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Medios De Solución De Controversias


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2013  •  574 Palabras (3 Páginas)  •  694 Visitas

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Medios de solución de controversias

El propósito de la lectura que se llevó a cabo es reafirmar conceptos que se han venido trabajando en clase acerca del tema de medios de solución de controversias, un tema importante para la materia que llevamos y si los sabemos distinguir y ocupar de manera correcta serán de gran ayuda en la práctica de nuestra profesión.

Para comenzar con la clasificación de los medios de solución, el autor explica de manera muy clara que es litigio, este se da cuando hay un conflicto de intereses entre las partes, para definirlo cito al autor Francesco Carnelutti, ya que definición me pareció muy acertada: “Litigio es el conflicto de intereses calificado por la pretensión de uno de los interesados y la resistencia del otro”.

Igual a lo que habíamos comentado en clase, esta definición cuenta con las características del litigio, encontramos una pretensión, una resistencia, y en la definición podemos interpretar la existencia de un derecho y la supuesta violación del mismo.

Habiendo aclarado la definición de litigio lo que sigue es conocer cómo se dividen los medios de solución de controversias:

• La autotutela: Este medio de solución consiste en la imposición de la pretensión propia en perjuicio del interés ajeno, es decir, hacer que la otra parte me de lo que yo quiero. Este medio se resuelve entre las partes mediante una acción directa en la que no requieren de acción directa del estado.

En el artículo 17 constitucional se menciona que no se puede utilizar este medio excepto en algunos casos como la réplica a un ataque, ejercicio personal de un derecho subjetivo, la autodefensa, etc.

• Autocomposición: En este medio igual que en el anterior se busca una solución parcial, resuelven la controversia entre las partes, sin embargo, este medio es lo contrario al anterior, ya que en este no se busca imponer la pretensión sino que se renuncia a la pretensión o en dado caso la sumisión a la pretensión de la contraparte. Puede ser unilateral cuando viene de una de las partes o bilateral cuando viene de las dos partes.

Las especies de la autocomposición son: el desistimiento (la renuncia de la acción litigiosa, puede ser de acción o de instancia), perdón del ofendido (estos pertenecen al derecho penal a los delitos perseguidos por querella), allanamiento (consiste en aceptar o someterse a la pretensión de la otra parte) y transacción (contrato en que las partes terminan una controversia).

• Heterocomposición: En este medio el conflicto ya no se resuelve por acción directa entre las partes, sino que aparece un tercero que actuará de manera imparcial, es decir, el juez.

Este medio se divide en cinco acciones:

1. Mediación: El tercero busca provocar una comunicación entre las partes para llegar a un acuerdo y resolver el conflicto.

2. Conciliación: El tercero les ofrece alternativas para que resuelvan la controversia, este tercero es conocido como conciliador.

3. Ombudsman: Lo que se dan son recomendaciones, no se consideran resoluciones y su eficacia depende de la respetabilidad del organismo.

4. Arbitraje: El árbitro a diferencia de las tres anteriores no solo recomienda o propone sino dispone una solución a las partes.

5. Proceso: El órgano jurisdiccional del estado tiene la facultad de emitir una resolución obligatoria a las partes y también imponerla por sí mismo de forma coactiva.

En conclusión estas herramientas las podemos usar y sacarles mucho provecho pero hay que saberlas usar de manera inteligente y como se ha platicado en varias ocasiones no llevar el caso hasta la última instancia por una necedad de nuestra parte.

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