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Enviado por   •  17 de Junio de 2014  •  7.188 Palabras (29 Páginas)  •  483 Visitas

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PROPUESTA PARA LA CREACIÓN DE UN MARCO NORMATIVO ESPECÍFICO DEL AÉREA PROTEGIDA CHALLALOMA DEL MUNICIPIO DE ACHOCALLA

CAPITULO I

INTRODUCCION

1. ANTECEDENTES

Bolivia con diversidad de climas y culturas nos ofrece una variedad de situaciones que tienen que ser investigadas, como tal es el caso de las áreas protegidas dentro de nuestra biodiversidad y su normativa.

Actualmente se ha declarado a varias aéreas geográficas de nuestro territorio como aéreas protegidas, tal es el caso de Callaloma que pertenece al municipio de Achocalla de la tercera sección de la Provincia Murillo del departamento de La Paz, Bolivia.

Actualmente esta área protegida no goza de un marco normativo especifico que este normado por el municipio de de Achocalla.

La finalidad de la presente investigación es la de determinar el marco normativo especifico del municipio de Achocalla, también otro aspecto que llama la atención en este municipio, es que está contaminada con basura y otros desechos sólidos.

Como antecedente en la ley 1333 sobre protección al medio ambiente los Consejos Departamentales del Medio Ambiente (CODEMA) tiene la obligación de normar esta situación que es para preocuparse.

Esta investigación es para que podamos ubicarnos en el contexto de esta realidad que nos preocupa ya que no se tiene una norma realizada por el municipio ya que los municipios tienen facultades de limitación al derecho propietario, que son la herramienta principal para implementar un Área Protegida.

Como podemos ver la oficina de Medio Ambiente manejada por la oficina correspondiente de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), no se manifiesta como debe ser ya que no vela por la preservación de estas áreas protegidas.

2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.-

Los gobiernos municipales, estarían en condiciones de crear áreas protegidas, también es cierto que según la Ley de Municipalidades, sus facultades se ejercen en aplicación de los principios de coordinación y concurrencia, en los cuales se señala que las iniciativas municipales deben ser coordinadas con otras instancias del Gobierno Nacional.

Esto querrá decir, que no basta con haber dictado la ordenanza donde se crea el área protegida Municipal sino que deben seguirse los pasos correspondientes para consolidar esa declaratoria ante otras instancias gubernamentales, para esto se necesita que se lleve a cabo el proceso de

Saneamiento de la Tierra sobre el área, para que las tierras fiscales resultantes de este proceso se consoliden a favor del municipio; que se logre la incorporación del área protegida municipal dentro del Plan de Uso de Suelo (PLUS) de La Paz, y que la Autoridad Nacional (SERNAP) reconozca al área protegida municipal como tal, en atención a los estudios sociales, económicos y ambientales que sustentaron su creación y las condiciones de manejo bajo las cuales se rige el área.

Actualmente en Bolivia no existe un medio de control adecuado que permita cuidar el medio ambiente, se ha promulgado la ley del medio ambiente ley 1333, pero esto solo es un formulismo que no se cumple en la actualidad.

Dentro de las áreas protegidas del departamento de La Paz, no existe un marco normativo específico determinada para Callaloma ubicado en el municipio de Achocalla de la ciudad de La Paz.

Es por esta situación el interés de la presente investigación de esta situación para que se logre realizar por el municipio una norma específica para la protección del área protegida.

3. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

Lo anteriormente desarrollado lleva al siguiente planteamiento:

¿Qué estrategias socio comunitarias y legales, se deben aplicar para la propuesta de promulgación del marco normativo específico a aéreas protegidas del municipio autónomo de Achocalla de Callaloma; y de esta manera proteger de la contaminación a la Madre Tierra, enfocado al vivir bien?

4. DELIMITACIONES DE LA INVESTIGACIÓN.-

4.1. DELIMITACIÓN SUSTANCIAL.

El trabajo se ocupara del aérea protegida de Callaloma del municipio autónomo de Achocalla de la tercera sección de la provincia Murillo del departamento de La Paz.

4.2. DELIMITACIÓN TEMPORAL

Los datos que se utilizarán para el desarrollo de la presente investigación corresponderán al periodo comprendido entre el año 2000 y 2013.

4.3. DELIMITACIÓN ESPACIAL

El estudio se realizara en el Departamento de La Paz más específicamente Callaloma en el municipio Autónomo de Achocalla, pertenece a la séptima sección de la Provincia Murillo del Departamento de La Paz.

5. FUNDAMENTACIÓN DE LA IMPORTANCIA DEL TEMA.-

Con la presente investigación se quiere llegar a la preocupación de una sociedad que demanda respuestas y soluciones claras a los graves daños ocasionados al medio ambiente, y la necesidad de incrementar los suficientes mecanismos de defensa ambiental, con el fin de que el municipio de Achocalla crea un marco normativo.

La suma de facultades otorgadas a los municipios por la Constitución Política del Estado y la Ley de Municipalidades, ofrecen las suficientes herramientas para crear Áreas Protegidas Municipales, aunque no exista la legislación específica al respecto.

Los municipios tienen facultades de limitación al derecho propietario, que son la herramienta principal para implementar un área protegida.

Dentro del área protegida municipal de Callaloma se encuentran derechos preexistentes que deben ser respetados y tomados en cuenta al momento de su categorización y zonificación.

La participación de la sociedad civil en el proceso de planificación del APM de Callaloma es imprescindible para reducir al máximo la posibilidad de crear conflictos entre la zonificación del área y los usos y derechos existentes.

En atención al marco legal existente, para asegurar a largo plazo la existencia de un APM, deben continuarse las gestiones pertinentes ante las instancias nacionales que correspondan.

Es por esta situación que se debe crear una legislación consistente.

BENEFICIOS DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS

Las Áreas Protegidas nos brindan:

Agua: Albergan manantiales, nacientes de cuencas, lagunas y otros cuerpos de agua.

