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Los sujetos procesales en el proceso penal


Enviado por   •  22 de Diciembre de 2014  •  Trabajos  •  1.307 Palabras (6 Páginas)  •  358 Visitas

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LOS SUJETOS PROCESALES

los sujetos procesales asumen un papel definitorio, pues a partir de su organización, actuación y las funciones procesales que el COIP les asigna, inciden en la configuración de un sistema de administración de justicia que debe adecuarse al Estado constitucional de derechos y justicia social, que señala el Art. 1 de la CRE; de tal manera que para alcanzar la realización de una justicia penal que busque la paz social debe guardar estos parámetros, pues como es de conocimiento general la justicia es fundamental para conseguir la paz social que señala el COFJ.

El Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU ha expresado que los mismos, se refiere al ser humano “tiene por base el derecho de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana”.

El tratadista Florencio Mixán Máss, profesor de derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la hermana República de Perú, hace las siguientes reflexiones sobre los sujetos procesales en el procedimiento penal.

Es la persona cuya cualidad específica es la de ser titular de la capacidad jurídico-procesal, y con aptitud, de ejercicio de dicha capacidad. La regla es que esa capacidad de ejercicio la concreta por sí; y sólo excepcionalmente (en los casos taxativamente previstos en la ley), puede hacerlo por intermedio de otra persona.

Añade: “En un procedimiento penal concreto ese concepto abstracto y universal del sujeto procesal, cuantifica en una pluralidad de sujetos que generan una relación jurídica multívoca entre sí, consistente en deberes y permisiones jurídico-procesales debidamente reguladas y diferenciadas, cuyo cumplimiento y ejercicio legítimos, respectivamente determinarán la validez de los actos jurídico-procesales que a su vez permitirán una oportuna y justa decisión sobre si es aplicable o no en el caso la consecuencia jurídica para la solución del conflicto mediante el procedimiento penal”.

Conforme señala el autor citado, la noción de sujeto procesal, implica una connotación antropológica, ontológica, deóntica, teleológica y jurídica, más aún desde el punto de vista práctico conforme se señala en líneas posteriores, pues implica la participación real y legítima de agentes de la actividad procesal para el esclarecimiento y solución del conflicto.

1.- LA PERSONA PROCESADA Art. 440 COIP.- Es el sujeto procesal debidamente identificado contra quien se está ejerciendo una acción penal, pues, se le imputa categóricamente haber perpetrado un comportamiento infractorio de la norma jurídico-penal.

Él tiene derecho a la defensa, que es un derecho inderogable, por lo que en el ámbito de la esfera de la correlación de deberes y derechos procesales, se le facilitará las condiciones apropiadas para que lo ejercite tanto en la modalidad de defensa personal (directamente él) como mediante la asesoría técnico-jurídica (por intermedio del defensor legítimamente nombrado en el proceso).

2.- LA VÍCTIMA Art. 441 COIP.- El agraviado o víctima debe estar informado de sus derechos, cuando interponga la denuncia, al declarar preventivamente y en cualquier estado del procedimiento y sus derechos deben ser informados por el fiscal, conforme dispone el Art. 11.10 del COIP, aclarando que en dicho artículo se establece que en todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de doce derechos, que se mencionan en dicha disposición legal.

Debo manifestar que el COIP introduce a la víctima como sujeto procesal, esto es como protagonista principal del proceso penal y tiende a que la reparación prevalezca sobre la pena. De tal modo que hoy hablar de la víctima, es precisamente hablar de quien sufre un daño, por cuya razón la víctima tiene papel protagónico en relación al control del delito y para que el daño que ha sufrido sea irreparable.

De lo anotado se desprende que el COIP parte de una base que reconoce los derechos de la víctima, o sea hay injerencia de la voluntad del ofendido y del ofensor en al ámbito de la persecución penal pública, de tal modo que la víctima puede ser acusadora particular, tiene el derecho de actuar o no, e impugnar las decisiones de las juezas y jueces; más aún el fiscal

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