ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ley Orgánica De Educación Venezolana


Enviado por   •  11 de Junio de 2013  •  8.491 Palabras (34 Páginas)  •  522 Visitas

Página 1 de 34

La Asamblea Nacional

de la República Bolivariana de Venezuela

DECRETA

la siguiente,

LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN

Capítulo I

Disposiciones Fundamentales

Objeto de la Ley

Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar los principios y valores

rectores, derechos, garantías y deberes en educación, que asume el Estado como

función indeclinable y de máximo interés, de acuerdo con los principios

constitucionales y orientada por valores éticos humanistas para la transformación

social, así como las bases organizativas y de funcionamiento del Sistema

Educativo de la República Bolivariana de Venezuela.

Ámbito de aplicación

Artículo 2. Esta Ley se aplica a la sociedad y en particular a las personas

naturales y jurídicas, instituciones y centros educativos oficiales dependientes

del Ejecutivo Nacional, Estadal, Municipal y de los entes descentralizados y las

instituciones educativas privadas, en lo relativo a la materia y competencia

educativa.

Principios y valores rectores de la educación

Artículo 3. La presente Ley establece como principios de la educación, la

democracia participativa y protagónica, la responsabilidad social, la igualdad

entre todos los ciudadanos y ciudadanas sin discriminaciones de ninguna índole,

la formación para la independencia, la libertad y la emancipación, la valoración y

defensa de la soberanía, la formación en una cultura para la paz, la justicia social,

el respeto a los derechos humanos, la práctica de la equidad y la inclusión; la

sustentabilidad del desarrollo, el derecho a la igualdad de género, el

fortalecimiento de la identidad nacional, la lealtad a la patria e integración

latinoamericana y caribeña.

Se consideran como valores fundamentales: el respeto a la vida, el amor y la

fraternidad, la convivencia armónica en el marco de la solidaridad, la

corresponsabilidad, la cooperación, la tolerancia y la valoración del bien común,

la valoración social y ética del trabajo, el respeto a la diversidad propia de los

diferentes grupos humanos. Igualmente se establece que la educación es pública

y social, obligatoria, gratuita, de calidad, de carácter laico, integral, permanente,

con pertinencia social, creativa, artística, innovadora, crítica, pluricultural,

multiétnica, intercultural y plurilingüe.

Educación y cultura

Artículo 4. La educación como derecho humano y deber social fundamental

orientada al desarrollo del potencial creativo de cada ser humano en condiciones

históricamente determinadas, constituye el eje central en la creación, transmisión

y reproducción de las diversas manifestaciones y valores culturales, invenciones,

expresiones, representaciones y características propias para apreciar, asumir y

transformar la realidad.

El Estado asume la educación como proceso esencial para promover, fortalecer y

difundir los valores culturales de la venezolanidad.

El Estado docente

Artículo 5. El Estado docente es la expresión rectora del Estado en Educación,

en cumplimiento de su función indeclinable y de máximo interés como derecho

humano universal y deber social fundamental, inalienable, irrenunciable y como

servicio público que se materializa en las políticas educativas. El Estado docente

se rige por los principios de integralidad, cooperación, solidaridad, concurrencia

y corresponsabilidad. En las instituciones educativas oficiales el Estado garantiza

la idoneidad de los trabajadores y las trabajadoras de la educación, la

infraestructura, la dotación y equipamiento, los planes, programas, proyectos,

actividades y los servicios que aseguren a todos y todas igualdad de condiciones

y oportunidades, y la promoción de la participación protagónica y corresponsable

de las familias, la comunidad educativa y las organizaciones comunitarias, de

acuerdo con los principios que rigen la presente Ley. El Estado asegura el

cumplimiento de estas condiciones en las instituciones educativas privadas

autorizadas.

Competencias del Estado docente

Artículo 6. El Estado, a través de los órganos nacionales con competencia en

materia Educativa, ejercerá la rectoría en el Sistema Educativo. En consecuencia:

1. Garantiza:

a. El derecho pleno a una educación integral, permanente, continua y de calidad

para todos y todas con equidad de género en igualdad de condiciones y

oportunidades, derechos y deberes.

b. La gratuidad de la educación en todos los centros e instituciones

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (65.8 Kb)  
Leer 33 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com