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Practica Forense De Derecho Civil


Enviado por   •  14 de Octubre de 2013  •  1.154 Palabras (5 Páginas)  •  764 Visitas

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San Cristóbal de las Casas, Chiapas. A 21 de febrero de 2013.

La profesión del Abogado en México.

Ejercicio libre de la profesión.

Por fortuna, la profesión del abogado es tan amplia y social que es posible vincularla a muchos aspectos de la vida cotidiana, momentos clave en la vida de las personas que en algún momento llegan a necesitar de los conocimientos que un abogado posee, ya que al estudiar la carrera de Derecho, son quienes están licenciados para tales efectos como asesor de partes en conflicto, defender en un proceso, interpretar normas jurídicas, redactar documentos y tramitar procedimientos y recursos idóneos, así como también consultor jurídico para brindar asesoría a los particulares, empresas o instancias que lo soliciten. Como servidor público judicial auxiliando al juez en la ejecución de la función jurisdiccional, como juez, llevando a cabo la impartición de justicia, como agente del ministerio público, como notario, corredor público, oficial del Registro del Estado Familiar incluso la docencia.

Distinción entre Abogado y Licenciado en Derecho.

Cabe señalar, que no todo aquel que estudia la licenciatura en derecho es abogado, ya que, los licenciados únicamente tienen esa licencia que emite el órgano facultado para ejercer el Derecho, por lo tanto puede ejercer en funciones administrativas del estado o alguna otra función como fue señalado anteriormente, la diferencia entre uno y el otro es simple, es Abogado el que ejerce, quien litiga, quien hace derecho frente a una situación en la que se le presentan a quien lo contrata. El Licenciado únicamente tiene la licencia y puede o no ejercer, el Abogado si ejerce, recae en eso la diferencia primordial.

Abogado Patrono.

El abogado patrono es aquel con capacidad legal que recibe notificaciones y que está facultado para interponer los recursos que procedan, ofrecer e intervenir en el desahogo de pruebas, intervenir en las diligencias de exhortos, alegar en las audiencias, pedir se dicte sentencia para evitar la consumación del término de caducidad por inactividad procesal y realizar cualquier acto que resulte ser necesario para la defensa de los derechos del autorizante, pero no podrán substituir o delegar dichas facultades en un tercero. Las personas autorizadas, deberán acreditar encontrarse legalmente autorizadas para ejercer la profesión de abogado o licenciado en Derecho, debiendo proporcionar los datos correspondientes en el escrito en que se otorgue dicha autorización y exhibir su cédula profesional o carta de pasante en la primera diligencia en que intervengan, en el entendido que el autorizado que no cumpla con lo anterior, perderá la facultad mencionada. Es el abogado que acompaña a su cliente al juzgado cuando hay alguna audiencia.

Abogado Procurador.

El abogado procurador, además de asesorar al cliente, también tiene funciones de representante legal o apoderado del propio cliente y puede firmar los escritos y comparecer en las audiencias a nombre y representación del cliente.

Representante legal.

Es la persona que se designa para atender los asuntos de otra persona. Se hace a través de un notario público y se otorgan las facultades que uno desee, que pueden ir desde un simple trámite hasta el cobro de un cheque o incluso llevar todos los negocios.

Defensor de Oficio.

Un defensor de oficio, es una institución creada para ayudar a todas aquellas personas que no pueden contratar los servicios de un abogado particular y por ello, acuden a las instancias correspondientes para que se les proporcione uno que los pueda defender en un litigio.

Costas y Honorarios.

Los primeros, son todos aquellos gastos en que debe incurrir cada una de

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