Oxígeno: Actúan como grandes pulmones naturales que absorben los gases de carbono y emiten oxígeno, necesarios para la salud y la calidad de vida.

Paisajes naturales: Permiten a los visitantes el esparcimiento y deleite generando beneficios económicos para las comunidades locales a través del ecoturismo.

Alimentos y medicinas: Conservan importantes elementos naturales provenientes de plantas, aves, mamíferos, reptiles, anfibios, peces y otros.

Oportunidades para investigación científica: Permiten realizar estudios de flora, fauna, valores arqueológicos y culturales en beneficio de la humanidad.

Recursos económicos: Proveen fuentes de ingreso a la población mediante el manejo sostenible de los recursos naturales.

3. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN.

3.1. OBJETIVO GENERAL.

Proponer un marco normativo específico en las aéreas protegidas de Chacaloma municipio de Achocalla, para proteger de la contaminación a la Madre Tierra, enfocado en el “Vivir Bien”.

3.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

- Describir las causas de contaminación, mediante una encuesta a la comunidad del contexto.

- Generar espacios de diálogo y discusión en la comunidad, para la solución del problema de contaminación a través de de la propuesta de la normativa específica.

- Proponer el marco normativo legal, para la solución de la contaminación, construyendo reservas naturales u otros en Callaloma del municipio de Achocalla.

CAPITULO II

MARCO DE REFERENCIA

1. MARCO HISTÓRICO

HISTORIA DEL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE

Aunque los dos métodos de eliminación de los muertos se encontraban entre los pueblos primitivos, el entierro prevaleció en la mayoría de las culturas antiguas con la finalidad de preservar el medio ambiente. Al menos en práctica, la cremación era desconocida para los egipcios, fenicios, cartagineses, persas, chinos, los habitantes del Asia Menor y hasta a los primeros griegos y romanos. “Los Babilonios — según Heródoto — embalsamaban a sus muertos, y los persas castigaban con la muerte tales cosas como el intento de cremación, siguiéndose reglamentos especiales en la purificación del fuego profanado” (Devlin, p. 481).

La práctica del entierro en el Pueblo Escogido. En particular, los judíos utilizaban exclusivamente la inhumación, tolerándose algunas excepciones durante tiempos de pestilencia o guerra (cf. I Reyes, 31:12). Los incidentes de entierro y de respeto por los restos mortales son frecuentes por todo el Antiguo Testamento

Aquí podemos ver que estaba normada esta práctica de conservación del medio ambiente

EN LA ÉPOCA ROMANA

La práctica de los romanos desde la fundación de su ciudad hasta alrededor del año 100 a.C, los romanos practicaron exclusivamente la inhumación para evitar la contaminación y así los cementerios o depósitos eran consideradas aéreas protegidas, porque protegían el medio ambiente de la contaminación. Luego comenzaron a utilizar la cremación, especialmente para prevenir que sus enemigos exhumaran a los soldados muertos y profanaran sus cuerpos. La cremación, sin embargo, estaba reservada para los romanos más ricos; el pueblo pobre continuó con el sepelio, ya que no podían adquirir las piras funerarias .

AÉREAS PROTEGIDAS EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO

Desde hace varios siglos, la humanidad ha designado áreas restringiendo el acceso y uso de flora, fauna y otros recursos con el objetivo de mantener las cualidades originales de estos sitios. Las razones han sido diferentes, incluyendo económicas (reservas forestales), espirituales (sitios religiosos), recreativas (cotos de caza y parques), etc.

A finales del siglo XIX se inició la creación de áreas para la conservación de la naturaleza, conocidas como parques nacionales. Los principales criterios utilizados para la selección de estas áreas fueron estéticos y recreativos. Los bosques de coníferas y las altas montañas dominaron la selección.

Sin embargo, las ideas sobre la conservación de la naturaleza eran muy particulares. En varios países, los pobladores de estos sitios fueron reubicados para promover la recuperación de los ambientes. También se removieron depredadores y se introdujeron peces exóticos para promover la pesca recreativa. En el Parque Nacional Yosemite, ahora una de las joyas del Sistema de Parques Nacionales de Estados Unidos, se presentaba el famoso espectáculo de tirar el carbón encendido de grandes fogatas sobre la cascada para que el público pudiera entretenerse admirando la “cascada de fuego”.

Con el liderazgo de algunos países, la creación de áreas protegidas se difundió por todo el mundo. Sin embargo, en países con poca cultura de la naturaleza y con poco presupuesto la eficacia de esta herramienta de conservación no fue la misma.

AREA PROTEGIDA: ACEPCIONES E INTERPRETACIONES

DENOMINACION.

En efecto, entre las diferentes acepciones que la Real Academia Española de Letras concede al vocablo área protegida, se utilizo con preferencia aquel que expresa la idea de áreas protegidas son espacios determinados por un Estado sujeto a un marco legal e institucional definido para garantizar la conservación de sus particularidades y riquezas medioambientales y culturales .

Se dividen en 5 grupos: áreas de protección de flora y fauna, parques nacionales, áreas de protección de recursos naturales, reserva de la biosfera y áreas de recreación urbana. La Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, UICN (1994) define a las áreas protegidas como: «Una superficie de tierra o mar especialmente dedicada a la protección y mantenimiento de la Biodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados; manejada a través de medios legales, o de otros medios efectivos ».

De acuerdo con esta definición, e independientemente de su carácter antropocentrista, las áreas protegidas son territorios de manejo especial destinados a la administración, manejo y protección del ambiente y los recursos naturales renovables —tanto florísticos como faunísticos— que albergan.

Las áreas protegidas son espacios creados por la sociedad en su conjunto, articulando esfuerzos que garanticen la vida en condiciones de bienestar, es decir la conservación de la biodiversidad así como el mantenimiento de los procesos ecológicos necesarios para su preservación y el desarrollo del Homo sapiens.

