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HACIENDA PUBLICA REGIMENES ESPECIALES


Enviado por   •  9 de Agosto de 2013  •  1.316 Palabras (6 Páginas)  •  467 Visitas

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REGIMENES ESPECIALES

Los conceptos presupuestales especiales son para las empresas industriales y comerciales del estado y también para las sociedades de economía mixta.

Esto se hace para que, cada una de ellas tenga en sí mismo su propia naturaleza jurídica, empleando la normatividad; dándole con esto su propio estatuto, vinculando tres aspectos importantes (la realidad social, cultural y la económica).

El estado enmarcando su principal objetivo de interventor en la economía, creo las empresas industriales y comerciales del estado y así mismo las sociedades de economía mixta, formando esta parte del sector descentralizado por servicios, para que estas dichas empresas puedan competir con la de los particulares, cuyo fin no puede ser otro que la rentabilidad social; cuyos actos solo se rigen por el derecho privado y las excepciones de la ley.

Este régimen toma su auge a través de lo que se llama estado paternalista; puesto que en la época donde el estado no intervenía con la frase más reconocida de dicho tiempo “dejar hacer dejar pasar”, pero así como los particulares le quitaron atribuciones al estado para intervenir en la economía, así mismo le pidieron al estado que el interviniera.

Las sociedades de economía mixta están sometidas al régimen presupuestal de las que no desarrollen actividades financieras, mientras que las industriales y comerciales del estado deben tener un capital del 90% estatal, las mixtas por su parte deben tener un origen público inferior al 50%; las empresas tanto industrial y comerciales del estado y las sociedades de economía mixta estarán sometidas al control del ministerio de hacienda y crédito público, esto para la elaboración, aprobación y ejecución del presupuesto.

El decreto 115 de enero 15 de 1996 en cumplimiento de los artículos 9 y 43 de la ley 179 de 1994, estableció la regulación de la elaboración, conformación y ejecución de dichas empresas.

En el régimen presupuestal, a estas entidades aplica unos principios que están concebidos en la ley orgánica de presupuesto. En estos no se aplica la inembargabilidad, por su naturaleza y sus finalidades, puesto que si este se le concede estaría vulnerando el principio de igualdad.

El consejo superior de política fiscal es el encargado para la autorización de adquirir obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras, o a quien este delegue.

Esto no sucede en los contratos de impresitos y las contrapartidas que no requieren la autorización del confis para vigencias futuras, puesto que se rigen de normas del crédito publico.

Para llevar a cabo la configuración del presupuesto de ingresos, con los recursos que se esperan recaudar y recursos de capital, cubriendo así la cuota de endeudamiento del gobierno.

El presupuesto de gastos serna los que se causen durante la vigencia fiscal: tendiendo como punto de partida, apropiaciones para el funcionamiento, operación comercial, servicio de la deuda y de inversión durante ese periodo.

Para su programación, ejecución y seguimiento estas deben enviar toda su periodicidad a la dirección general del presupuesto nacional y finanzas publicas del departamento nacional de planeación, en estas entidades también se manejaran las ante proyectos antes del 31 de octubre de cada año, la dirección con una previa autorización del ministerio en base de dicho ante proyecto lo revisara, y formulara modificaciones, después requerirá el concepto favorable del departamento nacional de planeación, y finalmente será aprobado por resolución del consejo superior de política fiscal.

No se podrán tener obligaciones en contratos que no se encuentren perfeccionados, para evitar detrimento en el patrimonio, para esto se prevén varios pasos y si cualquier funcionario incurriera en esto debe pagar personal y pecuniariamente por su acto.

Para la ejecución de estos se establecen unas responsabilidades penales, disciplinarias y fiscales esto solo va cuando se ve que estos pueden afectar el presupuesto de gastos.

El cumplimiento de sus funciones comerciales o industriales es flexible y permite que las acciones se tramiten por medio de acuerdos o resoluciones, solo para que estos no afecten los gastos (funcionamiento,

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