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Legislación Niños Niñas Adolescentes, Los Principios. R.D.


Enviado por   •  2 de Abril de 2014  •  5.357 Palabras (22 Páginas)  •  354 Visitas

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Introducción

En la republica dominicana los derechos de los niños niñas y adolescentes se encuentran consagrados tanto por la constitución como por las disposiciones de la ley 136-03 que constituye el código para la protección de los derechos de los niños niñas y adolescentes, estos instrumentos jurídicos, agrupan en cierta forma, los derechos y obligaciones de estos y definen el papel que deben jugar el estado, la sociedad y las familias en general para garantizar la aplicación de estos principios y derechos.

En el presente trabajo abarcaremos de manera detallada cada uno de los principios rectores de la ley 136-03, tomando en cuenta los instrumentos internacionales de los cuales el estado dominicano es signatario, analizando si dichos principios se aplican de manera correcta en nuestro país.

La Constitución por su parte, establece que la familia, el Estado y la sociedad harán primar el interés superior del niño, niña o adolescente, teniendo la obligación de asistirles y protegerles para garantizar su desarrollo.

Por otro lado, el Código contiene 10 principios que rigen y fundamentan sus disposiciones.

I. CONCORDANCIA LOS PRINCIPIOS CONTENTIVOS EN EL CODIGO PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑOS ÑINAS Y ADOLECENTES CON LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES.

PRINCIPIO I.

OBJETO DEL CODIGO.

El objeto que tiene esta legislación, es garantizar a todos los niños niñas y adolescentes que se encuentren la republica dominicana el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos fundamentales tanto como seres humanos y luego de sus derechos reconocidos por su condición de menor de edad.

Este código define y establece la protección integral de estos derechos, regulando el papel y la relación del estado, la sociedad, las familias y los individuos objeto de dicho código hasta el cumplimiento de los 18 años de edad.

La Republica Dominicana es un país donde más del cuarenta por ciento (40%) de la población es menor de 18 años, con una proporción mayor por debajo de los15 años; por tanto podemos considerar que esta legislación responde a una población mayoritaria de la sociedad dominicana. El presente Código constituye una respuesta jurídica que el Estado Dominicano ha definido para el cumplimiento de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, un compromiso internacional y nacional con el movimiento de la sociedad hacia la superación de viejos paradigmas que no consideraban a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos.

En el marco de la convención sobre los derechos de niño Es también obligación del Estado adoptarlas medidas necesarias para dar efectividad a todos los derechos reconocidos en la Convención.

En este sentido, la aceptación de la Convención por parte de un número tan elevado de países ha reforzado el reconocimiento de la dignidad humana fundamental de la infancia así como la necesidad de garantizar su protección y desarrollo.

La función de la legislación nacional sobre la infancia de cada uno de los países que han aceptado ser parte de esta convención debe consistir en proteger los derechos de niños y niñas, para contribuir a resolver sus necesidades básicas y ampliar sus oportunidades a fin de que alcancen su pleno potencial. Para ello, deben regirse bajo las disposiciones y principios de la Convención sobre los Derechos del Niño.

DEFINICION DE NIÑO, NIÑA Y ADOLECENTE.

El concepto Niño, puede definirse desde varios puntos de vista:

Desde el punto de vista Legal: Periodo que abarca desde el nacimiento hasta cumplir los más de 18 años de edad o alcanzar la emancipación.

Desde la evolución psicoafectiva: Se entiende por niño o niña aquella persona que aún no ha alcanzado un grado de madurez suficiente para tener autonomía.

Desarrollo físico: Es la denominación utilizada para referirse a toda criatura humana que no ha alcanzado la pubertad.

Sociocultural: Según las condiciones económicas, las costumbres y las creencias de cada cultura el concepto de infancia pueden variar, así como la forma de aprender o vivir.

De acuerdo a la ley 136-03 Se considera niño o niña a toda persona desde su nacimiento hasta los doce años, inclusive; y adolescente, a toda persona desde los trece años hasta alcanzar la mayoría de edad.

De acuerdo al código civil dominicano en su artículo 388 se entiende por menor de edad al individuo de uno y otro sexo que no tenga dieciocho años cumplidos.

La ley 137-03 sobre tráfico ilícito de migrantes y trata de personas delimita los conceptos de niño y de adolecente en su artículo primero en las letras b y c.

La Convención sobre los Derechos del Niño, en vigor desde el 2 de septiembre de 1990, señala que "se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad".

Por otra parte la convención interamericana sobre obligaciones alimentarias establece en su artículo 2 que se considerará menor a quien no haya cumplido la edad de dieciocho años. Sin perjuicio de lo anterior, los beneficios de esta Convención se extenderán a quien habiendo cumplido dicha edad, continúe siendo acreedor de prestaciones alimentarias de conformidad a la legislación aplicable prevista en los Artículos 6 y 7 de la misma.

Convenio sobre las peores formas del trabajo infantil en su artículo 2 dice: el término niño designa a toda persona menor de 18 años.

La definición de niño/a también ha variado considerablemente a lo largo de la historia y en las diversas sociedades y culturas.

La primera infancia, de los 0 a los 5 años de edad, representa una etapa decisiva en el desarrollo de las capacidades físicas, intelectuales y emotivas de cada niño y niña, y es la etapa más vulnerable del crecimiento puesto que es la etapa en la que los humanos muestran gran dependencia, motivo por el cual requieren especial protección.

En esta fase se forman las capacidades y condiciones esenciales para la vida, la mayor parte del cerebro y sus conexiones. El amor y la estimulación intelectual permiten a los niños y niñas desarrollar la seguridad y autoestima necesarias. Para ello, su entorno y las condiciones de vida de la madre son fundamentales.

La familia, la comunidad y la escuela son esenciales

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