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LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2012  •  1.472 Palabras (6 Páginas)  •  1.470 Visitas

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RESEÑA HISTORICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE VENEZUELA

En cumplimiento del "Programa de Febrero", el gobierno venezolano solicitó colaboración a la República de Colombia, que había organizado su institución contralora atendiendo a las recomendaciones de la Comisión Kemmerer, para crear la Contraloría General de la Nación (hoy Contraloría General de la República), hecho que ocurrió con la promulgación de la Ley Orgánica de Hacienda Nacional el 15 de julio de 1938. Sin embargo, las actividades propiamente dichas no se iniciaron sino 3 meses más tarde, el día 17 de octubre de 1938, bajo la conducción del doctor Gumersindo Torres Millet, primer Contralor General de la Nación. La Ley de Hacienda de 1938 da al nuevo organismo contralor una organización similar a la de la Contaduría General de Hacienda de 1918, al reafirmar la existencia de la Sala de Examen y de la Sala de Centralización y crea la Sala de Control) y un Departamento Jurídico, estructura vigente hasta 1975.

La Contraloría venezolana adquirió rango constitucional a partir de la promulgación de la nueva Constitución de los Estados Unidos de Venezuela del 5 de julio de 1947, pues se incluyen por primera vez en un texto constitucional venezolano, las normas referentes a la Contraloría General de la Nación. Esto fue ratificado en la Constitución Nacional del 23 de enero de 1961, donde además se instituyó la denominación de Contraloría General de la República, la cual se mantiene en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela aprobada en 1999. En esta última se fortaleció la autonomía funcional y organizativa de la Contraloría General al pasar a formar parte del Poder Ciudadano, conjuntamente con el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo. Desde su creación la Contraloría General ha sido regida por tres leyes orgánicas:

Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, publicada en la Gaceta Oficial Nº 1.712 Ext. del 06 de enero de 1975, la cual amplió sus potestades al establecer la valoración de la eficacia administrativa, tipificar las sanciones y otorgar valor probatorio a las actuaciones de la contraloría, salvo sentencia judicial contraria. Esta ley fue modificada en diciembre de 1984 para fortalecer el proceso de averiguaciones administrativas y delegar la potestad de abrir y sustanciar averiguaciones a los órganos de control interno de la administración.

Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, publicada en la Gaceta Oficial Nº 5.017 Ext. del 13 de diciembre de 1995, que fortaleció su autonomía presupuestaria (el proyecto de presupuesto lo examinaba y aprobaba el Congreso de la República) y delegaba a la Administración las competencias de control previo, contabilidad fiscal, centralización contable y registro de empleados públicos, ejercidas por la Contraloría desde su creación.

Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, publicada en la Gaceta Oficial Nº 37.347 del 17 de diciembre de 2001, mediante la cual se estableció la rectoría del Sistema Nacional de Control Fiscal, definiendo el Sistema de Control Interno y los responsables de su funcionamiento, facultando al contralor para establecer la forma, oportunidad y el órgano de control fiscal ante el cual rinden cuenta los órganos y entes de la administración pública, los concursos públicos para designar a los titulares de los órganos de control fiscal, la competencia de estos órganos para imponer multas; estableciendo un procedimiento único para la determinación de responsabilidades, los supuestos generadores de responsabilidad administrativa, la competencia del Contralor para imponer suspensión del cargo sin goce de sueldo, inhabilitación para la función pública y la posibilidad de exigir la presentación periódica de la Declaración Jurada de Patrimonio. Además da competencia a la Contraloría para desarrollar acciones que faciliten la participación ciudadana en el control de la gestión pública.

AMBITO DE CONTROL

De acuerdo con el artículo 9 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, están sujetos al control, vigilancia y fiscalización de la Contraloría General de la República, los siguientes organismos, entidades y personas:

• Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Nacional.

• Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Estadal.

• Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público en los Distritos y Distritos Metropolitanos.

• Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Municipal y en las demás entidades locales previstas en la Ley Orgánica de Régimen Municipal.

• Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público en los Territorios Federales y Dependencias Federales.

• Los institutos autónomos nacionales, estadales, distritales y municipales. El Banco Central de Venezuela. • Las universidades públicas.

• Las demás personas de Derecho Público nacionales, estadales, distritales y municipales.

• Las sociedades de cualquier naturaleza en las cuales las

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