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PORTACION Y USO DE ARMAS EN LAS ESCUELAS


Enviado por   •  2 de Abril de 2014  •  1.786 Palabras (8 Páginas)  •  1.144 Visitas

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Prohibición de portación o uso de armas

“La prohibición de portación y uso de todo tipo de armas debe estar incorporado al reglamento institucional y debe ser informado a los y las estudiantes y exhibirse en forma visible en el centro educativo: “Queda absolutamente prohibido el ingreso y uso de cualquier tipo de armas al centro educativo, con la excepción de las autoridades de seguridad”. (Protocolo Específico sobre Portación y Uso de Armas)

Experiencia vivida

Se asistió a la Escuela Excelencia la Fila, ubicada en la fila de desamparados, en la que atendió el Director Jorge Salazar Alvares, al cual se le hizo la consulta de como manejan el protocolo de armas dentro de la institución.

Explico que si tenía conocimiento de él, que hacía tres años unos policías impartieron una charla a los alumnos y en el año pasado se les repartió a los profesores él material.

Arma blanca

“Se caracteriza por su capacidad de cortar mediante bordes afilados, a diferencia de las armas de fuego no requiere ser cargada. Se caracterizan por armas cortas, espadas, sables y de asta larga.” (Wikipedia, recuperado 21 marzo de 2014, es.wikipedia.org/wiki/Arma_blanca.)

Imagen 1 Ejemplo de armas blancas

www.google.com/search?q=imagenes+de+armas+blancas

De ingreso y permanencia a los centros educativos

“Es potestad de cada Centro fijar las normas de ingreso para los y las estudiantes.

El ingreso de padres-madres-encargados y visitantes al Centro Educativo se debe realizar con las características propias del ingreso a cualquier institución del Estado, cada escuela debe de incorporarlo a su reglamento:

 Se hará revisión clara de las pertenencias de las personas ajenas a la institución, se consignará la visita en una bitácora: con la información de la persona, lugar y motivo de la visita, la verificación de la identidad, hora de entrada y salida” (Ministerio de Educación Pública, Protocolo Específico de Portación y uso de Armas en Centros Educativos de Primaria, Diciembre 2012.)

Esto lo realizada los guardas de seguridad que se encuentra en la entrada principal. (Mary)

 “El ingreso de los padres-madres-encargados(as) en el horario escolar debe estar autorizado por la autoridad competente del Centro Educativo indicar el motivo y lugar de la visita.” (Ministerio de Educación Pública, Protocolo Específico de Portación y uso de Armas en Centros Educativos de Primaria, Diciembre 2012.)

Esto quiere decir que las personas que visiten la institución en horas lectivas deben estar autorizada por el director o directora. (Mary)

 “Todo ingreso de las personas ajenas al Centro Educativo en el horario Escolar debe estar autorizado” (Ministerio de Educación Pública, Protocolo Específico de Portación y uso de Armas en Centros Educativos de Primaria, Diciembre 2012.)

Esto nos indica que nadie puede ingresar sin autorización de la Dirección Académica. (Mary)

Imagen 2 Guarda de centro educativo

www.google.com/search?q=imagenes

Del ingreso de los y las estudiantes

• “El ingreso de estudiantes lo regula cada centro educativo.

• En situaciones extraordinarias, el procedimiento de revisión de pertenencias de los y las estudiantes podrá ser utilizado previa valoración de conveniencia por parte del Director del Centro, con la asesoría del grupo de convivencia (Programa Convivir), de acuerdo con los lineamientos que están establecidos en Circular DM1407-02.

• Ante sospecha razonable sobre uso de portación de armas, se procederá con los y las estudiantes dada la valoración de circunstancia que así lo ameriten. La requisa del arma la deberá realizar la autoridad policial.” (Ministerio de Educación Pública, Protocolo Específico de Portación y uso de Armas en Centros Educativos de Primaria, Diciembre 2012.)

PROGRAMA CONVIVIR

“Respeto, diversidad y participación

El Programa Convivir, promueve el desarrollo de actividades participativas en los centros educativos de forma permanente. Sus objetivos se dirigen a fortalecer las relaciones de convivencia en la comunidad educativa, así como a propiciar relaciones basadas en el respeto, el disfrute de la diversidad, la participación y el sentido de pertenencia e identidad.

Para su ejecución, cuenta con el respaldo del Programa Conjunto Redes de Convivencia - Comunidades sin Miedo, del Fondo Naciones Unidas España en el marco de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

Para cumplir el Programa, cada institución educativa forma un equipo de trabajo, que lidera y articula la estrategia institucional. El grupo está conformado por directores o directoras, la y el docente, la y el orientador y dos estudiantes.

Como responsable directo de esta iniciativa, se encuentra el departamento de Convivencia de la Dirección de Vida Estudiantil del MEP, el cual acompaña y brinda asesoría técnica como apoyo al desarrollo de la estrategia en los centros educativos.

Asimismo, para asegurar el éxito en la implementación del proyecto, se dispone de un documento denominado “Guía para la Formulación de la Estrategia de Convivencia en el Centro Educativo”.

Esta guía orienta el proceso de aprendizaje de conductas tendientes a alentar la convivencia en la comunidad educativa y entre los distintos actores participantes tales como: docentes, funcionarios administrativos, estudiantes, vecinos, así como padres y madres de familia.” (http://www.mep.go.cr/programas-y-proyectos/programa-convivir.)

