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JUICIO ORAL, ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Y TEORÍA DEL CASO


Enviado por   •  3 de Abril de 2014  •  3.339 Palabras (14 Páginas)  •  1.749 Visitas

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JUICIO ORAL, ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Y TEORÍA DEL CASO

Carlos Cruz Montero

Introducción

El nuevo escenario procesal en que se proyecta el debate penal es más riguroso teniendo en cuenta varios aspectos: entre los principales está la naturaleza del nuevo proceso, el cual es rogado y adversario lo que obedece a un debate donde los sujetos procesales deben hacer un mayor esfuerzo en la especialización de sus roles.

En este nuevo escenario procesal es imperativo que tanto Fiscalía como la Policía Judicial mejoren sus técnicas de investigación y especialización de sus roles a fin de que las evidencias y los elementos materiales que recaudan en la escena del delito –que es el primer momento procesal– exige un mayor esfuerzo que el que se presentaba anteriormente en el sistema inquisitivo, debido al nuevo manejo de escena del delito y protocolos de cadena de custodia, dentro del programa probatorio de Fiscalía y Defensa.

Por otro lado, la Defensa de igual manera tiene que hacer un programa probatorio, entrevistas, incorporación de evidencias, objeciones, interrogatorios y contrainterrogatorios, los cuales exigen también una especialización de su rol para este nuevo escenario, el cual es adversarial y requiere una preparación lógica a través de argumentos fundados en fuentes de pruebas (evidencias y elementos materiales probatorios), que permitan también probar la teoría del caso en relación a la defensa del procesado. La falta o la inoperancia del ejercicio de estas competencias produce una desventaja frente al ente acusador del Estado que cuenta con más presupuesto e infraestructura para la investigación, lo que produce en un primer plano un desequilibrio entre ambos sujetos procesales; situación que le exige a la Defensa un mayor esfuerzo argumentativo técnico, científico, que permita que no se le vulnere el derecho de defensa al procesado.

Una técnica de la argumentación bien preparada requiere un máximo despliegue que va desde la entrevista hasta las técnicas de interrogatorio y contrainterrogatorio, las cuales exigen una relación lógica de argumentos encaminados a probar su teoría del caso sobre los hechos objeto de investigación. En este orden lógico la argumentación jurídica ocupa un papel muy importante para este nuevo debate adversarial.

Necesariamente en este primer plano, no solamente analizando la naturaleza y la especialización de los roles de ambos sujetos procesales (Fiscalía y Defensa), salta a la vista que el principio que orienta este nuevo debate es la oralidad, entendiendo a la misma como la necesaria presentación de cualquier solicitud, petición, memorial, objeciones, informe pericial, dictamen, recursos, y demás, que las partes exijan al juez de conocimiento bajo los principios de inmediación y controversia en juicio oral. Lo que obliga a que la dinámica y la acción probatoria de ambas partes en juicio oral, se realice bajo una buena técnica de argumentación jurídica.

En este sentido, se refleja la importancia de la argumentación jurídica como herramienta de persuasión más relevante para un juicio de competencias orales, donde cada una de las partes en su presentación de su teoría del caso, realice un mejor despliegue de las habilidades necesarias no solamente en las técnicas del juicio oral, sino también en los aspectos más importantes que esta ciencia de lógica jurídica que sirve para mejorar la fuerza de argumentación. Así pues, se puede señalar al tenor de Barros Cantillo que el ejercicio de la argumentación en el juicio representa “una descomplicada y heterodoxa presentación de los argumentos por parte de los abogados para impugnar o defender puntos de vista en el curso de sus deberes forenses”.

La argumentación jurídica

Esencialmente la argumentación jurídica es una forma de fundamentar el ejercicio del derecho, es como el maestro Atienza dice: “Buscar el problema jurídico para establecer el proceso, en relación a cómo proteger y generar transparencia en el argumento, además de ser una posibilidad de resolver los problemas y transmitir las posesiones”. Asimismo Bedoya conceptúa que la argumentación es la base de comunicación y solo realizando un proceso adecuado puede obtenerse el resultado deseado y una decisión acorde a la pretensión de cualquiera de las potencias enfrentadas.

Ahora bien, la fuerza de una buena argumentación permite establecer una premisa, mediante la cual se sostiene que se puede pasar de los hechos a una conclusión, que, según teoría de Toulmin , haría las veces de garantía. Ejemplo, en efecto se está afirmando “los perros son bravos, ladran a los forasteros” o desde otra perspectiva propuesta “los perros bravos no le ladran a quienes conocen” acá se quiere resaltar la importancia de los enunciados generales para pasar de premisas fácticas a la conclusión.

Por eso es dable afirmar que no se puede improvisar y mucho menos correr riesgos en este segundo escenario del proceso, en el que el juez ha de tomar conclusiones de cada una de las premisas y pruebas que se presenten.

Con base a la lógica, la teoría jurídica y la praxis, se puede señalar que los argumentos empíricos más frecuentes de los litigantes en el foro van desde los más sencillos como son la risa, la ironía, la burla, el ridículo, la autoridad, la misericordia, la ignorancia, la apelación al pueblo, a la fuerza, hasta los más complicados como las consecuencias adversas, la selección de observación, la inferencia inductiva de casos limitados, la pregunta compleja, el uso tendencioso de la negación, la noción de reciprocidad, la analogía, la reducción al absurdo, las relaciones lógicas de oposición proposicional .

En el nuevo Sistema Penal Acusatorio es una exigencia para el litigante que planifique y prepare todos los pormenores de su actuar en la misma, que organice, priorice y clasifique sus sustentos argumentativos, sin que por ello no se vayan a presentar variadas y complejas situaciones inesperadas. Razón de más para que el proceso de preparación de la audiencia sea estricto y requiera de recursividad en las habilidades argumentativas.

La Argumentación Jurídica en la Audiencia de Juicio Oral tiene una base más clara que en las Audiencias Preliminares, pero es de anotar que para ambos casos la legitimización de Argumentos Inductivos y Argumentos Deductivos resulta ser una herramienta muy persuasible para realizar una construcción, una teoría del caso como la base de la estructuración de la Estrategia Defensiva o de la pretensión, representa la construcción de una argumentación razonable.

Ahora, en el plano de la persuasión al juzgador y de formar una

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