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Ley De Expropiación


Enviado por   •  27 de Junio de 2011  •  888 Palabras (4 Páginas)  •  928 Visitas

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La ley es de interés público y su objetivo es establecer las causas de utilidad pública, regular los procedimientos modalidades y ejecución de las expropiaciones.

EXPROPIACIÓN

Concepto: consiste en la apropiación de un bien por el Estado, por razones de utilidad pública, mediante el pago de una justa indemnización.

Naturaleza:

- Doctrina clásica: compraventa forzada. Concepto adoptado por Vélez. Pero en verdad no hay un contrato. No hay negociación.

- Institución de derecho público: se funda en la función esencial del estado de promover el bien común.

Sujetos:

Expropiante:

 Municipios

 Entidades autárquicas o empresas del estado.

 Particulares y personas jurídicas cuando estuvieran autorizados por la ley o por acto administrativo fundado en ley.

Expropiado: particulares. Pero el estado nacional puede expropiar también los bines del dominio provincial o municipal.

Bienes que pueden expropiarse:

Se extiende a todos los bienes, cualquiera sea su naturaleza, sean cosas o derechos. Sólo deben ser convenientes para la utilidad pública.

Condiciones de la expropiación:

A- UTILIDAD PÚBLICA: es todo lo que es conveniente al progreso general del país y lo que procure la satisfacción del bien común.

B- CALIFICACIÓN POR LEY: la calificación de utilidad pública debe ser hecha por ley del Congreso de las legislaturas locales.

C- INDEMNIZACIÓN PREVIA: esta debe ser:

1. Justa: quedan comprendidos los rubros del valor del bien y de las consecuencias directas

2. Previa.

Rubros no comprendidos: valor afectivo. Valor panorámico. Valor histórico. El lucro cesante. Ganancias eventuales.

PROCEDIMIENTO:

1- EXP. POR AVENIMIENTO: art. 13, ley 21.499: declarada la utilidad pub. Del bien, el expropiante podrá adquirirlo directamente del propietario dentro de los valores máximos que estime el Tribunal de Tasaciones de la Nación para los bienes inmuebles, o las oficinas técnicas competentes que n cada caso se desganarán, para los bienes que no sean inmuebles.

En este procedimiento las partes discuten el precio, se ponen de acuerdo y el expropiado transmite la propiedad. Ello no significa compraventa, pues:

I. El propietario tendrá derecho a ejecutar al estado que no le paga el precio

II. El estado no podría ser demandado por evicción.

III. No se consideran válidos respecto del expropiante los contratos celebrados por el propietario con posterioridad a la expropiación.

2- EXP. JUDICIAL:

 Trámite del juicio: procedimiento sumario. Promovida la acción, se dará traslado por 15 días al demandado. Si existiesen hechos controvertidos, se abrirá a prueba por el plazo que el juez estime. Las partes podrán alegar sobre las pruebas, dentro del plazo

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