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Naturaleza Juridica De Contrato De Obra Publica


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2014  •  1.618 Palabras (7 Páginas)  •  701 Visitas

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El propósito de este trabajo es conocer la naturaleza jurídica de los contratos de obra pública y privada ya que siempre nos encontramos frente a dudas y es importante identificar la materia que regula ya que nos vemos rodeados de este tipo de obras.

Conceptos generales

Contrato: Es un acuerdo de voluntades que genera derechos y obligaciones relativos entre los contratantes.

Artículo 1793 Código Civil Federal.

Los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos toman el nombre de contratos.

Contrato de Obra Pública: Es el más usual e importante de los contratos administrativos. Obra Pública es el trabajo realizado sobre bienes inmuebles con fines de interés público. La obra pública pública puede recaer sobre bienes muebles, pero la Ley que regula el Contrato de Obra Pública hace referencia a los bienes inmuebles, por lo que se concibe la obra pública como toda construcción, ampliación, conservación o mejora que realiza un particular contratista en bienes inmuebles del Estado.

Obra pública: Cualquier inmueble, propiedad del Estado, construido, reparado o conservado por éste, en forma directa o por encargo de un tercero, cuya finalidad es propender al bien público..

Obra pública mediante contrato de obra pública: esta forma de gestión implica, por supuesto, la celebración del contrato administrativo. Este contrato generalmente es celebrado cuando las dependencias o entidades demandan el uso de tecnología y personal especializado para la realización de las obras.

Obra Privada: Se puede denominar obra privada a todos los trabajos de construcción, ya sean infraestructura o edificación, promovidos por personas individuales o empresas ajenas al gobierno teniendo como objetivo el beneficio del promotor o de su comunidad.

Antecedentes de Obra Pública en México.

Las primeras normas relativas a los contratos en nuestro país se dieron en torno de contratos del Estado que versaban sobre empréstitos públicos.

Durante aquella época a pesar de que comenzaban a darse los casos en los que se utilizaba la licitación, el medio jurídico más utilizado fue la concesión, especialmente en la construcción de camino, en relación con ello, el gobierno y el Congreso se expidieron una serie de disposiciones relativas a la materia.

Ante el número elevado d disposiciones con respecto a las vías generales de comunicación, el gobierno tuvo la necesidad de decretar la crearon de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes a través de la Ley de las Secretarias de Estado de 13 de Mayo de 1891.

El 25 de Abril de 189, Porfirio Díaz, como presidente de nuestro pais, publico la Ley de la Renta del Timbre que tuvo por objeto unificar la legislación relativa a diversos tributos.

A partir de la Constitución Política de 1917 encontramos el primer antecedente moderno de los contratos administrativos. Fue en este año cuando la constitución contemplo por primera vez el artículo 134, que fue aprobado el 27 de enero del mismo año, después de que en el proyecto de constitución Venustiano Carranza dicho precepto no figuraba y fue necesario que el Congreso Constituyente, a través de la Comisión de Constitución, y tras una breve discusión fue aprobado: pero ese precepto solo contemplaba los contratos de obras públicas y permaneció sin modificación hasta el 27 de Diciembre de 1982 cuando fue reformado, elevando a rango constitucional la licitación pública, quedando de la siguiente manera:

Artículo 134. Los recursos económicos de que dispongan el gobierno federal y el gobierno de Distrito Federal, así como sus respectivas administraciones publicas paraestatales, se administraran con eficiencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen se adjudicaran o llevaran a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Cuando las licitaciones a que hace referencia el párrafo anterior no sean idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado.

El manejo de recursos económicos federales se sujetara a las bases de este artículo.

Los servidores públicos serán responsables del cumplimiento de estas bases en los términos del título cuarto de esta constitución.

Desde 1917 hasta la fecha el Congreso de la Unión y el Poder Ejecutivo han emitido diversas disposiciones de aplicación a los contratos y además reformas y reglamentos aplicables a los contratos.

Legislación actual.

El 4 de Enero de 2000 fue publicada la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las misma, que rige actualmente la materia de Obras Publicas en México. Se trata de un ordenamiento formado por 91 artículos dividida en 8 títulos.

Dentro de la legislación mexicana diversos ordenamientos son aplicables en materia de Obras Públicas, de entre ellos destacan, los siguientes documentos normativos:

1. Articulo 134 C.P.E.U.M

2. Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las mismas del 20 de Agosto de 2001.

3. Ley de Ingresos de la Federacion para el Ejercico Fiscal,

4. Codigo Fiscal de la Federacion (articulo 32D).

Los contratos de obra pública pueden ser de tres tipos:

1. Sobre la base de precios unitarios: el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al contratista se realiza por unidad de concepto de trabajo

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