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Participaciones De Los Trabajadores En Las Utilidades De Las Empresas Derecho Laboral Mexicano


Enviado por   •  15 de Mayo de 2012  •  1.399 Palabras (6 Páginas)  •  1.380 Visitas

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1. Naturaleza jurídica de la figura de la participación de las utilidades (4 supuestos)

Se contemplan cuatro opiniones que explican su naturaleza:

1. La participación de utilidades es igual al salario

Este criterio se apoya en la legislación española, conforme a la cual el reparto tiene una esencia remunerativa. Esto no puede ser sostenido en nuestro derecho porque el reparto puede o no existir, dependiendo de la obtención o no de ganancias por parte de la empresa.

2. Es un acto gracioso de la empresa

De acuerdo a esta opinión, el reparto se otorga en forma unilateral y generosa por el patrón. Lo anterior no ocurre en nuestro país, dado que el reparto tiene el carácter de una obligación de origen legal.

3. Es resultado de una asociación entre el capital y el trabajo

Por virtud de esta opinión, los obreros pueden participar en la propiedad de la empresa, haciéndose así acreedores a obtener parte de sus utilidades. En nuestro país la figura de la asociación implica participar en ganancias y también en pérdidas, y en el caso del reparto, estas últimas no se incluyen.

4. Es un reconocimiento a la tesis marxista de la plusvalía

Esta opinión es la que se contempló por el legislador constituyente para consagrar en nuestra carta magna la figura del reparto. Conforme a la misma, el reparto se presenta como una compensación a la producción que genera el trabajador a favor de su patrón, producción que excede en valor al costo del salario pagado al obrero, habida cuenta de que el sueldo que percibe en una jornada el empleado, es pagado por

este con su producción efectuada en una parte de la jornada, aplicándose precisamente el término de plusvalía a la producción que el trabajador genera después de amortizar el sueldo que se le paga con la producción realizada.

2. ¿Cuáles son las características de la participación de utilidades? (6)

• Aleatoria.

Su nacimiento está sujeto a determinadas condiciones que pueden o no presentarse.

• Obligatorio.

Existiendo utilidades es imperativo proceder al reparto.

• Régimen estrictamente legal.

Sus lineamientos se encuentran fuera del alcance de la voluntad de las partes, pues tienen que seguir sin cambios el procedimiento y términos que establece la Ley.

• Es una obligación empresarial.

Solo los patrones que integren empresas están obligados al reparto.

• Tiene la misma protección del salario.

El monto que corresponde al trabajador en forma individual goza de la misma protección que el salario.

• No prescribe como derecho colectivo pero sí como derecho individual.

Una vez determinada a parte que corresponde a un trabajador en lo individual, este tiene el término de un año para reclamar su pago, si no lo hace se extingue su derecho. El monto que el trabajador no haya cobrado en el plazo señalado, pasa a engrosar el monto a repartir para el siguiente año, a favor de todos los trabajadores de la empresa, por lo que se dice que como derecho de la clase trabajadora, el reparto no se extingue.

3. ¿Cuáles son las etapas del proceso de repartición? (7)

1 .Integración de la comisión nacional para la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas. Esta comisión se integra en forma tripartita, con un número igual, no menor de dos ni mayor de cinco, representantes del gobierno, del capital y del trabajo, y su función fundamentales determinar el porcentaje en que deben de participar los trabajadores en las utilidades de las empresas. Esta comisión tiene una naturaleza especialísima, pues no obstante que se encuentra formalmente dentro de la estructura del poder ejecutivo federal, su función básica es de naturaleza eminentemente legislativa. La determinación que esta comisión hace respecto al porcentaje de utilidades a repartir a los trabajadores, es un acto que participa de las características de toda ley: generalidad, abstracción e impersonalidad.

2. Determinación, por parte de la comisión nacional para la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, del porcentaje a repartir, previa la realización de los estudios necesarios para conocer las condiciones de la economía nacional, tomando en cuenta la necesidad de fomentar el desarrollo industrial, el derecho del patrón de obtener un interés razonable y la necesaria reinversión de capitales. A partir del año de1986, la comisión determinó incrementar de un8%a un10% el porcentaje de participación, siendo este último el que impera

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