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Juicio Sobre Propiedad


Enviado por   •  9 de Mayo de 2014  •  9.860 Palabras (40 Páginas)  •  238 Visitas

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Juicios Sobre Propiedad Y Posesión

Juicios sobre Propiedad y Posesión. Qué es Propiedad La propiedad es el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones que las que imponga la ley, es decir, es el dominio que un individuo tiene sobre una cosa determinada, con la que puede hacer lo que desee a su voluntad. Es ese derecho real que implica el ejercicio de las facultades jurídicas más amplias que el ordenamiento jurídico concede sobre un bien. Usualmente se considera que el derecho de propiedad comprende tres facultades principales Uso ius utendi, disfrute ius fruendi y disposición ius abutendi, distinción que proviene del Derecho romano. Según el Artículo 545 del Código Civil, la propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva, con las restricciones y obligaciones establecidas por la Ley. Qué es Posesión Es una situación de hecho, mas no de derecho como lo es la propiedad, es decir, es el control físico o material de una cosa, en el cual se le otorga a una persona el poder exclusivo de retener una cosa para ejecutar actos materiales de aprovechamiento. La posesión requiere de la intención y la conducta de un dueño, es importante recalcar que en la posesión se presume de buena fe. Según el Artículo 771 del Código Civil, la posesión es la tenencia de una cosa, o el goce de un derecho que ejercemos por nosotros mismos o por medio de otra persona que detiene la cosa o ejerce el derecho en nuestro nombre. Juicio de Prescripción. La prescripción Según el Artículo 1.952 del Código Civil, es un medio de adquirir un derecho o de libertarse de una obligación, por el tiempo y bajo las demás condiciones determinadas por la Ley. Artículos del 690 al 696 del Código de

LOS INTERDICTOS O ACCIONES POSESORIASI. ASPECTOS GENERALES1. INTRODUCCIÓNNuestra legislación sustantiva y adjetiva en materia civil, regulan los actos y las acciones jurídicas relativas a la posesión, como un medio de adquirir una cosa, así como la posesión derivada de un título traslativo o simplemente declarativo de dominio.De igual forma regulan las acciones tendientes a la conservación, retención, restablecimiento y restitución de la posesión, acciones que encontramos normadas en los Artos. 1715 al Arto. 1829 C. y Artos 1650 al Arto. 1683 Pr.Al profundizar en el estudio... ..

JUICIOS SOBRE PROPIEDAD Y POSESIÓN

Se puede definir La propiedad privada como el poder jurídico pleno o completo de un individuo sobre una cosa.

Antes de dar inicio al procedimiento en juicio sobre Propiedad , Posesión y Prescripción, es necesario tener claro el fundamento jurídico principalmente en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, (CRBV) Título III de los Derechos Económicos en su artículo 115 establece lo siguiente:

Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las condiciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Sólo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes.

Cabe destacar que constitucionalmente se garantiza la propiedad privada, con la limitación lógica de las restricciones legales. Igualmente se contempla la expropiación por causa de utilidad pública o social, por sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización.

Asimismo el Código Civil (C.C), en el artículo 545 del establece: “La propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva, con las restricciones y obligaciones establecidas por la Ley”

Con lo anterior expuesto se puede decir, que es el dominio que unindividuo tiene sobre una cosa determinada, con la que puede hacer lo que desee a su voluntad, con las restricciones y obligaciones establecidas por la ley.

Formas de transmisión de propiedad son las siguientes:

El contrato: es un acuerdo entre dos o más partes, puede ser oral o escrito y puede ser en formato cualquier tipo de formato, papel, electrónico

• La ley: La que rige la tramitación contenciosa o voluntaria de causas o negocios ante jueces y tribunales.

• La ocupación: modo originario de adquirir la propiedad mediante la aprehensión o apoderamiento de una cosa que carece de dueño, por no haberlo tenido nunca, por haber hecho abandono de la misma su último propietario o por haber fallecido éste sin herederos.

• La accesión: Un modo de adquirir lo accesorio por pertenecernos la cosa principal; o bien, el derecho que la propiedad de una cosa mueble o inmueble da al dueño de ella sobre todo cuando produce, o sobre lo que se le une accesoriamente por obra de la naturaleza o por mano del hombre, o por ambas causas a la par. Definida así, se ve que la accesión puede ser natural, industrial o mixta, y que constituye uno de los modos de adquirir el dominio de las cosas.

• La prescripción: es una institución jurídica de regulación legal, en virtud de la cual, se adquieren o se extinguen derechos, por haberse agotado un término de tiempo fijado por la ley

• La adjudicación: Asignación y entrega de bienes a las personas que les corresponden según ley, testamento o convenio. Lastres especies principales de la misma son: a) la de partición de herencia; b) la del concurso civil; c) la de todo o parte de una sucesión a personas llamadas sin designación de nombres.

La expropiación es un procedimiento mediante el cual, el estado priva de un bien inmueble a un particular, por causa de utilidad pública.

Posesión

Es una situación de hecho, mas no de derecho como lo es la propiedad (derecho real por excelencia y consecuencia de la posesión a través de la prescripción).

La posesión requiere o necesita dos elementos para configurarse y ellos son el corpus, que es la cosa en sí y el animus rem sibi habendi que es la intención de comportarse como su dueño, es decir la posesión requiere la intención y la conducta de un dueño. De esta manera distinguimos de la tenencia en la cual el tenedor reconoce en otro la propiedad de la cosa en su poder.

Así mismo es válido recordar que la posesión se presume siempre de buena fe, posee porque posee.

La imprecisión de la definición y la necesidad de una detentación

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