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Los Sistemas Y Regimenes Penitenciarios


Enviado por   •  16 de Mayo de 2013  •  3.202 Palabras (13 Páginas)  •  520 Visitas

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CAPITULO I

Concepto de Convención Colectiva

La Convención Colectiva de Trabajo es aquella que se celebra entre uno o varios sindicatos o federaciones o confederaciones sindicales de trabajadores, de una parte, y uno o varios patronos o sindicatos o asociaciones de patronos, de la otra, para establecer las condiciones conforme a las cuales se debe prestar el trabajo y los derechos y obligaciones que correspondan a cada una de las partes, así lo define el artículo 498 de la Ley Orgánica del Trabajo.

Es decir que la Convención Colectiva de trabajo puede regular todos los aspectos de la relación laboral (salarios, jornada, descansos, vacaciones, licencias, condiciones de trabajo, capacitación profesional, régimen de despidos, definición de las categorías profesionales), así como determinar reglas para la relación entre los sindicatos y los empleadores (representantes en los lugares de trabajo, información y consulta, cartelera sindical, licencias y permisos para los dirigentes sindicales, entre otros, mientras dure su vigencia.

CAPITULO II

Fundamentos Históricos

Para empezar a abordar este capítulo, asesor Abogado Freddy Moreno es importante precisar que el conflicto colectivo de trabajo engloba la noción de ?conflicto económico de interés?, el cual se resuelve través de mecanismos de negociación entre un empleador y los trabajadores que generalmente son representados por un sindicato, noción esta última que no entraremos a desarrollar.

La convención colectiva de trabajo es el mayor logro obtenido con las luchas sindicales, derecho que no fue fácil obtener, pues lo que hoy se conoce con este nombre de convención colectiva, es el resultado final de una larga lucha, por la que han qué tenido que pasar los movimientos sindicales y en la que se han dado etapas de prohibiciones, tolerancia y finalmente el reconocimiento por parte de los organismos estatales del país.Partiendo de los conceptos establecidos a nivel doctrinario y dado el marco constitucional y normativo que rige las relaciones de trabajo es de vital importancia realizar un análisis de los desarrollos jurisprudenciales en materia de convención colectiva con lo cual, de acuerdo al objetivo de la presente investigación, se pretende en primera medida establecer el alcance y los beneficiarios de las mismas, logrando de esta forma sentar conceptos claros que permitan tener una correcta interpretación y aplicación de los efectos derivados estas.

Esta convención colectiva surge de la negociación que se genera cuando existe un conflicto entre empleadores y los trabajadores sindicalizados y básicamente es un acuerdo que se celebra para fijación de nuevas y/o mejores condiciones laborales por medio del cual se adoptan por voluntad de las partes cláusulas de contenido normativo y de obligatorio cumplimiento, con un efecto particular y restrictivo porque así como únicamente obliga al empleador quien firma el referido convenio, solo se aplica a los trabajadores beneficiarios de dicho convenio.

CAPITULO II

Carácter Normativo de la Convención Colectiva

La finalidad de la convención colectiva de trabajo, según la norma transcrita, es la de fijar las condiciones que regirán los contratos de trabajo, lo cual revela el carácter normativo que la doctrina y la jurisprudencia le reconocen.

El elemento normativo de la convención se traduce en una serie de disposiciones, con vocación de permanencia en el tiempo, instituidas para regular las relaciones de trabajo individual en la empresa; en virtud de dichas disposiciones se establecen anticipadamente y en forma abstracta las estipulaciones que regirán las condiciones individuales para la prestación de los servicios, esto es, los contratos individuales de trabajo. Las cláusulas convencionales de tipo normativo constituyen derecho objetivo, se incorporan al contenido mismo de los contratos de trabajo y, en tal virtud, contienen las obligaciones concretas del patrono frente a cada uno de los trabajadores, como también, las obligaciones que de modo general adquiere el patrono frente a la generalidad de los trabajadores, las que fijan la jornada de trabajo, los descansos, los salarios, prestaciones sociales, el régimen disciplinario, o las que establecen servicios comunes para todos los trabajadores en el campo de la seguridad social, cultural o recreacional.

Se distingue igualmente en la convención colectiva, por la doctrina y la jurisprudencia, el denominado elemento obligatorio o aspecto obligacional, que está conformado por aquellas cláusulas que señalan deberes u obligaciones recíprocos de las partes, destinadas a asegurar la efectividad de las normas convencionales, como son, por ejemplo, las cláusulas que establecen las comisiones o tribunales de conciliación y arbitraje, las que fijan sanciones por la violación de las estipulaciones que constituyen la parte normativa, o las que establecen mecanismos para garantizar la libertad sindical.

Finalmente se destacan en la convención, las regulaciones de orden económico, que atañen a las cargas económicas que para la empresa representan las diferentes estipulaciones de la convención, frente a los trabajadores en particular o ante la organización sindical.

CAPITULO III

Principios de la Convención Colectiva

Principios Generares del Derecho:

Se denomina Principios Generales del Derecho a las verdades jurídicas de validez universal, elaboradas por la Filosofía del Derecho como base común del ordenamiento jurídico. Los principios generales del derecho son fuente del derecho laboral, y que lo son casi siempre como supletorios ante la carencia de fuentes en este campo, como son la Constitución y las leyes ordinarias. Son verdades jurídicas de validez universal, elaboradas por la filosofía del Derecho como base común al ordenamiento jurídico, constituyen el fundamento de las diferentes materias jurídicas y sistemas legales, pueden ser aplicados frente al vacío de la norma positiva del derecho. Estos principios rigen para todas las materias jurídicas y sistemas legales, siendo aplicables frente al vacío del principio constitucional o legal en relación al caso contrato a resolverse.

Algunos principios del derecho colectivo son:

La idea del trabajo como un derecho y un deber social: Este principio, tiene como objetivo, lograr condiciones justas y humanas para toda su población. La sociedad tiene derecho a esperar de sus miembros un trabajo útil y honesto. Por un lado, el trabajo

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