ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Simplificado del impuesto sobre el valor añadido


Enviado por   •  28 de Marzo de 2015  •  Trabajos  •  3.602 Palabras (15 Páginas)  •  306 Visitas

Página 1 de 15

1.1 Régimen Simplificado

En Materia de impuesto al valor agregado existe un solo régimen simplificado al que pueden inscribirse las personas naturales, siempre que cumplan todos los requisitos para pertenecer al mismo.

Este régimen está diseñado para los minoristas y detallistas, prestadores de servicios (comerciantes o no comerciantes), profesionales independientes y artesanos; su propósito es brindar a quienes cumplan sus requisitos, un manejo practico y sin complejidades en cuanto a las obligaciones que de él se derivan.

REQUISITOS PARA INSCRIBIRSE EN ESTE REGIMEN SIMPLIFICADO

Al régimen simplificado del impuesto al valor agregado pueden pertenecer las personas naturales, siempre y cuando cumplan la totalidad de las siguientes condiciones:

1. Respecto al Responsable, la actividad Económica y el Establecimiento:

a. Que sean personas naturales, por lo tanto ni las sociedades ni las empresas unipersonales podrán hacer parte del régimen simplificado, pues estas últimas tienen tratamiento fiscal asimilable a sociedades limitadas.

b. Que se trate de comerciantes o artesanos minoristas o detallistas, agricultores y ganaderos que realicen operaciones gravadas con IVA.

c. Que tengan como máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede . local o negocio donde ejercen su actividad.

d. Que el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.

e. Que no sean usuarios aduaneros.

2. Respecto con la cuantía de las operaciones

a. Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a cuatro mil (4.000) UVT.

b. Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior a 3.300 UVT.

c. Para la celebración de contratos de venta de bienes o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior a tres mil trescientas (3.300) UVT el responsable del régimen simplificado deberá inscribirse previamente en el régimen común.

d. Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósito o inversiones financieras durante el año anterior o durante el año en curso no supera la suma de 4.500 UVT.

PROHIBICIONES A LOS RESPONSABLES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO

El Responsable del Régimen Simplificado debe acatar las siguientes prohibiciones:

a. No debe adicionar suma alguna por concepto de IVA, si lo hiciere pasará a ser responsable del IVA del Régimen Común con todas sus implicaciones.

b. No debe presentar declaraciones del IVA, si lo hiciere éstas no serán válidas a menos que esté recaudando este impuesto y se someta al Régimen Común.

c. No debe determina IVA a cargo solicitar devolución del IVA pagado a sus proveedores o a quien le haya prestado servicios.

CAMBIO DE REGIMEN COMUN A REGIMEN SIMPLIFICADO

Los responsables inscritos en el Régimen Común, podrán solicitar a la DIAN su traslado al Régimen Simplificado, siempre que demuestren que durante los tres (3) años fiscales anteriores, cumplieron año por año, con todas las condiciones establecidas para este régimen simplificado.

Es claro que durante este tiempo tres (3) años, los solicitantes del traslado han debido cumplir con las obligaciones del Régimen Común.

1.7 Régimen Común

Por regla general, los responsables pertenecen al régimen común cuando no se cumplen todos los requisitos establecidos para pertenecer al régimen simplificado, siempre y cuando la actividad a la que se dediquen se considere gravada en IVA

EJEMPLO DE COMPRA Y VENTA REGIMEN COMUN

La compañía el Poli SAS presta asesorías Jurídicas y realiza las siguientes transacciones:

Presta servicios Jurídicos a uno de sus clientes por valor de $4.000.000 más IVA.

DB CR

Ingreso Operacional 5,000,000

IVA Generado por el servicio 16% 800,000

Retención en la fuente 11% 550,000

Cuenta por cobrar 5,250,000

2. Realiza una compra de papelería por valor de $ 1.250.000 más IVA

DB CR

Gasto papelería 1,250,000

IVA Descontable 200,000

Retención en la fuente por compras 43,750

Cuentas por pagar 1,406,250

DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO

IVA: Generado en la venta 800,000

Menos IVA Descontable (compra) 200,000

Total a Pagar IVA 600,000

SINOPSIS OBLIGACIONES RÉGIMEN COMÚN Y RÉGIMEN SIMPLIFICADO

RÉGIMEN COMÚN RÉGIMEN SIMPLIFICADO

-Inscripción en el registro único tributario. Todos los responsables del impuesto sobre las ventas, incluidos los exportadores, deberán inscribirse ante la administración de impuestos correspondiente al domicilio principal del responsable. Quienes inicien actividades deberán inscribirse dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de iniciación de sus operaciones. Inscripción en el registro único tributario

Los responsables que se acojan al régimen simplificado deberán manifestarlo expresamente ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, que corresponda al asiento principal de los negocios del comerciante, dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de iniciación de sus operaciones. Tratándose de responsables no comerciantes que presten servicios gravados, la inscripción deberá hacerse ante la administración correspondiente al lugar donde tenga abierta la oficina, local o sede donde presten los servicios gravados.

-Obligados

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (23.6 Kb)  
Leer 14 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com