“Las áreas protegidas contribuyen a la conservación del patrimonio natural y cultural del país y ayudan a reducir las presiones causadas por algunas actividades humanas sobre estos ambientes. En ellas el impacto se reduce a la mínima expresión y, por tanto, se transforman en sitios de referencia para apreciar los beneficios de la protección. ”

PROBLEMÁTICA AMIBENTAL DETERMINACION DE FACTORES COMPONENTES

En la definición de los principales problemas del medio ambiente, suele ser una constante, reducirlos simplemente a los socialmente más perceptibles que son la contaminación y degradación ambiental; lográndose crear de esta manera, una serie de mitos sobre la problemática global. Pese a que no fue un logro de Eco 92 dada la existencia de anteriores trabajos, fue a nuestro criterio, en la preparación de los documentos a ser tratados en la Cumbre de la Tierra, que convirtiese en un imperativo insoslayable, la redefinición de aquellos factores sobre salientes de la crisis ambiental.

Existen diversas clasificaciones sobre el particular, el recurrir a la subsiguiente expuesta, se justifica por tres razones a saber. Uno, porque la plasticidad metodológica empleada en la demarcación conceptual de los fenómenos-causa de tales factores componentes; permite su adecuación a la que nuestro entender configura nuestra realidad socio ecológica Boliviana y paceña, en el contexto de país tercermundista enclavado en América del Sur.

Otro, porque tal modelación es en si misma una delimitación metodológica optima para la presente investigaciones. Y finalmente, porque existen grandes diferencias en los factores componentes de la crisis ambiental en los ámbitos mundial, nacional y departamental y la sencillez con la que son expuestos, tienen una relevancia explicativa y didáctica que es fundamental, para quienes queremos entender que esta problemática que debe ser evaluada y estudiada por el derecho y que no hemos sido formados en la ciencias naturales sino en las sociales, políticas y jurídicas.

En tal sentido, la metodología adoptada por la Comisión del Sur en Nuestra propia agenda9es a nuestro juicio el modelo a seguir; por eso, enmarcamos estas Bases de Nuestra Propuesta para el Estudio del Derecho Ambiental que emanan del impacto ambiental del desarrollo en la clasificación temática planteada por dicho organismo que se encuentra sincronizada con la temática inserta en las al menos 130 prioridades ambientales que contiene el Programa 21 de la ONU ; así se establece que en la crisis ambiental se observan y destacan:

Grandes temas Ambientales Globales; que están afectando o afectarían a la biosfera en su conjunto y por lo tanto a toda la humanidad. Desde la óptica de la Región ellos serian: a) Riesgo Nuclear. b) Calentamiento climático global. c) Drogas. d) Pérdida de biodiversidad. e) Destrucción de la capa de ozono. f) Contaminación y explotaciones de recursos de océanos g) Uso de los recursos de la Antártida. h) Uso del espacio exterior.

Grandes temas ambientales Internacionales: estos se refieren a los que comprometen a grupos de países, dentro y fuera de la región latinoamericana y que por lo tanto adquieren carácter internacional; siendo los principales: a) Cuencas y ecosistemas compartidos b) Precipitaciones acidas c) Destino de los residuos tóxicos. d) Guerras convencionales. e) Seguridad ecológica

Grandes temas Ambientales de la Región: estos comprometen la calidad de vida que en los países latinos necesita ser mejorada substancialmente, señalándose como temas prioritarios. a) El uso de la tierra b) Los ecosistemas y patrimonio biológico. e) Los recursos forestales. f) Los recursos del mar y costeros. g) La energía h) Los recursos mineros (no enérgicos) i) La industria.

2. MARCO TEÓRICO

2.1 Tierra-Territorio

La tierra y el territorio son los espacios vitales de la vida social de cualquier hombre-mujer indígena o no indígena. Es parte fundamental de un determinado tiempo recorrido y una realidad presente. Toda sociedad y pueblo escribe y reproduce en ella sus huellas, sus imaginarios simbólicos (Prada, 2996), su materialidad, o las memorias recorridas y por recorrerse. Así es parte de la vida social, económica, cultural, política de todo hombre-mujer y de toda sociedad humana y del animal. Para los indígenas originarios específicamente, tierra- territorio, es la vida misma porque en ella se resume su recorrido y el devenir histórico en el tiempo. Se diría que es la genealogía civilizatoria de toda una sociedad y es a la vez parte de los cuerpos individuales que habitan en ella. En ella escriben el paisaje de los cuerpos, de los pueblos que luchan, es parte de sus memorias y también de sus olvidos. Ello implica que éste es parte de la memoria colectiva y de la vida individual-familias. Lo cual es la tenencia o posesión material y a la vez es la soberanía y dignidad de los pueblos. Se expresa en ella la pertenencia y la forma de afirmar un tiempo-espacio de la vida y de la muerte.

Por lo que tierra-territorios, son espacios-tiempos vitales de toda comunidad de hombres y mujeres. Pero no sólo es eso, sino también, es el espacio-tiempo de interrelación con el mundo natural y el mundo animal que circunda y es parte constitutiva de ésta. Es decir, esto es parte de la interrelación de un complejo mundo donde se genera escenarios de sinergia y de complementariedad tanto para el mundo de los hombres-mujeres (que se reproducen cultural y biológicamente) y también para la reproducción del resto de los otros mundos que circunda al mundo humano. La misma para el mundo indígena se expresa en las montañas o lagos, en el vestuario de sus ropas, en los rituales a los Dioses, es parte de los saberes y conocimientos acumulados durante siglos. Aunque es difícil demostrar esto en la visión del positivismo europeo. Dado que las montañas son achachilas (abuelos) o pacha mama (madre tierra) que son los antepasados míticos o históricos y que hoy constituye el presente.

Aunque también no hay que perderse solamente en estas miradas, sino, obviamente, el mundo indígena es un mundo como cualquier otro mundo que tiene sus pragmatismos y sus contradicciones. No porque la montaña es “animada” no hay que trabajar en ella sino se puede producir alimentos y se trabaja en ella para vivir la vida material. Es más, en ella se trabaja para producir el sentido de pertenencia y el cuidado de la vida para luego seguir sembrando los productos necesarios y para vivir la vida. Y a la vez en ella se reproduce la espiritualidad definidas en las montañas o las selvas.

