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La Coza Juzgada En Venezuela


Enviado por   •  30 de Abril de 2014  •  3.747 Palabras (15 Páginas)  •  461 Visitas

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La Cosa Juzgada.

La cosa juzgada (del latín «res iudicata») es el efecto impeditivo que, en un proceso judicial, ocasiona la preexistencia de una sentencia judicial firme dictada sobre el mismo objeto. Es firme una sentencia judicial cuando en derecho no caben contra ella medios de impugnación que permitan modificarla. Este efecto impeditivo se traduce en el respeto y subordinación a lo decidido sobre lo mismo, en un juicio anterior. Por ello también se le define como la fuerza que atribuye el derecho a los resultados del proceso. Habitualmente se utiliza como un medio de defensa frente a una nueva demanda planteada sobre idéntico objeto que lo fue de otra controversia ya sentenciada, y que le cierra el paso.

Significado jurídico:

Res judicata es una expresión latina, del ámbito jurídico, que literalmente traducida significa «cosa juzgada». Su significado, no obstante, es más profundo aún, llega más lejos, en cuanto que es definitorio del «valor de la jurisprudencia» en el sistema del derecho continental, y enlaza con importantes principios jurídicos, tales como el de seguridad jurídica o el de certeza del derecho. La presencia de la res iudicata impide que una misma cuestión sea juzgada dos veces, por eso ante un segundo litigio, planteado sobre el mismo objeto, nos permite alegar la «excepción de cosa juzgada» (res iudicata), y excluir con ello la posibilidad de ser juzgados por segunda vez.

Frente a este concepto, se han desprendido dos importantes consideraciones:

La cosa Juzgada es una cualidad de los efectos de la sentencia: Las resoluciones judiciales, en particular la sentencia, puede ser tanto cognitiva como de ejecución. Las primeras pueden tener distintos efectos, como declarativos, constitutivos, de condena y cautelares, mientras que las de ejecución pueden ser de dación (generan una obligación de dar, que, además, como señala el artículo 1548 del Código Civil contiene la de entregar la cosa), como de transformación, que puede ser de hacer o no hacer.

ESTOS SON LOS EFECTOS DE UNA SENTENCIA, pero al hablar de COSA JUZGADA, nos referimos a que esos efectos se desenvuelven bajo ciertas cualidades, que, tal como veremos, se traducen en la acción y excepción de cosa juzgada. Es indudable que las partes persiguen en el proceso la obtención de la dictación de una sentencia del juez que venga a zanjar en definitiva las dificultades de orden jurídico que existen entre ellas, de modo que lo resuelto no pueda discutirse más, ni dentro del mismo proceso ni en otro futuro; y que si implica una condena, pueda también exigirse su cumplimiento por medios compulsivos.

Así, podemos agregar que la cosa juzgada, como juicio u opinión dado sobre lo controvertido, se traduce en dos consecuencias para la parte que ha obtenido una resolución en su favor: (i) La parte en cuyo favor se ha reconocido un derecho podrá exigir su cumplimiento, y ningún tribunal podrá negarle la protección debida , y (ii) la parte condenada o la parte cuya demanda ha sido desestimada no pueden en un nuevo juicio renovar lo ya resuelto ( en otras palabras, la acción y excepción de cosa juzgada)

b) De lo anterior, se desprende que la cosa juzgada implica la autoridad y la eficacia de la misma.

La Autoridad De La Sentencia:

Es la inmutabilidad del mandato u orden que nace de la sentencia, lo cual implica la no intromisión en sus efectos tanto del mismo tribunal que la dictó (el llamado desasimiento del tribunal, sin perjuicio del recurso de aclaración, rectificación y enmienda) como respecto de otro tribunal, así como de otros poderes del Estado (el principio de la inavocabilidad respecto del ejercicio de la función jurisdiccional, tal como lo dispone el artículo 76 de la Constitución Política del Estado). Esto también se traduce en el principio "non bis in idem", que se contempla en el inciso final del artículo 1 del Nuevo Código Procesal Penal: "La persona condenada, absuelta o sobreseída definitivamente por sentencia ejecutoriada, no podrá ser sometida a un nuevo procedimiento penal por el mismo hecho"

La Eficacia De La Sentencia:

Consiste genéricamente en una orden o mandato, sea que tenga por objeto declarar la certeza, constituir, modificar y determinar una relación jurídica. Esta eficacia puede existir aun cuando una sentencia no se encuentre ejecutoriada, como las sentencias que causan ejecutoria.

Importancia De La Cosa Juzgada:

¿Cuál es la importancia de la cosa juzgada en nuestro derecho?

a) Permite la estabilidad social y la continuidad de la función legislativa a través de la función jurisdiccional. Transforma la incertidumbre de la ley en la certeza de la sentencia, con efectos perpetuos. Hay un interés social en la solución de los conflictos ya que si ellos no fueren decididos terminaría el estado de derecho, para transformarse en una anarquía.

b) La parte en conflicto tiene un interés particular en su solución definitiva. La decisión judicial reemplaza el auto tutela de los derechos.

c) Por su importancia, el legislador la ha reglamentado minuciosamente, tanto como acción o como excepción.

Características De La Cosa Juzgada:

La Cosa Juzgada presenta las siguientes características:

1. Es un atributo o cualidad privativa de ciertos actos jurisdiccionales cuando llegan al estado que la ley exige. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 175 del Código de Procedimiento Civil, las sentencias definitivas e interlocutorias firmes o ejecutoriadas producen cosa juzgada.

La cosa Juzgada sustituye la voluntad de las partes del conflicto en la solución de éste.

2. La cosa Juzgada otorga certeza en las relaciones jurídicas. Esto se encuentra reforzado por el desasimiento que produce en el tribunal al notificar a una de las partes lo resuelto en el asunto, sea una sentencia definitiva o interlocutoria. La excepción la constituye el recurso de revisión, sea en materia civil o penal, donde prima el principio de justicia por sobre el de seguridad jurídica.

3. La cosa juzgada es relativa: Tal como veremos con posterioridad, la cosa juzgada tiene límites, dada sus cualidades propias, en cuanto a los sujetos a los cuales afecta (identidad legal de personas), en cuanto al objeto y en cuanto a la causa de pedir, lo cual tiene una lectura distinta en el proceso penal, dada la distinta naturaleza de los procedimientos. Al respecto, es

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