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Importancai De La Comosion Permanente


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2012  •  2.051 Palabras (9 Páginas)  •  403 Visitas

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IMPORTANCIA Y FUNCIONES DE LA COMISION PERMANENTE

8.1 Comisión Permanente constante constitucional de México

A lo largo de la historia de nuestro país, este órgano ha sido nombrado de diversas maneras y se le ha dado una composición diversa la constitución emanada de las Cortes de Cádiz, de 1812, se establecía la diputación permanente de corte, la cual tenia entre sus facultades mas importantes, de acuerdo al articulo160, “velar sobre la observancia de la constitución y de las leyes, para dar cuentas a las próximas cortes de las infracciones que haya notado”, así como las de “ convocara cortes extraordinarias en los casos previstos en la constitución.

La constitución federal de 1824 creo un consejo de gobierno que funcionaria durante los recesos del congreso general ; de acuerdo con el art. 113 del ordenamiento , se integraría por la mitad de los miembros del senado uno por cada estado de la federación. Su ámbito competencial se determinaba en el art. 116 de la misma Carta Magna.

La constitución centralista de 1836 creo la Diputación Permanente, la cual se integraría de manera plural, según el art. 57 , por cuatro diputados y tres senadores. Principalmente, contaba entre sus facultades la de citar al congreso a sesiones extraordinarias y velar sobre las infracciones constitucionales.

A su vez el Proyecto de la Minoría de 1842establecia en su articulo 52 la existencia de una comisión permanente la cual se compondría de cuatro diputados y tres senadores, elegidos por sus respectivas cámaras. Entre sus facultades se incluía la de convocar a sesiones extraordinarias y vigilar el cumplimiento de la constitución y las leyes generales,”haciendo los reclamos que juzgare convenientes y dando cuenta al Congreso”. El proyecto de la comisión de 1843 mantuvo como atribución de la Comisión Permanente la de convocar a sesiones extraordinarias al Congreso.

Los artículos 80 y 82 de las bases orgánicas de 1843 determinaban que la Diputación Permanente, se constituiría por cuatro senadores y cinco diputados; además tendría autoridad para hacer convocatoria a sesiones extraordinarias cuando lo decretara el gobierno, recibir las actas de elecciones de presidente de la Republica, senadores, y ministros de la Suprema Corte: citar ala cámara respectiva para el desempeño de sus funciones cuando tuviera que ejercerlas según la ley, así como ejercer las funciones económicas que se establecieran en el reglamento.

El Constituyente de 1857 surgió inicialmente la creación de un Consejo de Gobierno, que funcionaria durante los recesos del Congreso, integrado por un diputado por cada estado y territorio. Al final, el texto de la Carta Magna, en su art. 73, denomino a este órgano Diputación permanente.

8.2 Integración de la Comisión Permanente

El texto vigente de la CPEUM estipula lo siguiente:

Sección IV

De la Comisión Permanente

ARTICULO 78. DURANTE LOS RECESOS DEL CONGRESO DE LA UNION HABRA UNA COMISION PERMANENTE COMPUESTA DE 37 MIEMBROS DE LOS QUE 19 SERAN DIPUTADOS Y 18 SENADORES, NOMBRADOS POR SUS RESPECTIVAS CAMARAS LA VISPERA DE LA CLAUSURA DE LOS PERIODOS ORDINARIOS DE SESIONES. PARA CADA TITULAR LAS CAMARAS NOMBRARAN, DE ENTRE SUS MIEMBROS EN EJERCICIO, UN SUSTITUTO

La composición de la Comisión Permanente es plural. Con el objetivo de impedir su desintegración o imposibilidad para sesionar por falta de quorum, en 1980 se agregó al citado articulo la disposición de que por cada propietario se nombraría un suplente o sustituto.

Los miembros de la Comisión Permanente serán elegidos por sus correspondientes cámaras: de acuerdo con el articulo 45, frac. II de la LOCU, la propuesta debe emitirla la comisión de régimen interno y concertación política .evidentemente, estos duraran en el cargo solo el tiempo del respectivo receso del congreso.

Prever una mayoría de diputados obedece a la necesidad de respetar la soberanía del pueblo cuya representación nacional, como se ha visto recaen cámara de diputados.

8.3 Facultades de la Comisión Permanente

El objetivo de la Comisión Permanente es mantener la continuidad, como poder publico, del órgano legislativo, y realizar sus facultades administrativas, políticas y electorales cuando este no se encuentre reunido. Sus facultades se enumeran en el art 78 constitucional en los términos siguientes:

LA COMISION PERMANENTE, ADEMAS DE LAS ATRIBUCIONES QUE EXPRESAMENTE LE CONFIERE ESTA CONSTITUCION, TENDRA LAS SIGUIENTES:

I. PRESTAR SU CONSENTIMIENTO PARA EL USO DE LA GUARDIA NACIONAL EN LOS CASOS DE QUE HABLA EL ARTICULO 76 FRACCION IV;

II. RECIBIR, EN SU CASO, LA PROTESTA DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA;

III. RESOLVER LOS ASUNTOS DE SU COMPETENCIA; RECIBIR DURANTE EL RECESO DEL CONGRESO DE LA UNION LAS INICIATIVAS DE LEY, LAS OBSERVACIONES A LOS PROYECTOS DE LEY O DECRETO QUE ENVIE EL EJECUTIVO Y PROPOSICIONES DIRIGIDAS A LAS CAMARAS Y TURNARLAS PARA DICTAMEN A LAS COMISIONES DE LA CAMARA A LA QUE VAYAN DIRIGIDAS, A FIN DE QUE SE DESPACHEN EN EL INMEDIATO PERIODO DE SESIONES;

(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 17 DE AGOSTO DE 2011)

IV. ACORDAR POR SI O A PROPUESTA DEL EJECUTIVO, LA CONVOCATORIA DEL CONGRESO O DE UNA SOLA CAMARA A SESIONES EXTRAORDINARIAS, SIENDO NECESARIO EN AMBOS CASOS EL VOTO DE LAS DOS TERCERAS PARTES DE LOS INDIVIDUOS PRESENTES. LA CONVOCATORIA SEÑALARA EL OBJETO U OBJETOS DE LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS. CUANDO LA CONVOCATORIA SEA AL CONGRESO GENERAL PARA QUE SE ERIJA EN COLEGIO ELECTORAL Y DESIGNE PRESIDENTE INTERINO O SUBSTITUTO, LA APROBACION DE LA CONVOCATORIA SE HARA POR MAYORIA; / (REFORMADA MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 9 DE AGOSTO DE 2012)

V. OTORGAR O NEGAR SU RATIFICACION A LA DESIGNACION DEL PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, QUE LE SOMETA EL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL;

VI. CONCEDER LICENCIA HASTA POR SESENTA DIAS NATURALES AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA; / (REFORMADA MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 9 DE AGOSTO DE 2012)

VII. RATIFICAR LOS NOMBRAMIENTOS QUE EL PRESIDENTE HAGA DE EMBAJADORES, CONSULES GENERALES, EMPLEADOS SUPERIORES DE HACIENDA, INTEGRANTES DE LOS ORGANOS COLEGIADOS ENCARGADOS DE LA REGULACION EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES, ENERGIA Y COMPETENCIA ECONOMICA, CORONELES Y DEMAS JEFES SUPERIORES DEL EJERCITO, ARMADA Y FUERZA AEREA NACIONALES, EN

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