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Modificación Al Código Penal Dominicano


Enviado por   •  30 de Agosto de 2013  •  4.325 Palabras (18 Páginas)  •  883 Visitas

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Introducción

Mediante este trabajo de investigación se analizan las modificaciones al Código Penal de República Dominicana, las cuales han sido aprobadas en los diferentes debates entre la Cámara de Diputados y Senadores en la entidad legislativa.

De igual forma, se definen cuales fueron los artículos modificados, luego de que el pasado 21 de junio del año 2012, el Presidente de la comisión de justicia de la Cámara de Diputados, asegurara que con la modificación del Código Penal se busca endurecer las penas y criminalizar el feminicidio entre otros delitos y crímenes.

Con la intención de darle a conocer a la población sobre los cambios específicos ya aprobados en nuestro Código Penal Dominicano.

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Proyecto de ley y Modificación al Código Penal Dominicano:

Después de once años de haber sido introducido en la Cámara de Diputados, el proyecto de ley que crea el nuevo Código Penal de República Dominicana comenzó a ser leído en la sesión del 10 de octubre del año 2012 de la Cámara Baja.

Dentro de las modificaciones que muestra la nueva normativa, se encuentra la inclusión de la figura del feminicidio con la pena máxima de 40 años de prisión y el endurecimiento de la pena mayor de 30 a 40 años de cárcel. Además habrán penas acumulativas de hasta 60 años de reclusión mayor. El proyecto también penaliza la invasión de terrenos.

Además de las posibles modificaciones de estas figuras están también el sicariato y la prohibición de la venta del ácido del diablo y el cumulo de penas hasta 60 años.

También se pretende castigar el secuestro con penas de 20 a 30 años y fijar penas de 4 a 10 a los adultos que lleven a menores de edad a cometer delitos.

Luego de que las modificaciones al Código fueren aprobadas en primera lectura por la Cámara de Diputados el 17 de octubre del año 2012, surgieron algunas opiniones encontradas entre juristas.

Diversos abogados consideraban que no bastaba con transformar la norma para endurecer las penas si la medida no va acompañada de elementos dirigidos a la disminución de los delitos.

Todos ellos aseguran que estas modificaciones necesitan un proceso educativo y de respeto a las normas, así los ciudadanos estuvieren concientizados sobre los aumentos de las penas.

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En el Código Penal vigente, la estafa es sancionada con penas de uno a dos años de prisión menor y multa de tres a seis salarios.

Pero el proyecto que cursa en el Congreso Nacional dispone elevar la pena hasta un máximo de 20 años.

En la modificación, el artículo 224, que sustituye el 405 de la norma en aplicación, será sancionada con las penas de cuatro a diez años de prisión mayor y multa de cuatro a diez salarios, cuando se cometa acompañada de una cualquiera de las circunstancias que siguen:

1. Por una persona depositaría de la autoridad pública o encargada de algún servicio público, en el ejercicio o en ocasión del ejercicio de sus funciones, o quien, sin serlo, se prevalece de esta calidad.

2. En perjuicio de una persona que sea particularmente vulnerable en razón de su edad, enfermedad, incapacidad, deficiencia física o síquica, o estado de embarazo; cuando esta situación sea aparente o conocida por el autor.

3. Por varias personas, actuando en calidad de autores o cómplices, sin importar que constituyan o no asociación ilícita.

4. En perjuicio de un hogar de beneficencia, asistencia social, centros de acogida para menores de edad, centros de atención para adultos mayores, u otras entidades de similar naturaleza.

5. Cuando por un mismo acto se afecta a dos o más víctimas;

6. Cuando el monto objeto de la estafa sea igual o mayor a novecientos setenta y siete salarios.

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-El campo del castigo se amplía, cuando una persona se hace pasar como directivo de una empresa para estafar al público.

-El artículo 225 prevé que la estafa será sancionada con las penas de diez a veinte años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios, cuando se cometa acompañada de cualquiera de las circunstancias que siguen:

1. Por una persona que apela al público por su propia cuenta o como directivo o empleado real o supuesto en una empresa o entidad cualquiera, pública o privada, para obtener la entrega de valores o fondos, o la emisión de títulos valores, o para efectuar colectas de fondos con fines de ayuda social;

2. Cuando es cometida en perjuicio del Estado dominicano y sus instituciones autónomas o descentralizadas.

Las penas de prisión

Clasifica las penas en privativa o restrictiva de libertad, expresadas mediante prisión mayor o menor. Las expresadas mediante la imposición de penas complementarias.

Asimismo, las pecuniarias, expresadas mediante la imposición de multas y las medidas de seguimiento socio judicial.

La escala y cuantía de la pena de prisión mayor es la de 30 a 40 años; 20 y 30; 10 y 20, y 4 a 10.

La escala y cuantía de las penas de multa es de 30 a 40 salarios; 20 y 30; 10 y 20 y 4 a 10, así como entre una o varias veces el monto envuelto en el fraude cometido.

Las complementarias son aquellas que se imponen en adición a la pena principal a un condenado por la comisión de una infracción grave, menos grave o de una contravención.

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Estas son la confiscación o decomiso del producto y de los bienes, objetos, y haberes procedentes directa o indirectamente de la infracción, sin perjuicio de los derechos que tengan terceros de buena fe.

El cierre temporal del establecimiento comercial o de la instalación directa o indirectamente, envuelta directa

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