Imagen 3 Logo programa convivir

http://www.unicef.org/costarica/media/cr_media_Convivir_Afiche_Estrategia.jpg

Imagen 4 brochure de programa convivir

www.mep.go.cr

Circular DM1407-02

“En el marco de las políticas de protección integral de las personas menores de edad, en aras de salvaguardar la integridad física y emocional de la comunidad estudiantil de los distintos centros educativos del país y de garantizar el derecho a acceder a una educación en un ambiente seguro, en concordancia con el interés superior del menor (artículo 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia) y siendo la relación educativa una relación de sujeción especial (artículo 14 de la Ley General de Administración Pública), se les recuerda a las autoridades de los centros educativos, la facultad de exigirle a los estudiantes que muestren el contenido de sus maletines, bulto,...”( Recurso de amparo interpuesto por Daisy Marín Durán, cédula de identidad Nº1-613-415; a favor de Danny Chaves Marín; contra el Ministerio de Educación Pública y la Directora del Colegio Técnico Profesional de Corredores, Exp: 04-004377-0007-CO, SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las ocho horas con treinta y nueve minutos del veintitrés de julio del dos mil cuatro.)

Las armas de fuego

“Son instrumentos con los que se dispara una materia explosiva, como la pólvora.

En el marco del trabajo, las que interesan investigar son:

1. Revolver

2. Pistola

3. Armas de fabricación casera

Revolver

Arma de fuego de un cilindro que va girando al disparar las balas que lleva dentro, por lo general 5 ó 6 balas. (Protocolo de Armas)

Pistola

Arma de fuego pequeña que se puede utilizar con una sola mano. La capacidad máxima de munición son 15 balas por cada cargador.

Armas hechizas

También es posible encontrar armas hechizas o caseras elaboradas ingeniosamente con material de desecho, partes de tubo, resortes e hierros y con diferentes capacidades como las que logran disparar una bala una única vez hasta las que imitan un arma de fuego convencional.

Munición/bala

Son los proyectiles que disparan las armas de fuego.” (Intervención para la prevención y atención de la violencia con armas en centros educativos.)

Imágenes 5,6,7y 8 ejemplo de armas de fuego

www.google.com/imagenes

Ante un incidente de portación o uso de armas

• Toda situación colectiva o individual relacionada con sospecha razonable, de uso o portación de armas, será comunicado de forma inmediata a las autoridades educativas

(Director del Centro), a las autoridades policiales (Policía Administrativa) y a los padres madres-encargados (as) con la justificación y la solicitud de su colaboración. En caso de ausencia o contraposición de intereses con los padres-madres-encargados, de recurrirá al Patronato Nacional de la Infancia.

• Todo incidente de portación o uso de armas en el entorno escolar debe de forma inmediataser comunicada a las autoridades del centro educativo, a los padres-madres encargados y a las autoridades policiales o judiciales correspondientes.

• En ningún momento se harán requisas sobre el cuerpo de los y las estudiantes. En caso de sospecha razonable, donde se requiera una requisa personal, se solicitará la colaboración de las autoridades policiales.

• En el caso de que el incidente implique la entrega del arma, las autoridades del centro tomarán las previsiones para la custodia y manipulación adecuada del arma que no ponga en peligro a ningún miembro de la comunidad educativa.

• De acuerdo con las circunstancias y de ser posible con la asesoría policial, se puede procederá la evacuación parcial o total de instalaciones de acuerdo con los procedimientos de evacuación aplicables a otras situaciones de riesgo o emergencia.

• En cada caso, se debe hacer una valoración cuidadosa de la gravedad del incidente y proceder de acuerdo con el mismo, en el entendido de que las autoridades del centro deben actuar con sentido común y velar por la integridad de la miembros de la comunidad educativa, sin sustituir funciones policiales o de otra naturaleza, para lo cual se deberán mantener contactos directos personales con los funcionarios policiales, médicos, judiciales de la comunidad de manera que pueda existir una respuesta inmediata de apoyo o auxilio.

• De todas las situaciones se levantarán actas y en particular los padres-madres-encargados deberán ser informados inmediatamente. En el caso de estudiantes involucrados se procurará manejar las situaciones con la mayor discrecionalidad posible, bajo los principios de privacidad y confidencialidad. El informe detallado del evento deberá ser comunicado a los padres-madres-encargados (as) de los o las estudiantes involucrados (as), al Patronato Nacional de la Infancia, a la Fiscalía y Director –a Regional del Ministerio de Educación

• Se deberá dar atención psicosocial a los estudiantes involucrados en la situación de acuerdo con la situación especial que se requiera con recursos propios o por medio de la coordinación interinstitucional.

Nueve Acciones para Tratar Uso o Portación de Armas

1. Será comunicado de forma inmediata a las autoridades educativas (Director del Centro), y la justificación y la solicitud de su colaboración así mismo al Patronato Nacional de la Infancia

2. Las autoridades del centro deben actuar con sentido común y velar por la integridad de los miembros de la comunidad educativa, sin sustituir funciones policiales.

3. La comunicación y solicitud inmediata a los padres, madres o encargados(as) para que se presenten al Centro Educativo.

4. La denuncia al 9-1-1, solicitando apoyo policial, según el caso, paramédico, bomberos o apoyo de cualquier otra índole.

5. La evacuación parcial o total si fuera necesario, en el entendido de que lo más importante es la protección e integridad de las personas, seguido por la custodia del arma si ésta fuera entregada. La requisa del arma y toda acción de esa naturaleza, ante situaciones de violencia por uso de armas, la debe realizar la autoridad policial.

6. El levantamiento de actas detallando de la situación, estará bajo responsabilidad de la dirección.

7. El establecimiento de las denuncias del caso y apertura de los procedimientos correspondientes por parte del Director-a.

8. Prestación de atención psicosocial a los involucrados en las situaciones de violencia por uso de armas con apoyo interinstitucional.

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