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NACIONALIDAD, CIUDADANÍA Y EXTRANJERÍA


Enviado por   •  29 de Septiembre de 2012  •  1.015 Palabras (5 Páginas)  •  1.404 Visitas

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INTRODUCCIÓN.

La unidad V corresponde a la Nacionalidad, Ciudadanía y Extranjería. Para la realización de este trabajo, tomaré como base la Constitución Mexicana de los Estados Unidos Mexicanos.

La nacionalidad es el vínculo del individuo con un Estado concreto, por el que queda adscrito a una nación concreta y por el que se generan derechos y deberes recíprocos. La Nacionalidad originaria es la que se adquiere por nacimiento. Se denomina nacionalidad derivativa a la que supone un cambio en la nacionalidad originaria.

Adquirir es Coger, lograr o conseguir. || Hacer propio un derecho o cosa que a nadie pertenece, o se transmite a título lucrativo u oneroso, o por prescripción.

DESARROLLO

El artículo 30 de la Constitución Mexicana de los Estados Unidos Mexicanos habla de la nacionalidad mexicana. Que puede ser por nacimiento o por naturalización. Decimos que es por nacimiento cuando se nace en el territorio, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio mexicano, o de padre o madre nacidos en territorio mexicano que hayan nacido en el extranjero; los que nazcan en alguna embarcación o aeronaves mexicanas.

Son mexicanos por naturalización los que obtengan de la Secretaría de Relaciones la carta de naturalización. El hombre o mujer que contraiga matrimonio con un mexicano.

El artículo 31 habla de las obligaciones de los mexicanos y dice que sus hijos deben ir a las escuelas, ya sea privada o pública; que deben recibir instrucción cívica y militar; alistarse en la guardia nacional y contribuir con los gastos públicos (los impuestos).

En lo que respecta al artículo 32, habla sobre la ley que regulará el ejercicio de los derechos que la legislación mexicana otorga a los mexicanos que tengan otra nacionalidad, para evitar la doble nacionalidad. De igual manera dice que ningún extranjero podrá servir en la guardia nacional, policía o seguridad pública, mientras sea en tiempos de paz. Que los mexicanos serán preferidos ante los extranjeros en cuanto a las concesiones, cargos, empleos o comisiones de gobierno.

El capítulo III habla de los extranjeros. Tiene un solo artículo, el 33, que habla de los extranjeros serán aquellos que no estén mencionados en el artículo 30. Éstos tendrán derecho a las Garantías Individuales, pero el Ejecutivo tendrá en poder de pedir que salgan del territorio nacional, inmediatamente a todo extranjero que crea que es inconveniente su presencia o que cause algún daño.

Algo importante de este artículo, es que estipula que ningún extranjero podrá relacionarse o estar metido en los asuntos políticos del país.

El capítulo IV habla de los ciudadanos mexicanos.

En su artículo 34 dice que son ciudadano mexicano, hombre y mujer, que teniendo la calidad de mexicano, que ha cumplido 18 años y que además tiene un modo honesto de vivir.

En su artículo 35, dice que las prerrogativas de los ciudadanos mexicanos es que pueden votar y ser votados; elegir el partido que más le agrade, asociarse en él; ingresar a la guardia nacional para defender al país; y ejercer toda clase de derecho de petición.

En su artículo 36, dice que las obligaciones del ciudadano son: inscribirse en el catastro municipal, alistarse

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