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Ley De La Voluntad Anticipada


Enviado por   •  30 de Agosto de 2014  •  859 Palabras (4 Páginas)  •  309 Visitas

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¿Qué es la Voluntad Anticipada?

Es la decisión personal de ser sometido o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar la vida cuando se encuentre en etapa terminal y por razones médicas, sea imposible mantenerla de manera natural, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona.

¿Quién es un enfermo en etapa terminal?

Es aquel paciente con diagnóstico sustentado en datos objetivos (es decir, corroborado por medio de estudios de laboratorio e imagen), de una enfermedad incurable, progresiva y mortal a corto o mediano plazo, con escasa o nula respuesta a tratamiento específico disponible y pronóstico de vida limitado.

Espíritu de la ley:

Contribuir a que la persona pueda vivir con dignidad

hasta el último día de su vida

Objetivo:

Evitar la Obstinación Terapéutica la cual se define como la adopción de métodos médicos desproporcionados o inútiles con el objeto de alargar la vida en situación de agonía.

Proteger la dignidad de la persona en etapa terminal, proporcionando las mejores condiciones disponibles para que pueda tener una MUERTE DIGNA mediante el otorgamiento de Cuidados Paliativos durante toda esta fase de la vida.

¿Cómo se logra?

Otorgando Cuidados Paliativos

Art. 3, Inciso XIII, Ley de Voluntad Anticipada

Cuidados Paliativos

Los cuidados paliativos son los cuidados médicos que se deben otorgar a los pacientes en etapa terminal e incluyen: Control del dolor y de otros síntomas que pudieran presentarse debido a la enfermedad, además de proporcionar al paciente adecuadas condiciones de higiene, nutrición y comodidad.

Beneficios de la Ley de Voluntad Anticipada para el Distrito Federal

- Respalda el derecho del paciente a decidir sobre los cuidados que recibirá en la última etapa de su vida.

- Permite que los familiares y el personal de salud se enfoquen en la mejor atención disponible para el paciente.

- Ayuda a disminuir costos de atención hospitalaria para el paciente y sus familiares.

- Ayuda a reducir el desgaste en familiares y cuidadores.

- Los familiares y cuidadores reciben información por parte del personal de salud para la correcta atención del paciente en casa.

- El paciente tiene la posibilidad de morir en el lugar que más convenga (hospital o casa) recibiendo la mejor atención disponible.

¿Cómo suscribirse a la Voluntad Anticipada?

Existen dos vías de suscripción a la Ley de Voluntad Anticipada:

1.- Documento de Voluntad Anticipada

2. Formato de Voluntad Anticipada

Ambos son documentos que tienen sustento legal, avalan la decisión y reafirman la voluntad de la persona respecto a ser o no ser sometida a medios, tratamientos o procedimientos médicos que prolonguen su sufrimiento durante la etapa terminal.

Documento de Voluntad Anticipada

- Se otorga a toda persona mayor de 18 con capacidad de ejercicio y en pleno uso de sus facultades mentales, pudiendo tener o no una enfermedad terminal.

- Se otorga en Notarías del Distrito Federal y tiene un costo establecido por las mismas.

- Manifiesta la petición libre consciente, seria, inequívoca y reiterada de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que propicien la obstinación terapéutica.

Formato de Voluntad Anticipada

- Se otorga en Hospitales Públicos y Privados del Distrito Federal a pacientes que padecen una enfermedad en etapa terminal.

- Es suscrito por el enfermo en etapa terminal o su representante (en caso de menores de edad y personas sin capacidad de decisión), ante el personal de salud correspondiente.

- Es totalmente gratuito.

FORMATO: (Requisitado)

PERSONAL DE SALUD ENCARGADO: Notifica (48 horas)

Coordinación Especializada en Voluntad Anticipada: Notifica (72 horas) ‏

Ministerio Público DOCUMENTO: (Requisitado) ‏‏

NOTARIO:

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