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Ley De Ingresos Y Presupuesto De Egresos


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2013  •  2.614 Palabras (11 Páginas)  •  2.202 Visitas

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Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos de la Federación

Las Leyes nos permiten tener una vida organizada, éstas regulan todos los aspectos de nuestra vida, desde la convivencia, economía, entre otros.

De la misma forma en que una empresa planea como obtendrá los recursos que necesita y después de obtenerlos decide cómo y en que proporciones gastarlos, de la misma forma el gobierno también lo hace. Para llevar este proceso a cabo se deben seguir ciertos lineamientos los cuales son motivo del presente trabajo y se exponen a continuación.

La Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la federación son los instrumentos financieros a través de los cuales el Gobierno Federal ejecuta los programas contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo. La Ley de Ingresos nos indica la cantidad de recursos con los que cuenta el Gobierno Federal para la ejecución de los programas que integran Plan Nacional de Desarrollo, por su parte , a través del Presupuesto de Egresos se canalizan los recursos hacia los programas en el país para alcanzar el desarrollo nacional.

La Ley de Ingresos la podemos definir como: es un instrumento de vigencia anual que orienta las políticas financieras, monetarias, crediticias, deuda pública y estímulos fiscales.

El Presupuesto de Egresos contiene los gastos que la Federación realiza durante el año fiscal, los cuales se clasifican en tres: administrativos, autónomos y generales; y en cuanto a su destino en paraestatales y organismos del sector público

Dice Chapoy Benitez que “el presupuesto es el instrumento para traducir los planes de desarrollo en programas de acción, además de la exposición financiera del plan anual de trabajo del Gobierno, en el que se establece lo que debe hacerse en el siguiente ejercicio fiscal para convertir las metas en objetivos inmediatos para hacerlas realidad, especificando las acciones para llevarlos a la práctica y los recursos necesarios para hacerlos.

En materia presupuestaria el proceso es formalmente legislativo, aunque materialmente administrativo; es decir, se establecen reglar para ejercer el gasto público.

En el artículo 25 constitucional se establece la responsabilidad del Estado de dirigir el desarrollo nacional mediante la justa distribución del ingreso y de la riqueza.

El artículo 42 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad, nos explica como se debe llevar a cabo el procedimiento legislativo de la Ley de Ingresos y el presupuesto de Egresos.

Todas las contribuciones deben estar previstas en Ley.

El Congreso de la Unión esta facultado por el artículo 73 fracción IV Constitucional para imponer las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto.

La creación de la Ley de Ingresos y el presupuesto de egresos recaen sobre 2 poderes, el ejecutivo y el legislativo; y consta de 2 etapas: la administrativa del 1º de abril al 8 de septiembre, y la legislativa del 8 de septiembre al 15 de noviembre, aunque este periodo se puede ampliar. En cuanto a la primera etapa el artículo 42 fracción I de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece la entrega por parte del Ejecutivo al Congreso de la Unión de un documento, el cual debe contener los principales objetivos para la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos, las principales variables macroeconómicas: crecimiento, inflación, tasa de interés y el precio del petróleo, el monto total del Presupuesto de Egresos y su déficit o superávit y los programas prioritarios y sus montos. Mientras que en la fracción II del artículo 42 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece que el 30 de Junio de cada año el Ejecutivo federal presentará a la Cámara de Diputados la estructura del Presupuesto de Egresos, además de informar todo los avances de los programas y proyectos del Presupuesto de Egresos vigente y por último detallará las nuevas propuesta y las posibles fuentes de recursos para llevarlas a cabo; con esto concluye la etapa administrativa para dar paso a la legislativa, de la cual su procedimiento esta asentado en la fracción III del artículo 42 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dando inicio el 8 de septiembre cuando el Ejecutivo hace llegar a la Cámara de Diputados el paquete económico, el cual consta de: Los Criterios Generales de Política Económica, la iniciativa de la Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos.

Los Criterios Generales consisten en la orientación que tendrá la política económica y social durante un año, además de establecer las estrategias, objetivos y metas macroeconómicas en las que se fundamenta la Ley de Ingresos, el Presupuesto de Egresos y los Programas Operativos Anuales.

La Ley de Ingresos contiene el pronóstico de cuánto se recaudará el siguiente año fiscal, con base en las estimaciones de las variables macroeconómicas como son: crecimiento del PIB, precio de la mezcla Mexicana de crudo, tipo de cambio y tasa de interés. De ser correctas las estimaciones hechas se podrá dar cabal cumplimiento al Presupuesto de Egresos.

El proceso que con lleva la Ley de Ingresos consiste en que el Ejecutivo federal facultado por el artículo 74, fracción IV, párrafo segundo; al igual que en las demás materias presenta una iniciativa de ley, tiene derecho al veto, además de correr a su cargo la promulgación y publicación. En el caso de la Ley de Ingresos el ejecutivo presente la iniciativa de Ley a la Cámara de Diputados de acuerdo con segundo párrafo del artículo 74 Constitucional antes del 15 de noviembre o del 15 de Diciembre cuando fuere su primer año de gobierno, este plazo se puede ampliar siempre y cuando el ejecutivo presente por medio del secretario correspondiente los motivos para la ampliación de este y la Cámara de diputados los debe avalar; la iniciativa debe ser aprobada por ambas cámaras; esta ley debe ser revisada primero por la Cámara de Diputado a diferencia de las demás iniciativas de Ley que pueden ser formuladas y revisadas de forma indistinta por cualquiera por cualquiera de las dos cámara de forma indistinta, lo anterior esta previsto en el artículo 72 inciso H de la Constitución el cual establece los proyectos sobre empréstitos, contribuciones e impuestos que deben ser revisadas primero por la Cámara de Diputados. La Cámara de Diputados antes del 20 de octubre debe haber revisado, modificado y aprobado la iniciativa presentada por el ejecutivo y la Cámara de de Senadores antes del 31 de octubre, ambas del año anterior al inicio del ejercicio fiscal. El secretario de Hacienda debe acudir a explicar la iniciativa.

En cuanto al Presupuesto de Egresos de igual forma en que sucede con la Ley de Ingresos,

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