De otra parte también la tierra-territorio es fuente del poder o poderes inscritos como soberanía, como “escritura”, como normas, reglas, estética, en resumen, como una constitución socio-política. Para el mundo de los ayllus (unidades socio-territoriales andinas) es el autogobierno y lugares de reproducción de un tipo de cosmovisión, o mejor cosmovivencialidades. Lo es también para las capitanías o tentas de la Amazonía. Este último quiere decir que cada uno tiene sus propias particularidades geográficas y particularidades culturales o económicas. Es en este sentido que el territorio al ser un recorrido o huella se convierte como “escritura”, como forma de significación y representación de la comunidad de hombres-mujeres que la habita. Es decir, la geografía pura en cuanto convertido como territorio se convierte como soporte material para la reproducción histórica de la memoria colectiva o individual-familiar. Por esto la vestimenta de las autoridades originarias como los ponchos (para el hombre) y awayus (para la mujer) y otros símbolos se convierte en un complejo territorio. Y a la vez el cuerpo de las autoridades originarias son también territorios. Es decir, territorio de los ayllus .

2.2 ATRACTIVOS TURÍSTICOS E HISTÓRICOS DE ACHOCALLA

El municipio de Achocalla se caracteriza por que tiene una serie de atractivos que pueden ser clasificados de la siguiente manera:

Atractivo Tipo de

atractivo

Lugar de

ubicación

Tipio de

turismos

Chullpa de Kotaña Arqueológico Viacha Tradicional

Pintura rustre Arqueológico Muyukani

Calluma

Villa concepción Tradicional

Iglesia de Santiago Histórico Pueblo de

Achocalla

Tradicional

Laguna de Achocalla Paisaje natural Natural Tradicional

Valle de los ancestros Paisaje natural Aima Aventura

Paseo en cuadratrak Natural Valle de las Animas Tradicional

Bicicleta de montaña Histórico Aima Tradicional

Municipio Autónomo de Achocalla

Elaborado por: Ramiro Gutiérrez CondorI - Consultor CUNA

El municipio de Achocalla se caracteriza por que tiene una serie de atractivos que pueden ser clasificados de la siguiente manera:

Cada uno de estos sitios tiene un atractivo y es visitado anualmente por turistas nacionales o extranjeros.

2.2.1 CHULLPAS DE KOTAÑA

Está ubicado en Kotaña donde existe aun de pie 5 chullpas correspondientes al tiempo de los Pacajes, en 1987 fue estudiado por Portugal Ortiz, posteriormente el año 1996 fue estudiado por un equipo de arqueólogos de la UMSA, al respecto Michel señala:

“los chullpares fueron emplazados en los bordes inferiores de las lengüetas en una posición de altura y de dominio de la hoyada paceña”. (Michel 2001: 216) La verificación in situ ha podido evidenciar que de las cinco chullas 3 se encuentran en buenas condiciones y 2 en estado de desaparición.

La prospección de campo hecho el año 1999 por el equipo de arqueólogos de la UMSA, ha permitido identificar fragmentos de cerámica correspondiente a la cultura Inka y cultura tiwanakota. La cerámica inka ocupa los alrededores de los chullpares, en menor cantidad la cerámica tiwanakota ocupa este espacio. La cerámica en un porcentaje mayor al 70%cubre las tres lengüetas en una superficie de 3 ha. Y corresponde a la tradición Pacajes” (Michel 2000: 216). Cerca del sito de chullpares los arqueólogos señalan que existe una cantidad grande de fragmentos de cerámica a una altura de 3750 m.s.n.m., este sitio pertenecería la cultura Pacajes.

2.2.2 ARTE RUPESTRE

Los primeros hallazgos de las pinturas rupestres fueron hechas por investigadores de la SIARB, posteriormente el equipo de arqueólogos de la UMSA logro registrar 7 sitios, los lugares de ubicación de las pinturas son:

Sitio descripción Ubicación

Rocas Grabadas cercanas a la laguna

Charani

Muyakani comunidad Pacajes

Rocas Grabadas Hotel kori Tambo sur este de la cancha

de futbol

Rocas Grabadas Granja SEMTA

Rocas Grabadas Comunidad Kañuma.

Rocas Grabadas Comunidad Kañuma Alta

Rocas Grabadas Centro comunal Villa Concepción

Municipio Autónomo de Achocalla

Elaborado por: Ramiro Gutiérrez CondorI - Consultor CUNA

Todos los sitios han sido estudiados por Matías Strecker y están descritos en el informe Prospección de los petroglifos de Achocalla presentado a la Dirección Nacional de Arqueología y Antropología (DINAAR) el año 1998. Debido a la proximidad de la ciudad y el crecimiento urbano del municipio de Achocalla, muchos de estos sitios que han sido descritos y catalogados el año 1998 ya no existen, por lo que es necesario realizar una nueva catalogación y una política de protección de lo que queda.

Los vestigios arqueológicos estudiados permiten afirmar que la zona de Achocalla ha sido habitada desde los tiempos primigenios cuando llegaron los primeros habitantes a la zona. Los vestigios arqueológicos muestran que se ha habitado el valle desde tiempos formativos, asimismo se han encontrado vestigios de la época Tiwanaku, señorío pacaje, inka y colonial. Según los hallazgos del año 1999 las cerámicas más antiguas corresponde a este estadio, los fragmentos recolectados permiten identificar los típicos diseños de la cultura Chiripa, según Michel “los sitios de este período se ubican en la faja alta del valle principalmente. Un grupo de 3 sitios se localiza en las márgenes del río Achocalla, se trata de pequeños asentamientos menores a 0,5 Ha.

Posiblemente de pequeñas aldeas. El sitio mayor se encuentra sobre una elevación en las márgenes de la quebrada Huayhuasi, alejado del grupo del río Achocalla” (Michel 2000: 220).

