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Orden Interno


Enviado por   •  25 de Mayo de 2014  •  1.391 Palabras (6 Páginas)  •  491 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El Orden público se puede definir, en términos comunes, como «un conjunto de principios e instituciones que se consideran fundamentales en la organización social de un país y que inspiran su ordenamiento jurídico». En realidad, el orden público tiene para el mundo derecho múltiples manifestaciones, según sea el área jurídica en que se analice. En términos muy generales puede decirse que integra el orden público todo aquello que viene impuesto por la autoridad a las personas, y que actúa como límite a su libertad.

El Orden Interno es un término tan amplio, que el responsable del mismo es el Poder Público Nacional, a través de los diferentes poderes (Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Electoral y Ciudadano), adicionándoles a éste, Gobernadores de Estado y Alcaldes. En atención de los Objetivos Nacionales y sus Intereses, las Constituciones Nacionales, establecen los fines y dictan sus ordenamientos estructurales, distribuyendo y asignando a los diversos órganos y sectores, sus respectivas responsabilidades, las cuales deberán cumplirse en las diferentes Leyes Orgánicas, Ordinarias y Reglamentos que deberán actualizarse en un futuro inmediato.

Se refiere a la noción de relativa estabilidad, calma o predictibilidad que se supone beneficiosa para el desarrollo de un país; así como a los recursos y estrategias para conseguirla.

A continuación en el presente texto se da a conocer con mayor detenimiento lo referente a la Seguridad y Orden Público.

ORDEN PÚBLICO

Es una situación de tranquilidad, regulado por el derecho y garantizado por el Estado a través de la Policía Nacional, para asegurar el normal desarrollo de las actividades de la población en todo el territorio nacional.

“Es la situación de paz, tranquilidad y disciplina social, en la cual se da plena observancia del orden jurídico, como fundamento de la convivencia entre las personas y grupos que integran la sociedad”.

En Derecho Público, el Orden Público está representado por la tranquilidad y paz social que proviene del respeto generalizado al ordenamiento jurídico.

LA SEGURIDAD: Es un bien invaluable de nuestra sociedad y se entiende como la condición permanente de paz, libertad y justicia social que, dentro del marco del derecho, procuran pueblo y Gobierno. Su conservación implica el equilibrio dinámico de los intereses de los diversos sectores de la población para el logro de los Objetivos Nacionales, garantizando la integridad territorial y el ejercicio pleno de la Soberanía e Independencia.

VINCULACIÓN CON EL ORDEN INTERNO

El "Orden Interno" se fundamenta en la necesidad de mantener la paz entre los ciudadanos y la Seguridad Nacional, bienes que se argumentarán como supremos e indispensables, para la sobrevivencia de la República de la cual se trate y superiores a cualquier otro bien que tenga que ser sacrificado en su consecución.

En lo que respecta al "Orden Interno" el Estado, tiene la obligatoria necesidad de responder a la defensa de los derechos y garantías que exprese la Carta Magna y a aquellos otros derechos inherentes a la persona humana, así no sean recogidos por el Derecho Positivo. El “Orden Interno” de acuerdo a la Constitución Bolivariana de Venezuela, es un "estatus", es decir, un determinado estado de organización institucional, que permite al Estado y a los ciudadanos la consecución de sus fines.

Con esta representación, como producto de todos los elementos considerados podemos inferir que el constructo sería concebido de la forma siguiente: “El Orden Interno es el estatus u organización institucional que se logra sobre la base de la Constitución y demás leyes de la República, que le permite al Estado-Nación la consecución de sus fines.”

EL ORDEN PÚBLICO Y SU RELACIÓN CON EL ORDEN INTERNO

El orden público está integrado por todas aquellas normas de interés público, que son de cumplimiento incondicional, que no pueden ser derogadas por las partes y, en las cuales el interés general de la sociedad y del estado supedita el interés particular, para la protección de ciertas instituciones que tienen elevada importancia para el mantenimiento de la seguridad jurídica, tales como la oportunidad para la contestación de la demanda, la apertura del lapso probatorio, y la preclusión de los actos procesales, entre otras.

Considerando como tal el caso de Venezuela como modelo comparativo,

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