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Normativa Constitucional


Enviado por   •  11 de Julio de 2011  •  9.983 Palabras (40 Páginas)  •  680 Visitas

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1. Prologo

Venezuela ha tenido la necesidad de regular la situación de los ciudadanos extranjeros desde los comienzos de la vida republicana hasta los actuales momentos, para tal fina garantiza los derechos y obligaciones como también los deberes que estos tienen con la nación; al darle cumplimiento a la norma constitucional de conceder la naturalización a ciudadanos extranjeros, el Estado venezolano no solo favorece a los individuos como tal, sino que asegura el normal funcionamiento que debe existir en todo ordenamiento jurídico.

Es conveniente acotar que previa solicitud de naturalización debe cumplirse los requisitos previstos en el Artículo 6 y siguientes de la ley de naturalización que hacen referencia a la adquisición de la carta de naturaleza, el plazo que deben cumplirse una vez entregados los documentos necesarios las circunstancias favorables para la obtención de dicha carta y la manifestación de voluntad de querer ser venezolano. Todos estos recaudos involucran no solo al derecho constitucional, sino al derecho internacional privado y al derecho internacional público.

De allí que esta investigación tenga como propósito analizar los mecanismos empleados por el Departamento de Naturalización en la recepción, control y tramitación de los documentos para garantizar la obtención o pérdida de la nacionalidad venezolana.

Este estudio se hará desarrollando el siguiente esquema: Capítulo I contiene la introducción a la figura, planteamiento del problema, objetivo general, objetivos específicos, justificación y la metodología.

El Capítulo II, desarrollo de la investigación, contiene: antecedentes históricos, consideraciones generales, desarrollo del esquema de la investigación definición de términos básicos. Presentando las conclusiones y recomendaciones en el Capítulo III.

2. Introducción

La recepción, control, y tramitación de documentos son principios fundamentales de la organización para desarrollar la alta gerencia. están incorporados a los mecanismos internos que se ejecutan para realizar una excelente labor administrativa, siendo necesaria la revisión para constatar efectivamente como operan.

La Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX) es una institución de carácter público, dependiente del Ministerio de Relaciones Interiores, funciona el Departamento de Naturalización el cual se encarga de la recepción, control y tramitación de documentos requeridos para la obtención o pérdida de la nacionalidad; llamando la atención el retardo por parte de este Departamento, en dar aprobación o negatividad de la solicitud. Aún cuando la ley establece un lapso no mayor de cinco meses a partir de la fecha de entrega de los documentos necesarios para decidir. Ameritando una revisión exhaustiva de cada uno de estos principios fundamentales logrando una celeridad laboral.

En este sentido se analizan los mecanismos empleados por el Departamento de Naturalización en la recepción, control y tramitación de documentos para garantizar la obtención o pérdida de la nacionalidad en Venezuela.

Planteamiento del Problema

En la última década, Venezuela ha estado sujeta a diversos cambios en el orden político, económico, social, cultural y por ende se ha involucrado el aspecto jurídico por ser éste la base fundamental del funcionamiento y organización de todo país al crear las normativas legales que van a regir cada una de las materias necesarias para la convivencia en el ámbito territorial.

En este proceso de cambios el país ha modificado su norma máxima, la Constitución Nacional, aprobada el 30 de diciembre de 1999, en Gaceta Oficial N° 36.860; con el título de Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la misma se prevé en su Título III, Capítulo II, lo concerniente a la nacionalidad y ciudadanía, en especial lo referente a la Sección Primera de la Nacionalidad.

Con respecto a la Nacionalidad, Fajardo (1996) señala, "es el vínculo político y jurídico que relaciona a un individuo con el Estado, sea por nacimiento o por naturalización" (p. 48). Por lo tanto la naturalización es prevista por la normativa constitucional vigente en su Artículo 33, Ordinal 1 lo siguiente: "Son Venezolanos y Venezolanas por naturalización, los extranjeros o extranjeras que obtengan carta de naturaleza. A tal fin deberán tener domicilio en Venezuela con residencia ininterrumpida de, por lo menos diez (10) años , inmediatamente anteriores a la fecha de la respectiva solicitud" (p. 36).

Haciendo especial énfasis al Ordinal 2, en el cual se reduce el tiempo a cinco (5) años para aquellos solicitantes que sean de nacionalidad originaria de España , Portugal e Italia, países latinoamericanos y del Caribe.

También la Ley de Naturalización (1955) prevé en su Artículo 5 la decisión del Ejecutivo Nacional de otorgar la Carta de Naturaleza estipulando un plazo no mayor de cinco (5) meses a partir de la entrega de los documentos necesarios.

Sin embargo, aún cuando la normativa es expresa, en la práctica no se cumple, existiendo un vacío, al ocasionar un daño irreparable a quienes solicitan este derecho, siendo necesario analizar las razones por las cuales existe retardo para la adquisición o pérdida de la nacionalidad. Pues la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX) funciona el Departamento de Naturalización , el cual se encarga de velar por el cumplimiento a cabalidad de la recepción, control y tramitación de los documentos exigidos por la Ley en dicho procedimiento.

Como se observa, para la adquisición o pérdida de la nacionalidad existen unos mecanismos internos de funcionamiento que va a permitir la eficacia o no de ese departamento. Reflejándose en la práctica el retardo que existe, pues una vez entregados los documentos exigidos, se desconoce el lapso de tiempo en el cual se dará la respuesta a la aprobación o negativa de dicha solicitud, traduciéndose esta situación para el solicitante en una desventaja desde el punto de vista económico, Psicológico, pérdida de tiempo entre otros. Evidenciándose la ineficacia de los mecanismos empleados por los funcionarios públicos responsables de la labor que prestan a la colectividad.

Al respecto Brewer Carías (1997) señala:

Constitucionalmente y con carácter general, los funcionarios públicos que tengan a su cargo la sustantación de un procedimiento son responsables civil, penal y administrativamente, de sus acciones u omisiones en el mismo, o para emplear la terminología de los artículos 3 y 139 del retardo, omisión, distorsión o incumplimiento de cualquier procedimiento,

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