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NIC 23 COSTOS POR PRÉSTAMOS


Enviado por   •  22 de Julio de 2014  •  Exámen  •  2.917 Palabras (12 Páginas)  •  489 Visitas

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NIC 23 COSTOS POR PRÉSTAMOS

La presente Norma, revisada en 1993, tendrá vigencia para los estados financieros que abarquen ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 1995, sustituyendo a la NIC 23, Capitalización de Intereses, aprobada por el Consejo del IASC en marzo de 1984.

Se ha emitido una Interpretación SIC que tiene relación con la NIC 23, se trata de la:

SIC-2, Uniformidad - Capitalización de los Costes por Intereses. Norma Internacional de Contabilidad nº 23 (NIC 23)

COSTOS POR PRESTAMO

La parte normativa de este Pronunciamiento, que aparece en letra cursiva negrita, debe ser entendida en el contexto de las explicaciones y directrices relativas a su aplicación, así como en consonancia con el Prólogo a las Normas Internacionales de Contabilidad. No se pretende que las Normas Internacionales de Contabilidad sean de aplicación en el caso de partidas no significativas (véase el párrafo 12 del Prólogo).

OBJETIVO

El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los costos por préstamos. La Norma establece, como regla general, el reconocimiento inmediato de los costos por préstamos como gastos. No obstante, el Pronunciamiento contempla, como tratamiento alternativo permitido, la capitalización de los costos por préstamos que sean directamente imputables a la adquisición, construcción o producción de algunos activos que cumplan determinadas condiciones

ALCANCE

Esta Norma debe ser aplicada en la contabilización de los costos por restamos.

Esta Norma deroga a la anterior NIC 23, Capitalización de Intereses, aprobada en 1983.

Esta Norma no se ocupa del coste, efectivo o imputado, del patrimonio neto, entendiendo también como tal, el capital preferente no incluido como pasivo.

DEFINICIONES

Los siguientes términos se usan, en la presente Norma, con el significado que a continuación se especifica:

Son costos por préstamos, los intereses y otros costos, en los que la empresa incurre y que están relacionados con los fondos que ha tomado prestados.

Un activo cualificado, es aquel que requiere, necesariamente, de un periodo de tiempo sustancial antes de estar listo para su uso o para la venta.

Entre los costes por intereses de los fondos que se han tomado prestados se incluyen:

los intereses de los préstamos a corto y largo plazo, así como los que proceden de sobregiros en cuentas corrientes;

la amortización de primas o descuentos correspondientes a préstamos;

la amortización de los gastos de formalización de contratos de préstamo;

las cargas por intereses relativas a los arrendamientos financieros contabilizados de acuerdo con la NIC 17, Arrendamientos; y

las diferencias de cambio procedentes de préstamos en moneda extranjera, en la medida en que sean consideradas como ajustes a los costes por intereses.

Ejemplos de activos cualificados son las existencias que necesitan un largo periodo de tiempo para estar en condiciones de ser vendidas, así como las fábricas de manufactura, las centrales eléctricas o los edificios. Sin embargo otras inversiones, así como las existencias que se manufacturan de forma rutinaria o que se producen en grandes cantidades de forma repetitiva y necesitan periodos cortos de tiempo para su fabricación, no son elementos que puedan ser cualificados como activos a los efectos de la presente Norma. Tampoco son activos cualificados los activos que, al adquirirlos, están ya listos para el uso al que se les destina o para su venta.

COSTOS POR PRÉSTAMOS - TRATAMIENTO PREFERENTE

RECONOCIMIENTO

Los costos por préstamos deben ser reconocidos como gastos del ejercicio en que se incurre en ellos.

Según el tratamiento preferente, los costes por intereses se reconocen como gastos del ejercicio en que se incurre en ellos, con independencia de los activos a los que fuesen aplicables.

INFORMACIÓN A REVELAR

En los estados financieros se debe revelar información sobre las políticas y métodos contables adoptados para los costes por intereses.

COSTOS POR PRESTAMO- TRATAMIENTO ALTERNATIVO PERMITIDO

RECONOCIMIENTO

Los costes por intereses deben ser reconocidos como gastos del ejercicio en que se incurre en ellos, salvo si fueran capitalizados de acuerdo con el párrafo 11.

Los costes por intereses que sean directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de activos cualificados deben ser capitalizados, formando parte del coste de dichos activos. El importe de los costes por intereses susceptible de capitalización debe ser determinado de acuerdo con esta Norma.

Según el tratamiento alternativo permitido, los costes por intereses que sean directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo se incluyen como costes del mismo. Tales costes por intereses se capitalizarán formando parte del coste del activo, siempre que sea probable que generen beneficios económicos futuros a la empresa y puedan ser valorados con suficiente fiabilidad. Los demás costes por intereses se reconocen como gastos del ejercicio en que se incurre en ellos.

COSTOS POR PRÉSTAMOS SUSCEPTIBLES DE CAPITALIZACIÓN

Son costes por intereses directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo cualificado, los costes que podrían haberse evitado si no se hubiera efectuado ningún desembolso en el activo correspondiente. Cuando una empresa toma fondos prestados, que destina específicamente a la obtención de un activo que cumple las condiciones para su cualificación, los costes por intereses relacionados con el activo en cuestión pueden ser fácilmente identificados.

Puede resultar difícil identificar una relación directa entre préstamos recibidos y activos cualificados, para determinar qué préstamos podrían haberse evitado. Esa dificultad se pone de manifiesto, por ejemplo, cuando la actividad financiera de la empresa está centralizada. También

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