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LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2014  •  Síntesis  •  459 Palabras (2 Páginas)  •  303 Visitas

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LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO

1.-) Generalidades

.En la doctrina y el Derecho comparado, se distinguen dos teorías sobre esta materia:una exige un título y un modo para la adquisición del dominio y los demás derechos reales;otras, rechazan la distinción entre el título y el modo de adquirir.a) Por regla general, para adquirir un derecho personal basta el solo contrato o actoconstitutivo. Así, por ejemplo, perfeccionado el contrato de compraventa, nace para elcomprador el derecho a exigir al vendedor la tradición de la cosa. Pero tratándose de laadquisición y transmisión de los derechos reales, además del contrato o acto constitutivo esnecesario, según la doctrina tradicional, un modo de adquirir; en el ejemplo, es necesarioque el vendedor realice la tradición en favor del comprador. Incluso para transferir underecho personal, también se requiere de un modo de adquirir: la tradición, a través de laentrega del título.Esta teoría, llamada tradicional, tiene sus orígenes en el Derecho Romano.Distingue entre un título o causa remota de adquisición y un modo de adquirir o causa próxima de la misma. Y desde este punto de vista, título es el hecho o acto jurídico quesirve de antecedente para la adquisición del dominio u otro derecho real, y el modo deadquirir es el hecho o acto jurídico que produce efectivamente la adquisición del dominio uotro derecho real. De ahí que suele expresarse que los modos de adquirir son las fuentes dedonde emanan los derechos reales.En la práctica, la dualidad título-modo de adquirir no siempre se visualiza connitidez. Tratándose de la compraventa de cosa mueble, que es consensual, el modo siguetan inmediatamente al título, que casi se confunden. La dualidad se distingue sí claramenteen la compraventa de inmuebles: escritura pública en la que debe constar el contrato (título)e inscripción en el Conservador para verificar la tradición (modo de adquirir).Los títulos que habilitan para la posterior transferencia del dominio son llamadostítulos traslaticios de dominio. Son innumerables, no son taxativos y pueden revestir laforma y características que acuerden los particulares. Generalmente, adoptan la forma decontratos: compraventa, permuta, donación, aporte en propiedad a una sociedad, etc.Los modos de adquirir están establecidos en la ley, de manera que no pueden tenersecomo tales sino los que el legislador reconozca: art. 19 número 24 de la C. Política. b) Teorías que rechazan la distinción entre título y modo. b.1) Una teoría sostiene que para adquirir los derechos reales basta con el título; el modo esinnecesario o se le considera implícito en aquél. El CC. francés sigue esta tendencia yestablece que la propiedad se transfiere y adquiere por el solo efecto del contrato. Latradición pierde su calidad de modo de adquirir, representa sólo la ejecución de

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