ORGANISMOS NACIONALES DEL COMERCIO EXTERIOR
Enviado por fercho1906 • 7 de Mayo de 2015 • 4.306 Palabras (18 Páginas) • 601 Visitas
Ministerio de Comercio Exterior
Misión
El Ministerio de Comercio Exterior es el ente rector de la Política de Comercio Exterior e Inversiones, que propicia, de manera estratégica y soberana la inserción económica y comercial del país en el contexto internacional, que contribuya a la integración latinoamericana y que apoye el cambio de la matriz productiva, mediante la formulación, planificación, dirección, gestión y coordinación de la política de comercio exterior, la promoción comercial, la atracción de inversiones, las negociaciones comerciales bilaterales y multilaterales, la regulación de importaciones y la sustitución selectiva y estratégica de importaciones, con el propósito de contribuir al desarrollo económico y social del país.
Visión
Ser una institución referente en el contexto internacional en la concreción de una política comercial, de acuerdo con las mejores prácticas internacionales en términos de eficiencia y eficacia, que atiende los objetivos nacionales de integración comercial y económica como instrumento del desarrollo productivo y el cambio de la matriz productiva
Decreto 25
Quito, 12 de Junio del 2013
Decreta:
Artículo 1.- Crease el Ministerio de Comercio Exterior como organismo de derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio y régimen administrativo y financiero propios, con sede en la ciudad de Guayaquil.
El ministerio de Comercio Exterior será el rector de política de comercio exterior e inversiones y, en tal virtud, el encargado de formular. Planificar, dirigir, gestionar y coordinar la política de comercio exterior, la promoción comercial, la atracción de inversores, las negociaciones comerciales bilaterales y multilaterales, la regulación de importaciones y la sustitución selectiva y estratégica de importaciones.
Artículo2.- Fusiónarse para absorción al Ministerio de Comercio Exterior, el Viceministro de Comercio Exterior e Integración Económica. Las competencias, atribuciones, proyectos, recursos, representaciones y delegaciones que le correspondían al Viceministro de Comercio Exterior e Integración Económica, constantes en leyes, decretos y demás normativa vigente, serán asumidas por el Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3.- Transfiérase al Ministerio de Comercio Exterior las competencias, atribuciones, programas, proyectos, representaciones y delegaciones que le correspondían a la Subsecretaria de Comercio y Servicios del Viceministerio de Industrias y Productividad.
Artículo 4.- El Ministerio de Comercio Exterior, como rector de la política de comercio exterior no petrolera tendrá, además de las atribuciones establecidas en la ley, y en el contexto de lo dispuesto en el Artículo 1 de este Decreto, las siguientes:
Funciones y atribuciones
• Proponer, ejecutar y coordinar las negociaciones de acuerdos comerciales, así como administrar la implementación y seguimiento de los acuerdos comerciales internacionales suscritos por el país;
• Ejercer la representación y defensa de los intereses y el ejercicio pleno de los derechos del Estado en materia de comercio exterior, ante organismos internacionales de comercio, foros comerciales o frente a prácticas desleales de comercio exterior;
• Promover y coordinar los procesos de integración económicos, con énfasis en la región latinoamericana;
• Promover las exportaciones ecuatorianas de productos y servicios en los mercados internacionales;
• Promover la inversión extranjera y el ingreso de divisas como instrumentos que coadyuven al desarrollo endógeno del país, con respecto al medio ambiente, a los trabajadores, a los compromisos con el Estado y a los consumidores;
• Diseñar e implementar estrategias y acciones para desarrollar y promover las marcas sectoriales o denominaciones de origen dirigidas a la promoción comercial y posicionamiento de sus productos y servicios en el exterior;
• Establecer y promover mecanismos logísticos internacionales para facilitar el transporte, almacenamiento, consolidación, redistribución y comercialización de productos ecuatorianos en los países y mercados internacionales, articulándolos con las entidades rectoras competentes;
• Proponer y coordinar la implementación de políticas y acciones para el acceso efectivo de exportaciones ecuatorianas a mercados internacionales en los ámbitos de normas técnicas, sanitarias, fitosanitarias, aduaneras, entre otras;
• Proponer e implementar políticas, normas, condicionamienos y procedimientos de exportación e importación o diferimiento, de acuerdo a los requerimientos y necesidades del país;
• Apoyar el proceso de incentivos y regulación para la generación de valor agregado en las exportaciones y para la inserción en cadenas de valor internacionales;
• Identificar y normar la transferencia tecnológica y conocimiento de las importaciones, orientadas al sector productivo nacional;
Artículo 5.- El Ministerio de Comercio Exterior tendrá plena capacidad y representación legal para ejercer todas las actividades y acciones necesarias para asegurar la continuidad en la ejecución de los distintos programas y proyectos que se encontraban a cargo del Viceministerio de Comercio Exterior e Integración Económica, sin afectar su gestión. Estos programas y proyectos deberán ser evaluados por el Ministerio de Comercio Exterior, a efectos de determinar su eventual traspaso a otras entidades de la Función Ejecutiva, si corresponde.
El ministro
Diego Aulestia Valencia
Ministro de Comercio Exterior
Economista con estudios de posgrado en Estados Unidos, Inglaterra, Ecuador y Portugal.
Genaro Baldeón
Viceministro de Negociaciones, Integración y Defensa Comercial
Genaro Baldeón es el Viceministro de Negociaciones, Integración y Defensa Comercial en el Ministerio de Comercio Exterior. Se graduó de Abogado y Doctor en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador y tiene el título de Master en Estudios de la Unión Europea por parte de la Universidad de Coruña de España.
Estructura organizacional del MCE
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