Instalaciones De Seguridad, Higiene Y Telecomunicaciones
Enviado por abrilm • 29 de Abril de 2013 • 3.567 Palabras (15 Páginas) • 1.299 Visitas
INSTALACIONES INDUSTRIALES
INSTALACIONES DE PROTECCIÓN, HIGIENE Y SEGURIDADINSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONESINSTALACIÓN DE SERVICIOS AUXILIARES
EQUIPO #4
ABRIL MORALES ROMERO 080300494
JUAN GASPAR HUH XICUM 060300243
JOSÉ MARTÍN PAT TUZ 090300063
Todas las construcciones, reformas o modificaciones de los inmuebles destinados a centros de trabajo:
• Presentar una solicitud al ministerio de trabajo debe indicar la actividad Industrial o comercial a que se destinará el local, así como la ubicación del sitio donde será construido, acompañándose igualmente de los planos y documentos siguientes:
• Planos elaborados conforme a las Normas Sanitarias para proyectos.
• Planos de instalaciones eléctricas, indicando ubicación de los equipos, tableros y mecánicos de seguridad que se utilizarán con especificación de la carga de cada circuito y diámetro y tipo de los cables y conductos.
• Detalles de ubicación, indicando los generadores y las instalaciones adyacentes.
• Planos isotérmicos donde se muestren todas las tuberías y la ubicación de los instrumentos de controles.
• planos de ubicación de la maquinaria y de los sistemas de iluminación artificial y de extinción de incendios.
• Para los locales industriales una altura mínima de (3) tres metros, medida desde el piso hasta la parte inferior del techo.
• Los corredores, pasadizos, pasillos, escaleras y rampas serán diseñados y construidos de manera que de acuerdo a la naturaleza del trabajo y al número de trabajadores utilizados, dispongan de espacio cómodo y seguro para el tránsito de personas.
• Las rampas, escaleras y plataformas tendrán la resistencia y las dimensiones necesarias para cumplir sus funciones con seguridad y serán construidas de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia. Las rampas para el tránsito de personas no tendrán una pendiente mayor de 15° con respecto a la horizontal y las escaleras de los edificios deben cubrir como mínimo las siguientes especificaciones:
• a) pendientes no mayores de 35 ° con respecto a la horizontal.
• b) la altura máxima entre descansos será de 3.75 metros y el largo del descanso no será menor de 1,10 metros, medidas en dirección de la escalera.
• c) la anchura estará de acuerdo con el número de personas que circulan en uno y otro sentido, pero en ningún caso será menos de 1,10 metros.
• d) la escalera y sus descansos serán provistos de pasamanos en sus lados expuestos.
• Las salidas y pasillos de los edificios y otros locales de trabajo, deben instalarse y estar dispuestos de manera tal que las personas que los ocupen puedan abandonarlos rápidamente y con seguridad, en caso de emergencia. A tal efecto, el Ministerio del Trabajo determinará el número de salidas de emergencia, de acuerdo a la naturaleza del riesgo.
• Las bases de los soportes de los andamios estarán montadas sobre material firme y sólido, sin que puedan ser colocados sobre ladrillos sueltos o encima de barriles, tobos, cajas o similares. Los soportes transversales de los andamios deberán ser construidos de una sola pieza sana y no se permitirán empates.
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• Cuando en un edificio destinado a local de trabajo se proyecte Instalar ascensores, el propietario, su representante o el Ingeniero responsable de la construcción, enviará al Ministerio del Trabajo, una Memoria Descriptiva, acompañada de los planos relativos a la instalación del ascensor, donde se especifique: destino del edificio, número de pisos, altura entre los mismos, número de trabajadores, tráfico probable de personas, recorrido total y número de paradas. Deberá indicarse además, el tipo y características del ascensor, especificado: marca, tipo, capacidad, carga dimensiones de la cabina, velocidad tipo de mandos, sistemas de funcionamiento, número de ascensores y cualquier otra indicación importante.
• Toda empresa, establecimiento o lugar de trabajo, estará provista de agua fresca y potable en cantidad suficiente para uso de los trabajadores.
• servicios sanitarios para los centros de trabajo, se establecen las especificaciones siguientes:
• a) Para las industrias.
• Cuando el número de trabajadores sea mayor de 100, se instalará un retrete, un lavamanos y una ducha por cada 35 trabajadores o fracción.
• Los pisos de los cuartos de servicio sanitarios deberán ser construidos de material impermeable, lavable y no resbaladizo y sus paredes estarán revestidas de lozas o material similar hasta una altura de 1,50 metros.
• Los lavamanos y duchas deberán ser provistos de jabón o productos adecuados en cantidad suficiente para la limpieza y se proveerán de toallas individuales u otro medio adecuado para uso de los trabajadores.
• Cuando los trabajadores requieran comer en el área de trabajo, se dispondrá de un salón comedor con las condiciones siguientes:
a) Estar dotado
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