ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Manual Unefa


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2011  •  9.098 Palabras (37 Páginas)  •  795 Visitas

Página 1 de 37

REG-TRABAC-VAC-0001

NORMATIVA PARA LA ELABORACIÓN DE TRABAJOS CONDUCENTES A TÍTULOS ACADÉMICOS

Caracas, mayo 2010

La normativa para la elaboración de trabajos conducentes a títulos académicos de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, Unefa, creada por Decreto Presidencial el 26 de Abril de 1999 (antiguo Instituto Universitario Politécnico de las Fuerzas Armadas, IUPAN,1974), será el instrumento administrativo que determina el régimen legal de estudios de pregrado y postgrado conducentes a títulos, por consiguiente se norman todas las actividades relacionadas con la elaboración, presentación y evaluación de los trabajos de licenciatura, trabajos de ingeniería, trabajos de especialización técnica, trabajos especiales de grado, trabajos de grado y tesis doctoral. Las pautas conservan los lineamientos, la flexibilidad y las exigencias del Reglamento General de la Unefa, y el Reglamento de Investigación y de las políticas y decisiones que dicte la institución.

Fundamenta su instrumentación en la Orden Administrativa Nº

Resolución N° / Fecha:

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA

El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Unefa), en uso de la facultad que le confiere el Reglamento de Investigación de la Universidad, en sus artículos 1, 4, 10, 11 (literal a), y 16 (literal k) dicta el siguiente reglamento:

TITULO I

DISPOCISIONES FUNDAMENTALES

Capítulo I

Disposiciones Generales

ARTÍCULO 1

La presente normativa determina el régimen legal de estudios de pregrado y postgrado conducentes a títulos de Licenciatura e Ingeniería, Especialización Técnica, Especialización, Maestría y Doctorado de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Unefa).

ARTÍCULO 2

La presente normativa, tiene por finalidad normar todas las actividades relacionadas con la elaboración, presentación y evaluación de los siguientes trabajos: Trabajo de Licenciatura, Trabajo de Ingeniería, Trabajo Técnico de Especialización, Trabajo Especial de Grado, Trabajo de Grado y Tesis Doctoral en la Unefa.

ARTÍCULO 3

Es obligatorio para los profesores, alumnos (as) y demás participantes en el proceso investigativo, tener un conocimiento completo del reglamento de investigación y del manual de normas y procedimientos para la elaboración de los trabajos conducentes a títulos académicos, para un mejor uso, comprensión y aplicación de este instrumento.

ARTÍCULO 4

El abordaje de la investigación dependerá del fenómeno de estudio y de la corriente del pensamiento del sujeto investigador, por consiguiente se aceptan los trabajos que conduzcan a un título académico enmarcados por su naturaleza en empíricos, teóricos, metodológicos, crítico-evaluativos, o cualquier modalidad emergente, aceptada por la comunidad científica académica, siempre y cuando el alumno en su Trabajo, logre justificar de manera satisfactoria la metodología seleccionada. Además de estar insertos en las líneas Rectoras de Investigación del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, como también en las Líneas Potenciales y Líneas Operativas de la Unefa.

ARTÍCULO 5

Las investigaciones de pregrado y postgrado están dirigidas a fortalecer y profundizar la pertinencia científica - académica, social y ética de los estudios que se realizan con posterioridad a la adquisición del título previo, en el marco del proceso de desarrollo que vive el país y bajo la dirección de la comunidad académica institucional.

Capítulo II

Naturaleza de los Estudios

ARTÍCULO 6

Los estudios de pregrado son aquellos que realizan los egresados del subsistema correspondiente al nivel de Educación Media, Diversificada y Profesional, siguiendo un diseño curricular específico que se orienta a la formación de Licenciados, Ingenieros, Técnicos Superiores y otros que otorguen título académico.

ARTÍCULO 7

Para obtener el grado de licenciado y/o ingeniero se exigirá la aprobación de la carga académica que aplique a cada carrera en cursos u otras actividades definidas en el programa correspondiente, además de la presentación y sustentación del Trabajo de Licenciatura, Trabajo de Ingeniería, Trabajo Técnico de Especialización, Trabajo Especial de Grado, Trabajo de Grado, según sea el área de conocimiento respectiva.

ARTÍCULO 8

Los estudios de postgrado son aquellos que realizan los egresados del subsistema de Educación Superior, siguiendo un diseño curricular específico que se orienta a la formación de Especialistas Técnicos, Especialistas, Magíster y Doctores.

Parágrafo Único: Los Técnicos Superiores Universitarios egresados de esta institución y de otras instituciones de Educación Superior podrán realizar solamente aquellos estudios de Especialización Técnica expresamente diseñados para responder a las competencias específicas de su formación.

ARTÍCULO 9

Los estudios de Especialización Técnica, serán el resultado de los conocimientos y tecnologías adquiridas durante los estudios del alumno, para propiciar innovaciones y mejoras en las distintas áreas del saber. El trabajo técnico conducirá a la obtención del grado académico de Técnico Superior Especialista en el área del conocimiento respectiva.

ARTÍCULO 10

Para obtener el grado de Técnico Superior Especialista el alumno deberá aprobar un número no inferior a veinte y cuatro (24) unidades crédito

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (64 Kb)  
Leer 36 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com