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LOS MEDIOS DE COMUNICACION Y SU INFLUENCIA EN LOS JOVENES


Enviado por   •  13 de Diciembre de 2011  •  309 Palabras (2 Páginas)  •  927 Visitas

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LAS MEDIDAS SOCIO-EDUCATIVAS

Según lo dispone el numeral 13 del Art. 77 de la Constitución de la República, “Para… los adolescentes infractores regirá un sistema de medidas socioeducativas proporcionales a la infracción atribuida…” y, es precisamente en el CNA en donde vamos a encontrar desarrolladas las medidas socio-educativas aplicables al adolescente infractor, así el 369 del CNA estatuye: “Las medidas socioeducativas son acciones dispuestas por autoridad judicial cuando ha sido declarada la responsabilidad del adolescente en un hecho tipificado como infracción penal. Su finalidad es lograr la integración social del adolescente y la reparación o compensación del daño causado”. Siendo la medida más ligera la amonestación, que es una recriminación verbal, para que el adolescente comprenda la ilicitud de las acciones; y, se llega a la más drástica: el internamiento institucional, que es la privación total de la libertad del adolescente infractor y que se aplica únicamente a los adolescentes infractores mayores a catorce años de edad y por infracciones que en la legislación penal ordinaria son sancionadas, con reclusión. Se aplica también al adolecente infractor menor de catorce años sólo cuando comete delitos de asesinato, homicidio, violación, plagio de personas y robo con resultado de muerte.

El objetivo de la aplicación de estas medidas socio-educativas, es la resocialización del menor, en concordancia con el principio del interés superior del mismo. Es por esta razón que se atiende estrictamente al principio de reserva con la finalidad de que no sea estigmatizado por la sociedad y su internamiento se efectúa en lugares distinto de los adultos, para evitar que reciba algún tipo de influencias negativas que ahonden su conducta infractora.

En cuanto se refiere al régimen de prescripciones, cuando el adolescente cometa un delito, la acción prescribe en dos años; las contravenciones, prescribe en treinta días; y, las medidas socio-educativas prescriben una vez transcurrido el tiempo señalado por el Juez para su duración.

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