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PROTECCION JURIDICA DEL MEDIO AMBIENTE


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2012  •  2.342 Palabras (10 Páginas)  •  752 Visitas

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MATERIAL DE ESTUDIO PARA LA UNIDAD CURRICULAR PROTECCION JURIDICA DEL MEDIO AMBIENTE

Todo aquello que nos rodea y que debemos cuidar para mantener limpia nuestra ciudad, colegio, hogar, etc., en fin todo en donde podamos estar forma parte del Medio Ambiente, por ello debemos valorarlo y determinar con precisión como podemos definir o conceptualizar el Medio Ambiente

Concepto de Medio Ambiente en el contexto Internacional.

El Medio Ambiente no es mas que el conjunto de elementos abióticos (energía solar, suelo, agua y aire) y bióticos (organismos vivos) que integran la delgada capa de la Tierra llamada biosfera, sustento y hogar de los seres vivos.

Así mismo, podemos definir igualmente al Medio Ambiente como el entorno que afecta y condiciona especialmente las circunstancias de vidas o las personas o la sociedad en su conjunto.

Comprende pues, el conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar y un momento determinado, que influyen en la vida del ser humano y en las generaciones venideras. Es decir, no se trata solo del espacio en el que se desarrolla la vida sino que también abarca seres vivos. Objetos, agua, suelo, aire y las relaciones entre ellos, así como elementos tan intangibles como la cultura.

Medio Ambiente en Venezuela.

Venezuela protege el 36,3% (1997) de su territorio, siendo el mayor porcentaje de los países de América. Los vecinos de Venezuela. Colombia, Brasil y Guyana protegen sólo el 9%, el 4,2% y el 0,30%, respectivamente. A pesar de estas medidas proteccionistas, Venezuela está perdiendo parte de sus valiosos bosques tropicales. Entre 1990 y 1995, se eliminaron más de 2,5 millones de hectáreas. Además, la degradación del suelo en las praderas de Los Llanos, derivadas de varios años de sobre pastoreo, se ha convertido en un problema grave. Venezuela está muy industrializada, ya que el 36,4% (2000) de su producto interior bruto (PIB) proviene de la industria. Uno de los principales recursos del país es el petróleo. Los vertidos ocasionales de petróleo han provocado la muerte de peces y el cierre de algunas urbanizaciones costeras en el lago de Maracaibo. La contaminación industrial también afecta a la costa del mar Caribe, donde vive la mayor parte de la población. La falta de instalaciones para el tratamiento de aguas residuales también ha contribuido a la de la costa del mar Caribe. En las zonas urbanas, sólo el 71% (2000) de la población tiene acceso a instalaciones sanitarias adecuadas; en las áreas rurales, la cifra baja al 48%. La contaminación del aire es otro problema de los centros urbanos como Caracas, Maracaibo y Valencia. Venezuela forma parte de tratados internacionales relativos a biodiversidad, cambio climático, especies en peligro de extinción, conservación de la vida marina, contaminación, naval, bosques tropicales y humedales.

Es importante acotar que a nivel mundial el Día del Medio Ambiente se celebra los 5 de Junio de cada año.

Derecho Ambiental Internacional.

El Derecho Ambiental Internacional es un derecho nuevo, (aunque autores niegan su novedad) y se puede definir en principio como el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las conductas individuales y colectivas con incidencia en el ambiente.

También se le ha definido como el conjunto de normas que regulan las relaciones de derecho público y privado, tendientes a preservar el medio ambiente libre de contaminación o mejorarlo en caso de estar afectado.

Para la Dra. Militza Francisckovic Ingunza el Derecho Ambiental Internacional puede definirse como un conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre Estados y otros sujetos del derecho internacional público, que se ocupan precisamente de la protección de la naturaleza y la lucha contra la contaminación a nivel internacional. Se ocupa de los desarrollos jurídicos de la materia ambiental a nivel bilateral y multilateral, como el estudio de la gran cantidad de tratados que sobre la materia ambiental existen a nivel internacional. En este aspecto el derecho internacional del Medio Ambiente está íntimamente ligado al Derecho Internacional Público y por ello el análisis de las fuentes y los sujetos es el mismo en el Derecho Internacional ambiental que en el Derecho Internacional Público.

Posiciones en cuanto al contenido material del Derecho Ambiental.

En cuanto al contenido material del concepto de lo ambiental y, por ende, del derecho que lo regula, se han planteado dos posiciones extremas y una intermedia. La primera, excesivamente amplia, donde prácticamente todo es ambiente. En la posición opuesta –la restringida- se hallan quienes, con un afán de mayor precisión, circunscriben demasiado la problemática ambiental al ámbito de los bienes comunes, es decir, el agua, el aire y los procesos de contaminación que los afecta. La posición intermedia, por último, establece que el objeto material del ambiente comprende tres aspectos: a) los recursos naturales y su uso; b) los accidentes naturales; y c) la problemática de los asentamientos humanos.

El Derecho Ambiental es, en un sentido, una nueva rama del Derecho que, por su carácter interdisciplinario, se nutre de los principios de otras ciencias. En otro sentido, también es una nueva rama interdisciplinaria del Derecho.

Sujetos del Derecho Ambiental Internacional

Si consideramos que el derecho ambiental internacional está vinculado con el derecho internacional público deberemos admitir que los sujetos del derecho internacional público son los mismos para el derecho ambiental internacional.

Los Estados:

Los Estados son los más importantes sujetos del derecho internacional público desde la antigüedad.

Organizaciones Internacionales:

Un segundo sujeto son las organizaciones internacionales, reconocidos como sujetos del derecho internacional desde 1945.

Acá es importante señalar que en la actualidad algunas organizaciones internacionales tienen mucha importancia en el tema ambiental como es el caso PNUMA (Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente), que fue creado por el Plan de Acción para el Medio Humano adoptado por la Conferencia de Estocolmo de 1972.

Para un gran sector de la doctrina el individuo se considera también otro sujeto del derecho internacional aunque no ha sido reconocido unánimemente por todos los sectores pero donde ha obtenido mayor acogida el individuo como sujeto de derecho internacional

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