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LA PRUEBA TESTIMONIAL


Enviado por   •  23 de Junio de 2012  •  1.181 Palabras (5 Páginas)  •  1.514 Visitas

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1. La prueba testimonial.

La palabra testigo proviene del vocablo latino testis: “El que asiste” que es el individuo que expone sobre lo que sabe y ha presenciado, o a escuchado del relato de terceros, sin ser parte en el juicio. Los testigos presenciales tienen más valor de credibilidad que los de oídas. Ambos deben dar razón de sus dichos.

La prueba testimonial se desprende de la exposición del testigo en el juicio oral y público previo juramento.

2. Prueba Documental Pública

En Derecho, la prueba documental es uno de los medios disponibles para demostrar la veracidad de un hecho alegado. Esto por cuanto la información que consta en documentos o escritos puede ser valorada por un juez como muestra veraz de la autenticidad de un hecho.

La prueba documental se divide en dos tipos: Documentos Públicos y Privados.

Elementos derivados de los conceptos.

1. El documento: La base de todo es el documento. No puede haber prueba documental sin documento. Este puede ser cualquier objeto material en el que se pueda grabar signos escritos.

3. Signos escritos no se refiere exclusivamente a letras, pueden ser también dibujos, firmas ilegibles, mensajes en claves, sellos, hasta huellas digitales. Estos elementos deben ser capaces de tener un significado bien determinado.

Los documentos públicos

ARTICULO 129 C.P.C. y Art. 60 Código de Procedimientos Administrativos de Veracruz.- Son documentos públicos aquellos cuya formación está encomendada por la ley, dentro de los límites de su competencia, a un funcionario público revestido de la fe pública, y los expedidos por funcionarios públicos, en el ejercicio de sus funciones.

Los documentos públicos:

1. Son expedidos por funcionarios públicos o fedatarios.

2. Son expedidos en ejercicio de su competencia o funciones.

3. Se cumplen con las formalidades necesarias.

Son el medio más idóneo para demostrar un hecho.

Éstos se dividen en dos tipos:

• Los documentos públicos: Son documentos emitidos por funcionarios de las agencias públicas (órganos del Estado). Por ejemplo, certificaciones del registro de la propiedad, o documentos emitidos por las oficinas judiciales. Los documentos públicos gozan de fe, es decir, se cree que son ciertos, y para que pierdan validez, debe demostrarse la falsedad de su información. Los instrumentos públicos: son las escrituras emitidas por notarios.

1.1. Documento Público.

Es el otorgado o autorizado, con las solemnidades requeridas por la ley, por un registrador, notario, secretario judicial u otro funcionario público competente para acreditar algún hecho, la manifestación de una o varias voluntades y la fecha en que se producen.

1.2. Documento Privado.

El redactado por las partes interesadas, con testigo o sin ellos, pero sin intervención de registrador, notario u otro funcionario público que le de fe o autoridad.

1. Qué es la prueba pericial?

Es la que surge del dictamen de los peritos, que son personas llamadas a informar ante el juez o tribunal, por razón de sus conocimientos especiales y siempre que sea necesario tal dictamen científico, técnico o práctico sobre hechos litigiosos.

ASPECTOS MÁS SALTANTES DE ESTA PRUEBA, SON:

1.- La Procedencia.-

Procede cuando para conocer o apreciar algún hecho de influencia en el pleito, sean necesarios o convenientes conocimientos científicos, artísticos o prácticos.

2.- La Proposición.-

La parte a quien interesa este medio de pruebas propondrá con claridad

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