Michel, Portugal y otros señalan que el valle fue ocupado por la cultura Tiwanaku las evidencias de la quebrada de Huayhuasi y Uypaca así lo prueban, los restos de cerámica corresponde al estadio decadente. Según Michel “los poblados Tiwanaku se asentaron en las orillas de los ríos con fines inminentemente agrícolas, por su tamaño constituyeron agrupaciones de viviendas de casi una hectárea, en estos lugares se realizaban prácticas rituales continuas como se puede apreciar por la abundancia de cerámica ritual” (Michel 2001: 220)

Las investigaciones demuestran que hay evidencias de la cultura Pacajes en todo el valle de Achocalla, según Michel “los lugares identificados para este e período ocupan la faja latitudinal entre los 3800 y 3700 m.s.n.m. y se encuentran a distancias menores de 1 km. entre uno y otro. En la parte alta del río Achocalla se observa una mayor concentración de sitios. Los de tamaño menor a una hectárea se localizan en Achocalla y principalmente en Uypaca, donde el asentamiento superó las 3 Ha. y donde se encuentran los chullpares mejor conservados del área” (Michel 2001: 221). Michel nos habla para este período de centros de influencia en Achocalla y Huaypaca de un “tamaño mayor a dos hectáreas. “También se crearon pequeños centros de control de producción agrícola menores a una hectárea a amera de satélites, en las quebradas de Huayhuasi, Marquirivi, la laguna Hachkotha y en Achocalla” (Michel 2001: 221).

2.2.3 EL VALLE DE LOS ANCESTROS

Ubicado en Aima a 30 minutos en movilidad del pueblo de Achocalla, se caracteriza por sus formaciones rocosas que presentan ciertas formas que aparentan con los paisajes de la luna, con el pasar del tiempo y la erosión se han conformado senderos que llevan al medio del sitio, si una buen guía una persona puede perderse.

Formaciones rocosas del Valle de los Ancestros en Aima está ubicado en Aima, desde una altura aproximada de 3700 m.s.n.m. hasta descender a cerca de Mallasilla a unos 3000 m.s.n.m. Es parte de la ruta de bicicleta de alta montaña.

3. MARCO CONCEPTUAL

"Un pequeño paso para un hombre, un gran salto para la humanidad"

cambia tus hábitos y da un paso hacia una vida más sustentable (fundación ambiente y recursos naturales) .

Darío Fajardo nos propone una visión complementaria entre ambos términos.

Según él: “Tierra y territorio son dos conceptos íntimamente relacionados. Por tierra se entiende la base física y productiva de un territorio. Por territorio se entiende el conjunto de relaciones y representaciones que se construyen a partir de la tierra” .

CONCEPTOS GENERALES DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS

Las Áreas Protegidas son áreas naturales con o sin intervención humana, declaradas bajo protección del Estado, mediante disposiciones legales, con el propósito de proteger y conservar, la flora y fauna silvestre, recursos genéticos, ecosistemas naturales, cuencas hidrográficas y valores de interés científico, estético, histórico, económico y social, con la finalidad de conservar y preservar el patrimonio natural y cultural del País". (Ley del Medio Ambiente, Artículo 60).

Son unidades de manejo territorial con límites definidos, base legal específica y categoría de manejo definida, cuyos objetivos de creación generales están dirigidos principalmente a la conservación in situ de los recursos de la biodiversidad.

De esta manera constituyen muestras representativas de regiones biogeográficas y ecosistemas naturales, que a la vez pueden constituirse en modelos demostrativos del aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.

Como son muestras representativas del patrimonio natural de Bolivia, toda persona tiene el deber de proteger, respetar y resguardar las Áreas Protegidas en beneficio de las actuales y futuras generaciones.

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS (SNAP)

El Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) de Bolivia es el conjunto de Áreas Protegidas del país, con diferentes categorías de manejo, niveles de administración, y que funcionan enlazadas bajo un régimen especial común, el mismo que implica un marco conceptual, político, institucional y normativo específico.

Datos para resaltar:

Aéreas Protegidas en Bolivia (19% del Territorio Nacional)

22 Áreas Protegidas bajo la gestión del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP)

78 Áreas protegidas municipales, creadas desde principios de los años 90

CATEGORÍAS DE MANEJO DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS

Categoría de manejo es la denominación genérica que se le da a un sitio. La gestión se realiza según las características naturales, los objetivos de creación y su forma de administración.

Existen 6 categorías de manejo vigentes en el País, que están definidas en el reglamento General de Áreas Protegidas, y son:

PARQUE

Monumento Natural

Santuario de Vida Silvestre

Reserva Natural de Vida Silvestre

Área Natural de Manejo Integrado

Reserva Natural de Inmovilización (estado legal transitorio hasta determinar su categoría)

PARQUE NACIONAL:

Su objetivo es la protección estricta y permanente de los ecosistemas y los recursos de flora y fauna, y los valores geomorfológicos, escénicos o paisajísticos que contengan.

FORMAS Y GRADOS DE USO DE LOS RRNN:

Oportunidades para la recreación en la naturaleza.

Investigación científica.

No se permite la utilización directa de los recursos, salvo para investigación científica debidamente certificada y autorizada.

MONUMENTO NATURAL

Monumento Natural: Su objetivo fundamental es la preservación de rasgos naturales sobresalientes de particular singularidad, por su carácter paisajístico o escénico, de formaciones geológicas, fisiográficas o yacimientos paleontológicos.

FORMAS Y GRADOS DE USO DE LOS RRNN:

Oportunidades para la interpretación, educación y recreación en la naturaleza.

SANTUARIO DE VIDA SILVESTRE

Tiene por objeto la protección estricta y permanente de sitios que albergan especies de flora y fauna silvestres endémicas - amenazadas o en peligro de extinción - comunidades naturales o ecosistemas singulares.

FORMAS Y GRADOS DE USO DE LOS RRNN:

Oportunidades para la recreación en la naturaleza.

