la familia como el conjunto de personas, ascendientes, descendientes, colaterales y afines que son sujeto de Derecho, y cuyas "relaciones se basan en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el esfuerzo común, la comprensión mutua y el respeto recíproco entre sus integrantes" (ver Art. 1 y 3 de la LOPFMP).

Al hablar de la Familia como sujeto de Derecho lo fundamentamos en que, en ésta, todo hombre y toda mujer tiene derecho a fundar una familia y mantenerla dignamente. Son igualados ante la ley como sujetos de producción de bienes y servicios. Se le da rango de actividad económica a las labores domésticas (Art. 88 CRBV). Tienen derecho a practicar su religión o no practicar ninguna (Art. 59 CRBV). Deciden sobre la educación de sus hijos. Les asiste el deber de protegerse y respetarse tanto en público como en privado. El derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación. El derecho a la protección de la salud. El derecho a la educación, los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos, corresponde al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho. El derecho al trabajo, a una vivienda digna con todos sus servicios básicos. El derecho a la salud. La maternidad, paternidad, los niños, niñas, adolescentes, ancianos, discapacitados y adoptados gozan de los mismos derechos y garantías.

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