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Incidentes De Aclaración De Sentencia En Amparo


Enviado por   •  29 de Junio de 2011  •  1.870 Palabras (8 Páginas)  •  3.504 Visitas

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I

NCIDENTE DE ACLARACIÓN DE SENTENCIA.

Primero, debemos comprender a qué nos referimos con la palabra sentencia o resolución. La Real Academia Española nos dice lo siguiente

 RESOLUCIÓN. De la voz latina resolutĭo, -ōnis. Acción y efecto de resolver o resolverse.

 SENTENCIA. Proveniente del latín Sententĭa. Decisión de cualquier controversia o disputa extrajudicial, que da la persona a quien se ha hecho árbitro de ella para que la juzgue o componga.

Jurídicamente podemos determinar que sentencia, son los actos procesales que dicta el órgano jurisdiccional de que se trate e implican una decisión sobre una cuestión -en materia de amparo se traduce en la determinación de conceder, negar o sobreseer el juicio, además el juez de amparo puede dictar la sentencia que termina la instancia y en su caso, el juicio- dicha solución debe hacerse mediante la aplicación de la ley general al caso concreto convertido.

Como se mencionaba en el párrafo anterior las sentencias de amparo pueden tener el siguiente sentido:

Conceder el amparo. El órgano de control constitucional realiza el análisis de fondo del asunto y determina que el acto reclamado viola las garantías individuales del quejoso, o bien, que en su perjuicio vulnera el régimen de competencias existentes entre la Federación y los Estados y, por ende, le otorga el amparo y protección de la Justicia Federal.

Negar el amparo. El juzgador, después de analizar la constitucionalidad del acto reclamado, concluye que éste se apega al texto constitucional y que, por ende, no viola las garantías del quejoso ni vulnera en su perjuicio el sistema competencial existente entre la Federación y los Estados, por lo que declara válido y con plena eficacia jurídica.

Sobreseer en el juicio. En este caso, como ya se señaló anteriormente, la sentencia da por concluido el juicio, pero sin hacer pronunciamiento respecto a la constitucionalidad del acto reclamado, al actualizarse alguna de las causas previstas en los artículos 73 y 74 de la Ley de Amparo.

Ahora bien, habiéndose obtenido resultado favorable, la consecuencia lógica es dar cumplimiento a las sentencias de amparo, no obstante para esto deben incurrir dos elementos: que esta sentencia conceda el amparo y protección de la justicia federal y que dicha sentencia sea firme.

A manera de observación, en una misma sentencia se pueda negar el amparo respecto de ciertos actos, concederlo en relación con otros y sobreseer por lo que hace a otros más.

Antes de comenzar con los incidentes, siendo este el tema que nos concierne estudiar en este apartado, analizaremos el contendido de las sentencias de amparo. Siendo la propia ley, la cual establece que estas deben ser claras, precisas y fundadas en los ordenamientos respectivos. Generalmente las sentencias se dividen en cuatro aspectos, de manera tal que permitan una mejor comprensión del contenido del juicio.

Se comienza con el apartado de ‘Resultando’, aquí se hace una narración de lo actuado en el proceso, motivo por el cual su contenido varía según se trate de amparo indirecto o directo. El juzgador de amparo comienza con la mención del escrito de demanda y la fecha de su presentación, así como la precisión de las autoridades responsables, de los actos reclamados y de las garantías constitucionales que el quejoso estimó violadas en su perjuicio. En seguida, se hace referencia al auto admisorio, a los diversos emplazamientos que obren en autos, también se efectúa una relación de las autoridades a las que se requirió informe con justificación, precisándose cuales lo rindieron, así como el sentido del informe. En su caso, se describe la vista desahogada por el tercero perjudicado y el pedimento del Ministerio Público de la Federación. Finalmente, se mencionan las pruebas aportadas al proceso y el desarrollo de la audiencia constitucional.

En el caso de amparo directo, en el apartado de ‘Resultando’ se incluye la mención del escrito de demanda, con indicación de la fecha, la autoridad responsable y los actos reclamados. Asimismo, se señalan las garantías constitucionales que el quejoso estimó violadas en su perjuicio; la naturaleza del juicio de origen y los puntos resolutivos de la resolución reclamada. De igual manera, se establece la fecha en que el Tribunal Colegiado admitió la demanda; la vista que desahogó el tercero perjudicado y el pedimento del Ministerio Público de la Federación; así como la fecha de turno al Magistrado relator.

El apartado denominado ‘Considerando”, se constituye por la fundamentación y motivación de la sentencia, pues contiene los preceptos legales y constitucionales, así como las razones por las que el juzgador concedió o negó el amparo al quejoso ó en su caso por las que determinó sobreseer el juicio.

Respecto del amparo indirecto, vemos que este apartado suelen iniciar con la justificación de la competencia del juzgador. Seguidamente, se agrega la apreciación de los actos reclamados, es decir, si de acuerdo con las constancias de autos éstos deben o no tenerse por ciertos. Asimismo, se realiza un análisis de las causales de improcedencia y de los motivos de sobreseimiento; después, en relación con los actos cuya existencia se tuvo como acreditada, se procede a hacer un estudio de constitucionalidad, tomando como referencia los conceptos de violación y la apreciación y valoración de las pruebas.

En el amparo directo, esta sección comienza con la expresión del fundamento de competencia del Tribunal Colegiado de Circuito que conozca, para después examinar lo relativo a la existencia del acto reclamado. Posteriormente, si los actos se tienen como existentes se procede a hacer un análisis de las causales de improcedencia y sobreseimiento, debiendo señalarse en la sentencia si se actualiza alguna de ellas y los motivos que llevaron a dicha conclusión, de no operar causas de improcedencia, se estudia la constitucionalidad del acto reclamado; para esto, conforme al principio de prelación, deben estudiarse en su caso, de manera preferente los conceptos de violación relativos a la inconstitucionalidad de la norma en que se fundó el acto reclamado, pues si éstos

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