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LEGISLACIÓN LABORAL


Enviado por   •  31 de Julio de 2014  •  495 Palabras (2 Páginas)  •  194 Visitas

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CONFLICTOS DE LEYES EN EL TIEMPO – ESPACIO.

Conflictos de Leyes.

El significado que se nos da por conflicto de leyes es cuando dentro de la legislación de un país, o territorio determinado, cuando dos normas se juntan o mas de dos de Derecho Positivo, lo que quiere decir que existe un conflicto entre si, o que esta aplicación y cumplimiento simultáneo no se pueda hacer o que sea imposible, ya que entre ellas se contradicen. Para que exista conflicto de leyes es necesario que las disposiciones normativas regulen la misma materia y que contengan la misma jerarquía normativa, también que estas sean expedidas por la misma autoridad legislativa, y que cuyo ámbito espacial de vigencia haya iniciado en la misma fecha. Asi mismo tambien hay conflicto de leyes cuando existe una incompatibilidad entre lo que dice una ley y la otra, en lo referente siempre a un mismo tema, pero siempre teniendo la misma vigencia y provengan del mismo poder legislativo. La ley es de naturaleza histórica, por lo que tiene un tiempo en el que rige y un espacio en que se aplica. Toda ley tiene un ámbito temporal y un ámbito espacial de vigencia. A lo que se refiere es que sólo obliga por cierto tiempo y en determinado lugar de espacio.

Conflictos de Leyes en el tiempo.

En esta a diferencia de la de conflicto de tiempo se discute el conflicto entre dos leyes consecuentes de un mismo país. Cuando una ley modifica o deroga otra anterior, no hay conflicto alguno: la única ley vigente es la última. Sólo puede existir un conflicto de leyes de tiempo cuando la constitución estableciera normas de derecho transitorio, en este caso la ley anterior no podría ser derogada sino en la medida que lo permitiera el texto constitucional, que le estaría prestando vigor, no obstante haber sido sustituida por una ley nueva. Son contadas las constituciones que contienen normas de derecho transitorio.

Es regla jurídica general que en uno de sus artículos transitorios se indique el tiempo de la iniciación formal

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, a este momento se le denomina vigencia de la ley, sin embargo, salvo algunas excepciones no aparece el momento relativo a su fin o su extinción, como tampoco aparece criterios de interpretación sobre el ámbito temporal de su validez. La doctrina trata los siguientes aspectos relativos a este tema:

* Iniciación de la vigencia: Tiempo o fecha indicada en una ley para iniciar los efectos deseados por la norma publicada.

* Fin de la vigencia: Por regla general no aparecen artículos transitorios relativos a su extinción, porque cada generación que produce un documento formal y solemne

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