Investigación científica.

Seguimiento de procesos ecológicos.

No se permite la utilización directa de los recursos, salvo para investigación científica debidamente certificada y autorizada.

RESERVA NATURAL DE VIDA SILVESTRE

Reserva de Vida Silvestre: Tiene como finalidad proteger, manejar y utilizar sosteniblemente la vida silvestre bajo vigilancia oficial.

En su zonificación incluirá áreas de protección estricta y manejo controlado.

ÁREA NATURAL DE MANEJO INTEGRADO (AMNI)

Es un área protegida destinada a la práctica de diferentes modalidades de protección y uso sostenible de los recursos naturales.

El objetivo de gestión es compatibilizar la conservación de recursos biológicos con el desarrollo de la población local.

Consiste de mosaico de áreas con muestras representativas de áreas biogeográficas y de diversidad biológica, comunidades naturales o especies de flora y fauna de singular importancia, zonas de sistemas tradicionales de uso de la tierra y zonas para uso múltiple de recursos naturales. En su zonificación se deben incluir zonas de protección estricta. Destinada a la práctica de diferentes modalidades de protección y conservación de los RRNN.

RESERVA NATURAL DE INMOVILIZACIÓN

Es la categoría transitoria para aquellas áreas cuya evaluación preliminar sugiere pero que aún requiere de estudios para su categorización y zonificación definitiva.

CONSOLIDACIÓN DEL ÁREA PROTEGIDA MUNICIPAL

Si bien es cierto que los gobiernos municipales, según se ha demostrado, estarían en condiciones de crear áreas protegidas, también es cierto que según la Ley de Municipalidades, sus facultades se ejercen en aplicación de los principios de coordinación y concurrencia, en los cuales se señala que las iniciativas municipales deben ser coordinadas con otras instancias del Gobierno Nacional.

Esto querrá decir, que no basta con haber dictado la ordenanza donde se crea el APM, sino que deben seguirse los pasos correspondientes para consolidar esa declaratoria ante otras instancias gubernamentales, para esto se necesita que se lleve a cabo el proceso de Saneamiento de la Tierra sobre el área, para que las tierras fiscales resultantes de este proceso se consoliden a favor del municipio; que se logre la incorporación del APM dentro del Plan de Uso de Suelo (PLUS) de Achocalla, y que la Autoridad Nacional (SERNAP) reconozca al APM como tal, en atención a los estudios sociales, económicos y ambientales que sustentaron su creación y las condiciones de manejo bajo las cuales se rige el área.

4. MARCO JURÍDICO

Revisando el marco jurídico vigente sobre áreas protegidas para identificar si existen procedimientos para creación de un Área Protegida Municipal (APM)

Producto del análisis anterior se encontró un vacío legal con respecto a este tema dentro de la Ley de Medio Ambiente y el Reglamento General de Áreas Protegidas (D.S.Nº 24781), ya que sólo contemplan las condiciones de creación de Áreas Protegidas Nacionales y Departamentales, las mismas que se encuentran bajo la tuición del Servicio Nacional Áreas Protegidas (SERNAP).

En este orden de ideas, se tiene que trabajar identificando la esencia jurídico de nuestro objeto de estudio, es decir precisar claramente lo que es un área protegida, tomando para ello, la definición de la Ley de Medio Ambiente que textualmente en su artículo 60 dice:

“Las áreas protegidas constituyen áreas naturales con o sin intervención humana, declaradas bajo protección del Estado mediante disposiciones legales, con el propósito de proteger y conservar la flora y fauna silvestre, recursos genéticos, ecosistemas naturales, cuencas hidrográficas y valores de interés científico, estético, histórico, económico y social, con la finalidad de conservar y preservar el patrimonio natural y cultural del país ”.

Legando a la naturaleza jurídica estricta, dejando de lado los accesorios que generalmente hacen a las definiciones, donde resulto que teníamos lo siguiente:

Las áreas protegidas constituyen áreas naturales, declaradas bajo protección del Estado mediante disposiciones legales, con la finalidad de conservar y preservar el patrimonio natural y cultural del país.

Se revisaría y a analizar si es que los Gobiernos Municipales tenían facultades para declarar áreas protegidas en su jurisdicción territorial; para lo que se estudiaron normas como La Constitución Política del Estado, La Ley Nº 1551 de 20 de abril de 1994 (Ley de Participación Popular), Ley Nº 2028 de 28 de octubre de. 1999 (Ley de Municipalidades), Ley Nº 1700 de 12 de julio de 1.996 (Ley Forestal), Decreto Supremo Nº24447 de 20 de diciembre de 1996 (Reglamentación Complementaria a la Ley de Participación Popular) y D.S. 24453 de 21 de diciembre de 1.996 (Reglamento de la Ley Forestal).

Del análisis de estas normas se identificaron los siguientes antecedentes legales:

1. La Constitución Política del Estado (CPE) reconoce la existencia de los municipios como parte de la organización del Estado Boliviano.

2. El artículo 200 parágrafo segundo de la CPE, establece que la autonomía municipal consiste en la potestad normativa, ejecutiva, administrativa y técnica en el ámbito de su jurisdicción y competencias territoriales.

3. El artículo 203 del CPE determina que cada municipio tiene una jurisdicción territorial continua determinada por Ley.

4. La Ley Nº 1551 de 20 de abril de 1994, en sus artículos 2 inciso b), y 12 parágrafo I, delimitan como jurisdicción territorial del Gobierno Municipal, a la Sección de Provincia.

5. La Ley Nº 2028 del 28 de octubre de 1999 (Ley de Municipalidades), en su

artículo 4 parágrafos I y II establece que la autonomía municipal consiste en la potestad normativa, fiscalizadora ejecutiva, administrativa y técnica ejercida por el Gobierno Municipal en el ámbito de su jurisdicción territorial y de las competencias establecidas por Ley. Y que esta se ejerce entre otras, mediante la potestad de dictar Ordenanzas y Resoluciones determinando así las políticas y estrategias municipales.

