ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Justicia Paralelas


Enviado por   •  19 de Abril de 2015  •  2.265 Palabras (10 Páginas)  •  199 Visitas

Página 1 de 10

JUSTICIAS PARALELAS

La Justicia es sin duda uno de los conceptos más debatidos por doctrinantes, estudiosos del derecho hasta alumnos y profesores, ya que este abarca una amplia caracterización; de la cual se desprenden diferentes conceptos o nociones de lo que es justicia. Acercándonos a una opinión personal sobre la noción de justicia podríamos mencionar que es uno de sus fundamentos es de carácter subjetivo; donde se liga con un sustento cultural partiendo desde una moral y costumbre que rigen dentro de un contexto en una determinada sociedad.

En Colombia; podríamos mencionar que esta noción aparte de ser subjetiva y muy genérica, su práctica se ha convertido en una ambigüedad que no han podido reflejarse ante la protección de su comunidad; donde su aparato administrativo se ha distorsionado; dejando a ciertas poblaciones en una completa vulnerabilidad; ocasionado que surjan otros entes de control que no son institucionales los cuales asumen la justicia en cierta población o territorio colombiano; todo esto se debe, desde una perspectiva personal, a la preocupación del gobierno Colombiano por lograr un desarrollo económico para tratar de igualar a las potencias mundiales, dejando así, aun lado las necesidades de regiones y sectores del país a la deriva, donde son ellos mismos quienes deben impartir una justicia. Este motivo principal ha ocasionado que surjan nuevas formas de aplicación de justicia no institucional ni adecuada para impartir o practicar el término justicia.

Una segunda causa a la cual nos podríamos referir, se debe a que el aparato estatal no tiene una cobertura total de su población y de manera simultanea este obstaculiza el acceso a la justicia debido a sus múltiples y complejos procedimientos, requisitos y altos costos; en el sentido que para acceder a esta; a pesar de ser gratuita se requiere de ciertos materiales (tales como abogados, documentos, pruebas, entre otros) que pueden conllevar a que surja una necesidad de recursos que permitan continuar con el procedimiento, a la cual se le adiciona la falta de agilidad que puede conllevar a que se demore el tramite para solucionar el litigio, de igual manera existen otros métodos alternativos de solución de conflictos de la justicia privada (como el arbitraje, la conciliación, amigable composición, etc), siendo estas altamente onerosos, que a el colombiano promedio se le dificultaría en acceder. Siendo así que el aparato institucional es tan amplio que el mismo formalismo lleva a que los ciudadanos en vez de optar por acceder a la justicia institucional busquen recursos que se encuentren a la alcance de sus manos, acudiendo a las formas no convencionales ni institucionales para resolverlos. Tal y como lo afirma el Doctrinante Mauricio García Villegas en su libro El Caleidoscopio de las justicias en Colombia:

Desde un punto constitucional, las instituciones estatales con facultades normativas son aquellas encargadas de autorizar o impartir justicia a los conflictos de los ciudadanos, ya sean estos conflictos culturales, políticos, sociales y todos aquellos que atentan contra su integridad física e integral, que no permitan llevar una sana y pacifica convivencia entre la comunidad, por ende podemos decir, debido a la falta del Estado de garantizar esta sana y pacifica convivencia entre ellos surgen las llamadas justicias paralelas.

Al hacer un contexto de lo que son las justicias paralelas podemos decir, que estas tiene unos mecanismos; los cuales no son institucionales ni se encuentran regulados normativamente; pero estos mismos mecanismos resultan más eficaces que los mismos contemplados en nuestro ordenamiento jurídico; para resolver dichos conflictos o para administrar la justicia que ellos creen impartir en ciertos territorios Colombianos a donde el Estado no llega por falta de una soberanía interna.

hablando de justicias paralelas, hacemos referencia, a que ya hay grupos reconocidos por la misma sociedad que administra y ejerce una coerción sobre ellos; lo cual seria contradictorio, porque si somos un Estado social de Derecho debemos contar con unas garantías de tener ciertos derechos fundamentales los cuales no pueden ir en contra de nuestra dignidad humana. Entre estos derechos tenemos el de acceso a la justicia, que se encuentra normativamente regulada en el Artículo 228 y el 229 de la constitución política Colombiana.

ARTICULO 228. La Administración de Justicia es función pública. Sus decisiones son independientes. Las actuaciones serán públicas y permanentes con las excepciones que establezca la ley y en ellas prevalecerá el derecho sustancial. Los términos procésales se observarán con diligencia y su incumplimiento será sancionado. Su funcionamiento será desconcentrado y autónomo.

ARTICULO 229. Se garantiza el derecho de toda persona para acceder a la administración de justicia. La ley indicará en qué casos podrá hacerlo sin la representación de abogado.

En ciertas comunas del municipio de Medellín, se ve reflejada la idea que estamos planteando y desarrollando. Siendo estas una de las tantas comunidades que buscan resolver sus conflictos de una manera más veloz, minimizando los procedimientos y formalismos para así poder darle una solución al conflicto presentado; buscando apoyo en ciertos individuos (sicarios, bandas criminales, etc) que hagan el papel de las autoridades estatales.

Por otro lado podemos resaltar el claro ejemplo de la comunidad de Alto Baudó del municipio del Chocó. Tal es el caso del alcalde Fredys Palacio Ramírez, que se encuentra privado de su libertad por el grupo armado de la guerrilla del ejército de liberación nacional (ELN). El cual ha despertado el sin sabor ante la población colombiana respecto de la situación que está viviendo este ciudadano privado de su libertad, debido a que se le está vulnerando el derecho fundamental de la libertad y el debido proceso; tal como lo menciona la constitución política de Colombia en sus artículos:

Artículo 28- Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. La persona detenida preventivamente será puesta a disposición del juez competente dentro de las treinta y seis horas siguientes, para que éste adopte la decisión correspondiente en el término que establezca la ley. En ningún caso podrá haber detención, prisión ni arresto por deudas, ni penas y medidas de seguridad imprescriptibles

Artículo 29—El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Nadie podrá ser juzgado

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (14 Kb)  
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com