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PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO


Enviado por   •  20 de Octubre de 2012  •  1.173 Palabras (5 Páginas)  •  3.038 Visitas

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DERECHO ECOLOGICO GRUPO 205

Graciela García Serrano

Principios generales del Derecho Internacional Privado

1.- Lo accesorio sigue la suerte de lo principal. 62.- La culpa lata se compara al dolo.

2.- Quien puede lo más, puede lo menos. 63.- Cuando a uno se prohibe una cosa se le prohiben las que sigue de ella.

3.- Quien sabe y consiente no recibe injuria ni engaño. 64.- Al que se le prohibe algo por un medio, se le debe admitir por otro.

4.- Nadie está obligado a lo imposible. 65.- Cuando es obscuro el derecho de las partes de ha de favorecer más al reo que al actor.

5.- Nadie debe enriquecerse con daño de otro. 66.- Las leyes favorecen al engañado, no al que engaña.

6.- Nadie debe ser condenado sin ser oído. 67.- El dicho de un testigo es como el de ninguno.

7.- Lo que no consta en los autos del pleito, no existe en el mundo. 68.- No se presume el dolo si no se prueba.

8.- Las convenciones de los particulares, no derogan al Derecho Público. 69.- Las dudas deben resolverse en el sentido más favorable.

9.- En todas las cosas y muy particularmente en el Derecho, debe atenderse a la equidad. 70.- La ley es dura, pero es la ley.

10.- El Derecho nace del hecho. 71.- Las condiciones imposibles se tienen por no puestas.

11.- Las cosas que se hacen contra el Derecho se reputan no hechas. 72.- Los actos del juez que no pertenecen a su oficio no tienen fuerza.

12.- El error quita la voluntad y descubre la impericia de su autor. 73.- Al caso nadie está obligado sino por culpa, pacto o tardanza.

13.- El género se deroga por la especie. 74.- Lo expreso daña; lo no expreso no perjudica.

14.- Se entiende que hace la cosa, aquél a cuyo nombre se hace. 75.- Ni daña ni favorece la expresión de las cosas que son tácitas inherentes.

15.- Las palabras deben entenderse de la materia de que se trata. 76.- El hecho perjudica al que lo hizo, no a su contrario.

16.- Lo que es nulo no produce efecto alguno. 77.- Se presume hecho lo que se acostumbra hacer.

17.- Se presume ignorancia si no se prueba ciencia. 78.- En el mandato deben observarse cuidadosamente sus límites.

18.- Nadie puede alegar en su beneficio, la propia torpeza. 79.- No se debe cumplir la palabra al que se niega a cumplir la suya.

19.- Lo que no está prohibido, está permitido. 80.- El heredero tiene el mismo poder y derecho que el difunto.

20.- El primero en tiempo, es primero en derecho. 81.- Es vana la acción de un acreedor si la excluye la pobreza del deudor.

21.- Donde la ley no distingue, no hay por qué distinguir. 82.- En materia de penas debe ser benigna la interpretación.

22.- Donde hay la misma razón, es aplicable la misma disposición. 83.- A los peritos de un arte se debe creer.

23.- No hay mejor testigo que el papel escrito. 84.- No perjudica el contrato a los que no intervienen en él.

24.- No se puede ser juez y parte de una misma causa. 85.- Las leyes deben concordarse unas con otras.

25.- Donde no hay ambigüedad, no cabe interpretación. 86.- La más pequeña variación en el hecho, hace variar el derecho.

26.- Es inadmisible toda interpretación que conduzca a lo absurdo. 87.- Las leyes son para las cosas y no para las palabras.

27.- La sentencia solo obliga a las partes. 88.- Se dice claro lo que consta por confesión, por prueba legítima o por evidencias.

28.- Las obligaciones no se presumen, hay que demostrarlas. 89.- La necesidad dispensa de la ley.

29.- El que afirma está obligado a probar. 90.- No enajena el que solo deja la posesión.

30.- El que no hace lo que debe, hace

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