6. La Ley de Municipalidades, en su Capítulo II Art.8 otorga una serie de competencias a los Gobiernos Municipales para el cumplimiento de sus fines, entre las que se encuentran, de acuerdo a nuestro interés las siguientes:

Promover el crecimiento económico sobre la base de ventajas comparativas.

Proteger el medio ambiente y los recursos naturales dentro de su jurisdicción.

Determinar el ordenamiento territorial dentro de su jurisdicción.

Proteger los valores culturales y arqueológicos dentro de su jurisdicción..

Limitar el derecho de propiedad en función a su necesidad y utilidad pública.

7. La Ley de Municipalidades otorga facultades a los Gobiernos Municipales para establecer limitaciones al derecho propietario por razones de interés y utilidad pública.

Estas atribuciones hacen a la esencia misma de los gobiernos municipales, por cuanto son imprescindibles para el cumplimiento de sus fines determinados por ley.

4.1 HERRAMIENTAS PARA LA ZONIFICACIÓN DEL ÁREA.

Una vez definida la categoría de un AP, se identifican las diferentes zonas que existen dentro de esta, las mismas que se sujetan a un régimen especial de utilización y manejo de los recursos naturales. Es decir que va a depender de la “categoría” de AP que se cree para definir cuantas clases y que tipos de “zonas” existan dentro de esta; por ejemplo si se crea un Santuario Natural, que es una categoría de protección muy estricta, difícilmente se encontrará dentro de esta, una zonificación como uso múltiple, que podría estar destinada a la explotación forestal sostenible.

4.2 OTRAS LIMITACIONES AL DERECHO PROPIETARIO EXISTENTES.

Además de las facultades con que cuentan los municipios para limitar el derecho propietario, existen ciertas reglas de uso de la tierra en función de sus características ecológicas ya definidas por ley y que no se pueden negociar pues tienen carácter general y son de cumplimiento obligatorio en todo el territorio de la nación, no importa si se trata de un AP o no. Este es el caso de las servidumbres ecológicas dispuestas por el artículo 13 de la

Ley Forestal y 35 de su Reglamento

4.3 CONSECUENCIAS DE LA ZONIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN DE

CONFLICTOS.

Como ya se dijo anteriormente todas estas facultades de limitación al derecho propietario tienen una estrecha relación con la categorización del área, y en función a esto la zonificación que se aplique dentro de ella

4.4 LA LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE Y LA LEY PENAL DEL AMBIENTE

Plantean todo lo relacionado con la tipificación penal de las acciones en contra de los objetivos de creación y manejo de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y demás áreas bajo régimen de administración especial .

4.4.1 RELACIONES CON EL DERECHO PENAL

La penal es una de las ramas del derecho que ha puesto más énfasis en el tratamiento de la problemática ambienta y la protección de las aéreas protegidas: en los arboles del Derecho Ambiental, se deposito erróneamente en ella, la responsabilidad exclusiva de asegurar una gestión ambiental sostenible; pero la práctica jurídica demostró que insuficiente.

Los avances relativos a la identificación de cual el bien jurídicamente protegido por el Derecho Ambiental, la determinación de los sujetos activo y pasivo (o problema de la legitimación) del injusto penal ambiental, el reconocimiento de su esencia preventiva y la creación de tipos de peligro, solo por citar los de mayor relevancia.

Capítulo aparte significa la critica infatigable del Derecho Procesal Ambiental respecto a la necesidad de flexibilizar las condiciones y requisitos legales exigidos por ley para la imposición de medidas cautelares, directas e inmediatas, que puedan ser incoadas por la victima, independientemente de la potestad administrativa publica que generalmente importa niveles elevados de corrupción e ineficacia, sobre los responsables de procesos tecnológicos e industriales y sobre conductas sociales de potencial relevancia ambiental contrarias a criterios de sostenibilidad, gestión optima de recursos naturales, vocación de uso y capacidad de carga o residencia natural de los proceso ecológicos y ecosistemas.

Sin embargo, debemos dejar constancia expresa de que la protección penal del medio ambiente, es une necesidad que no admite cuestionamiento alguno, en nuestro país tal protección es ya una realidad por lo menos desde el punto de vista de sus existencia formal, con la vigencia de la ley 1333 del 27de abril de 1992, que en el capitulo V, del Titulo XI trata sobre los delitos ambientales.

En este cuerpo normativo se establece la división entre contravenciones o faltas en relación a los delitos ambientales y a tiempo de confirmar las Previsiones del Código Penal en sus Arts. 206, 216 num.2) y 7), 223; crea al menos ocho tipos penales en materia ambiental los cuales están en actual vigencia, con sus atenuantes y agravantes.

El código penal, establece delitos que tienen relevancia ambiental, en los artículos 206 (Incendio), 216, incisos 2º y 7 (Delitos con la Salud Publica), 223(Destrucción o deterioro de Bienes del Estado Nacional), 354 (Usurpación de Aguas y 356 ( Caza y Pesca Prohibidos)

4.5 LEGISLACIÓN COMPARADA.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:

La Constitución de la República Bolivariana sienta las bases de la importancia de las áreas protegidas desde dos perspectivas jurídicas. La primera se basa en el derecho que tienen los ciudadanos a gozar de un ambiente sano y en su obligación de protegerlo. En este sentido, la Constitución señala en su artículo 127:

“Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado”.

La segunda perspectiva se basa en la obligación que tiene el Estado de proteger a la naturaleza, señalando también en su artículo 127:

"El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica” .

CAPITULO III

1. METODOLOGIA

HIPOTESIS.-

¿Qué estrategias sociocomunitarias para una propuesta de promulgación de un marco normativo específico y el manejo de aéreas protegidas en el municipio autónomo de Achocalla y de esta manera proteger la Madre Tierra de la contaminación para vivir bien?

6. IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE VARIABLES

6.1. VARIABLE INDEPENDIENTE

Propuesta de una normativa al área protegía en Calloloma del municipio autónomo de Achocalla del departamento de La Paz Bolivia.

