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Influencia Del Normativismo Jurídico En El Sistema Judicial Venezolano


Enviado por   •  29 de Marzo de 2012  •  4.222 Palabras (17 Páginas)  •  4.578 Visitas

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Introduccion

La base fundamental en un sistema jurídico, es que el jurista procure encontrar una respuesta sincera, responsable al hecho ocurrido y de la misma manera buscar el método aplicable para su resolución.

Cuando se realiza una interpretación de un determinado hecho, debe ser necesario que el jurista durante su estudio, tome muy bien en cuenta todos los elementos, factores tanto sociales, políticos, económicos, culturales religioso, entre otro los cuales pudieron conllevar a ocasional el hecho, y luego así realizar el análisis e interpretación correspondiente y de la misma manera difundir una decisión que satisfaga la regulación de las relaciones humanas en la sociedad.

El normativismo es una teoría del Derecho desarrollada por Hans Kelsen, que pretende "desnudarse" de cualquier pensamiento ideológico, y que establece un sistema jurídico basado en la Jerarquía de normas.

Este normativismo jurídico reduciría el Estado a un conjunto de relaciones jurídicas: el Estado y el derecho son idénticos. El Estado es contemplado en esta teoría como un orden coercitivo idéntico al "Derecho". El Estado no quedaría resumido un simple orden jurídico, es más que eso, no sólo el orden de derecho legítimo y soberano.

LA INFLUENCIA DEL NORMATIVISMO EN EL SISTEMA JUDICIAL VENEZOLANO

El Normativismo Jurídico tiene una gran influencia en el Sistema Judicial Venezolano, puesto que en primer lugar, inicialmente éste debe su existencia a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ya que en su Titulo V, Capítulo III, específicamente en su artículo 253 se halla establecido que dicho Sistema está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los o las auxiliares y funcionarios o funcionarias de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos o ciudadanas que participan en la administración de justicia conforme a la ley y los abogados autorizados o abogadas autorizadas para el ejercicio; y en segundo lugar, son las normas jurídicas las que establecen Derechos, Libertades, facultades, limitaciones y deberes a las personas, ya sean naturales, jurídicas o investidas de autoridad. Así como también las sanciones pertinentes en el caso del incumplimiento de las mismas. Y es precisamente que entorno a todo esto, nuestro sistema judicial debe de actuar de acuerdo a dicha Constitución y a las leyes respectivas.

Efectivamente y según la Pirámide de Kelsen, las normas jurídicas positivas se aplican de mayor a menor Jerarquía, de donde podemos decir que la Constitución o Carta Magna, es la mayor de todas ellas, y que sin perjuicio de los tratados, pactos, convenios y acuerdos internacionales firmados y ratificados por Venezuela sobre Derechos Humanos, es seguida de nuestras Leyes Orgánicas, que entre las cuales figuran (la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y las dictadas para desarrollar los Derechos Constitucionales). A dichas Leyes también le siguen los Reglamentos, Leyes Ordinarias, y a estas las Leyes Especiales.

La Real Academia Española define

Sistema: Conjunto de cosas que relacionadas entre sí ordenadamente contribuyen a determinado objeto.

Sistema normativo: nos referimos al conjunto de leyes, principios, doctrinas u otros que conforman las diversas clasificaciones del derecho y cuyo objeto es regular la conducta humana.

El derecho como ciencia a través del tiempo se ha nutrido de diversas corrientes, que no solo se han encargado de atribuirle importancia sino un gran contenido para regular hasta el más intrascendente detalle de la conducta humana en sociedad, permitiendo mantener un equilibrio en la convivencia, adecuándose a las formas de relacionarse los individuos de un territorio determinado.

Para reglamentar la conducta del hombre el derecho se basa en normas en las que un supuesto de hecho genera una consecuencia jurídica para el sujeto, tal consecuencia es de carácter coercitivo (es decir esta obligado a cumplirlo). Desde sus inicios, la teoría de las fuentes del derecho fue la teoría de las fuentes formales del mismo, formas lógico - normativas obligatorias y predeterminadas que deben adquirir inevitablemente las reglas de conducta, para imponerse socialmente como expresión de la voluntad de la clase dominante y mediante el poder coactivo del Estado como instrumento de aquella.

La expresión fuentes del Derecho es utilizada en diversos sentidos, unas veces se habla de fuente legitimadora del Derecho en el sentido de que el ordenamiento jurídico debe tener la justicia como principio inspiratorio, y basarse en las ideas universales derivadas del Derecho natural. En un sentido menos elevado, se habla también de fuentes de conocimiento del Derecho para referirse a los medios de los que se valen los juristas para conocer el Derecho positivo de una determinada comunidad, en un momento histórico también determinado.

Sin embargo, los dos sentidos más importantes en que se utiliza la expresión fuentes del Derecho, son el sentido MATERIAL y el sentido FORMAL. Las fuentes Materiales son los procesos culturales, sociales, religiosos que van a determinar el contenido de la norma. Son las fuentes más remotas de las normas del derecho. Ejemplo: Una de las leyes que surge por esta fuente es la Ley contra la violencia de la mujer y la familia, así como también la normas reguladoras de los empresarios a los niños trabajadores. Las fuentes Formales no son fuentes tan remotas, y consisten en ser todo proceso formal de elaboración de las normas jurídicas. Esta a su vez se divide en: Fuentes Formales Directas (La ley), y Fuentes Formales Indirectas (las costumbres, la jurisprudencia, y la doctrina).En Sentido Amplio se puede definir la Ley como toda norma jurídica de origen estatal, forma escrita y en cierto modo solemne". A la ley tomada en este sentido amplio se oponen: la costumbre (norma jurídica no estatutaria; y la prescripción autonómica que procede de un poder no estatal), pero caben dentro de ella actos que no proceden del legislativo, Ejemplo: la Constitución, reglamentos. En sentido estricto, la ley es el mandato de carácter general emanado del órgano del Estado a quien corresponde la función legislativa mediante el proceso establecido en la Constitución". Por ejemplo: La Ley Orgánica del Trabajo, es ley en sentido restringido; el Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo el ley en sentido amplio.

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