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Persona Juridica


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2012  •  753 Palabras (4 Páginas)  •  244 Visitas

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Los significados de esta palabra son diversos y también han cambiado con el tiempo:

En psicología, persona designa a un individuo concreto, y abarca tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único.

En filosofía, en la rama de la ética: Según Will Peterson, "La cualidad de la sensibilidad es la facultad para percibir e interpretar el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, así como la construcción de las circunstancias y los ambientes que en cada momento nos rodean, para interactuar en beneficio de los otros/nosotros".

En Derecho, se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) o sujeto de derecho como todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma los esclavos no se consideraban personas pues, sin el estado de libertad, no podían acceder al de ciudadano ni al estado de familia. En el Derecho canónico, según el Canon 96, el hombre se constituye persona en la Iglesia, por el bautismo.2 El momento preciso en que una persona comienza a ser persona (concepción, anidación, embrión, feto, nacimiento, corte cordón umbilical...) es materia de debate, especialmente en la discusión sobre tres cuestiones:

a) Delimitar la frontera entre la muerte del feto constitutiva de delito aborto y la muerte del recién nacido, constitutiva de delito de homicidio.

b) Derecho sexual y reproductivo: métodos anticonceptivos y contraceptivos.

c) El estatus jurídico del aborto inducido.

En el Derecho penal canónico,3 el feto si bien no se ha constituido en persona por el bautismo, es considerado, desde la concepción, vida humana digna de protección, por ello sanciona con la excomunión a quienes procuran el aborto, si éste se produjere.

Actualmente se distingue entre personas de existencia visible o físicas y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras). La persona natural, física o individual, esto es, el ser humano, capaz de derechos y obligaciones, tiene personalidad jurídica, en el derecho moderno, como atributo de la naturaleza humana. Pero no siempre ha sido así. En Roma era una consecuencia del estado (status) de libertad, ciudadanía y de familia. La persona jurídica, ficticias, abstractas, incorporales, morales, colectiva, o sociales, tiene personalidad jurídica porque así se le reconoce en la legislación que, desde la Edad Media, ha regulado esta materia, si bien sin acuerdo doctrinal y

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