6.2. VARIABLE DEPENDIENTE

Protección de la Madre tierra para el vivir bien del área protegía de Calloloma

6.3. METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN.

TIPO DE ESTUDIO.

El presente estudio tiene una característica descriptiva, exploratorio debido fundamentalmente a que la investigación sobre una propuesta para la creación de un marco normativo específico del aérea protegida en el municipio de de Achocalla de la tercera sección de la provincia murillo del departamento de La Paz Bolivia.

MÉTODOS.

Para el cumplimiento de los objetivos de la investigación, se hará uso del Método Científico principalmente el analítico, comprendiendo este por: "La sucesión de pasos que subyace en la mayoría de las investigaciones y que ha sido adoptado en las ciencias jurídicas e incluye los siguientes pasos: Estipulación del problema, objetivos, Hipótesis, Recopilación de datos, evaluación de datos y diseño de la propuesta y redacción de conclusiones” .

TÉCNICAS.

La técnica que se utilizará en la presente investigación será: El sondeo de opinión mediante encuestas, la observación y la entrevista.

INSTRUMENTOS

Los instrumentos a ser empleados, serán las fichas textuales, resúmenes, Formularios de encuestas, textos, libros, revistas, periódicos, hemeroteca, leyes y materiales para la correcta elaboración del trabajo de investigación.

RECURSOS.

Recursos humanos:

Para este trabajo solo se requerirá de un entrevistador, a la comunidad y un encuestador.

Recursos técnicos

Se utilizará una computadora, impresora y videos.

PROCEDIMIENTOS

ESTUDIO PRELIMINAR

Consultas a expertos sobre el tema, a las Autoridades Municipales, medioambientales y autoridades comunales originarias.

DIAGNÓSTICO

Entrevistas con las principales autoridades que tienen relación con el tema y encuestas para los juristas.

Recopilación de documentos.

Relevamiento de la información

Confección del cuestionario.

Análisis e interpretación de los datos.

Listado de observaciones.

Formulación de conclusiones.

FUENTES DE INFORMACIÓN

Se tomaran dos clases de fuentes:

El primer nivel es el manejo de teorías y conceptos existentes sobre el tema proveniente de Normas jurídicas, Nacionales, Internacionales, documentos especiales, hemeroteca, revistas, y otras legislaciones.

El segundo nivel implica el manejo de información primaria o directa obtenida mediante un acercamiento con la realidad, a través de guías de observación y de entrevistas a informantes claves.

7. ESQUEMA DEMOSTRATIVO

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

CAPITULO I

ASPECTOS GENERALES DE LA INVESTIGACIÓN

CAPITULO II

MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL

CAPITULO III

ANALISIS Y EVALUACION DE LA LEY 1333, LEY DE MUNICIPALIDADES

CAPITULO IV

PRINCIPALES INCIDENCIAS EN LEY 1333 Y SUS REGLAMENTOS.

CAPITULO V

PROPUESTA PARA LA CREACIÓN DE UN MARCO NORMATIVO ESPECÍFICO Y EL MANEJO DE AÉREA PROTEGIDA EN EL MUNICIPIO DE DE ACHOCALLA EN EL AREA DE CALLALOMA.

CAPITULO VI

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

CRONOGRAMA DE TRABAJO

ELABORACIÓN DE PERFIL

ACTIVIDADES AÑO 2013

MESES FEBRERO MARZO ABRIL MAYO

Revisión bibliográfica del tema xxxxxxxxxxx

Recolección de la información primaria

xxxxxxxxxxx

Análisis de interpretación de datos xxxxxxxxxxx

Redacción del perfil

xxxxxxxxxxx

Presentación xxxxxxxxxxx

Defensa del perfil

xxxxxxxxxxx

EJECUCIÓN DEL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES AÑO 2013

MESES MAYO JUNIO JULIO AGOSTO

Revisión bibliográfica del tema xxxxxxxxxxx

Redacción del primer capitulo

xxxxxxxxxxx

Marco teórico

xxxxxxxxxxx

redacción del segundo capitulo xxxxxxxxxxx

Redacción del tercer capitulo xxxxxxxxxxx

Redacción del cuarto capítulo xxxxxxxxxxx

Presentación de la tesis

xxxxxxxxx

Defensa de la investigación xxxxxxxx

8. BIBLIOGRAFIA

Ley 1333 Ley del Medio Ambiente, Gaceta Oficial De Bolivia

IRIARTE Gregorio, Análisis Crítico de la Realidad Boliviana Edit. Colograft Rodríguez. Cochabamba, Sexta Edición. 1996.

Microsoft® Encarta® 2009. © 1993-2008 Microsoft Corporation. Reservados todos los derechos.

OSORIO, Manuel: “Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales”. Editorial Heliasta. Edic. 25º, 1998

YOUNG Medina, Marco Antonio Ecología y medio ambiente.

SANTILLANA Ciencias Naturales. Editorial S.A. 2006

TURK, AMOS Enviromental science, Ecología, Contaminación del medio ambiente.

Microsoft Encarta '20002. “Biodiversidad”, “Evolución”, “Evolución convergente”.

VALLS F. Mario – Derecho Ambiental 2 da. Edición Pag.9

LAROUSE Diccionario Español Moderno.

CUMBRE de Rio 92 Agua Pro. Documento fundamental en materia ambiental desde los intereses de los países latinoamericanos.

CONCEPCION olistica y sistemática en la conferencia Rio 92.

CONSTITUCION Política del Estado Plurinacional aprobada en el Referéndum de 25 de enero de 2009

Delitos ecológicos Devalma Bs. As. 1993 Pág. 170.

CECILE B. de Morales. Bolivia Medio Ambiental y Ecología aplicada

http://www.biodiversidad.gob.mx/region/areasprot/areasprot.html

http://dspace.unia.es/bitstream/10334/1455/1/0203_Medina.pdf

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